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Fecha de publicación: 26/04/2024
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua y Puno, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000187-2024-MC

San Borja, 24 de abril del 2024

VISTOS: el Proveído Nº 004002-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000488-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000588-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Oficio N° 00114-2024-MINEDU/VMGP-CASLIT, el Ministerio de Educación propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Ricardo Silva Santisteban Ubillús, editor, crítico literario, traductor y docente especialista en poesía peruana de la primera mitad del siglo XX, en poesía francesa (Romanticismo, parnasianismo, simbolismo y suprarrealismo) y literatura inglesa (Teatro isabelino y romanticismo);

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con el Informe N° 000488-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en el Informe N° 000026-2024-
DLL-DGIA-VMPCIC-AVC/MC de la Dirección del Libro y la Lectura y en el Informe N° 002639-
2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción al señor Ricardo Silva Santisteban Ubillús por su amplia y reconocida trayectoria intelectual y creadora en aporte a la Nación mediante su invaluable labor en la investigación, traducción y difusión de la literatura nacional e internacional. A partir de su trabajo, la población peruana ha podido acceder a un selecto repertorio de obras literarias;

Que, el señor Ricardo Silva Santisteban Ubillús ha editado antologías de poetas, narradores y dramaturgos peruanos; asimismo, se vincula profesional e intelectualmente con dos universidades de reconocido prestigio: la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, donde obtuvo su doctorado, y la Pontificia Universidad Católica del Perú. En esta última casa de estudios fue profesor del Departamento de Humanidades en la sección de Literatura hasta su jubilación;

Que, además, tuvo a su cargo la colección de traducciones editada por el fondo editorial bajo el nombre de El Manantial oculto; el cual cuenta con 83 volúmenes seriados que se publicaron en Lima entre los años 1996 y 2010. Es en esta colección donde se aprecia el trabajo de rescate de poetas peruanos del siglo XIX (como Manuel González Prada o Carlos Oquendo de Amat), la recuperación de traducciones históricas de obras clásicas (como Valéry versionado por el poeta cubano Mariano Brull o el Fausto de Goethe versionado por el chileno Matta);

Que, adicionalmente, el gran número de colaboradores implicados en la colección, en su gran mayoría latinoamericanos, así como la quincena de lenguas de traducción (alemán, chino, francés, griego clásico y moderno, hebreo, inglés, italiano, japonés, latín, portugués, ruso, sánscrito, sueco, entre otros), son solo algunos de los aspectos que apuntan a la compleja tarea desarrollada por el señor Ricardo Silva Santisteban Ubillús en la dirección y edición de El Manantial Oculto;

Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor RICARDO SILVA SANTISTEBAN UBILLÚS en mérito de su amplia y reconocida trayectoria intelectual y creadora en aporte a la Nación mediante su invaluable labor en la investigación, traducción y difusión de la literatura nacional e internacional. A partir de su trabajo, la población peruana ha podido acceder a un selecto repertorio de obras literarias.

Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2283014-1