Ordenanza Municipal que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 666-2023-MPO
Oxapampa, 19 de diciembre de 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE OXAPAMPA.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial de Oxapampa, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 021, de fecha 18 de diciembre del año 2023;
VISTO:
El Informe Nº 0145-2023-OM-OGPPI-MPO, Jefe de la Oficina de Modernización; Informe Nº 997-2023-OGPPI-MPO, Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones; Informe Nº 01034-2023-OGA-MPO, Jefe de la Oficina General de Administración; Informe Legal Nº 0665-2023-OGAJ-MPO, Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Informe Nº 846-2023-MPO-JFAM/GEMU, de Gerencia Municipal; Memorándum Múltiple Nº 295-2023-MPO, Alcalde Provincial; Dictamen Nº 006-2023-REG-MPO-CPPEI, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Inversiones; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración;
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. En concordancia con el Artículo 44º, inciso 44.1. del TUO de la Ley Nº 27444, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;
Que, el Artículo 40º, numeral 40.3 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente;
Que, con Decreto Legislativo Nº 1203 se creó el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, formulados por las entidades de la administración pública;
Que, con Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, que tiene como objeto establecer las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del Sistema Único de Trámites (SUT), a cargo de las entidades de la administración pública;
Que, a través la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 30 de octubre de 2018, se aprueba el Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, mediante la Resolución de Secretaría Técnica de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 28 de noviembre de 2018, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2020-PCM-SGP, publicado en el Diario El Peruano el 06 de agosto de 2020, prorrogan plazo a las entidades a que se refiere la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2019-PCM-SGP para la adecuación al nuevo formato del TUPA, y dictan otras disposiciones;
Que, mediante Informe Nº 0145-2023-OM-OGPPI-MPO, emitida por la Oficina de Modernización, remite la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, elaborado en el Sistema Único de Tramites (SUT);
Que, mediante Informe Nº 997-2023-OGPPI-MPO, emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, emite informe técnico aprobatorio de la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, elaborado en el Sistema Único de Tramites (SUT);
Que, mediante Informe Nº 01034-2023-OGA-MPO, emitida por la Oficina General de Administración, emite informe favorable sobre el sustento de la determinación de los costos de los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Oxapampa;
Que, mediante Informe Nº 0665-2023-OGAJ-MPO, emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite el informe legal procedente para la aprobación de la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Oxapampa;
Que, mediante Informe Nº 846-2023-MPO-JFAM/GEMU emitida por la Gerencia Municipal de Oxapampa, remite la modificación del TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, concluyendo en su conformidad y recomienda sea derivado a Sesión de Concejo Municipal para su aprobación;
Que, estando a lo expuesto en los considerandos y en ejercicio a las facultades que le confieren los Artículos 9, numeral 8); 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los señores regidores de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por MAYORÍA aprobaron la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, el mismo que como anexo único, forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, la publicación en el Diario Oficial El Peruano y difusión de la presente Ordenanza en el Portal Institucional www. munioxapampa.gob.pe; y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a las áreas correspondientes el fiel cumplimiento de la presente en la parte que les corresponda.
Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- DERÓGUESE toda norma o disposición que se opongan a la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Euler Daniel Osorio Ruiz
Alcalde Provincial
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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