ley nº 31933
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHUPACA (UNAC) DE
LA PROVINCIA DE CHUPACA DEL
DEPARTAMENTO DE JUNÍN
Artículo Único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la creación de la Universidad Nacional Autónoma de Chupaca (UNAC) de la provincia de Chupaca del departamento de Junín.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única. Acciones para la implementación
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, el Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, adopta las acciones de promoción correspondientes, en coordinación con el Gobierno Regional de Junín y la Municipalidad Provincial de Chupaca.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día veintidós de junio de dos mil veintitrés, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
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