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Fecha de publicación: 12/11/2023
Modifican la R.M. N° 264-2021-PCM, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas y distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac”

Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas (no tributarias) contenidas en procedimientos administrativos sancionadores que cuenten con resolución subgerencial de sanción y las que se encuentren en etapa instructiva en la jurisdicción del distrito de San Luan de Lurigancho

ORDENANZA Nº 450-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 9 de noviembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 001-2023-CAJFT CER-CM/MDSJL, de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Transparencia y la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 numeral 8, artículo 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS (NO TRIBUTARIAS) CONTENIDAS EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES QUE CUENTEN CON RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL DE SANCIÓN Y LAS QUE SE ENCUENTREN EN ETAPA INSTRUCTIVA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas (no tributarias), contenidas en procedimientos administrativos sancionadores que, cuenten con resolución subgerencial de sanción y las que se encuentren en etapa instructiva en la jurisdicción del distrito de San Luan de Lurigancho, texto que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, así como aprobar y determinar la prórroga de su vigencia.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones, Subgerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el portal institucional (web.munisjl.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JESÚS MALDONADO AMAO

Alcalde

2233861-1