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Fecha de publicación: 12/04/2023
Aprueban la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”

Aprueban listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023

resolución ministerial

N° 0163-2023-JUS

Lima, 11 de abril de 2023

CONSIDERANDO:

Que, entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023 un sector de la población, en ejercicio de su derecho fundamental a la protesta, llevó a cabo una serie de movilizaciones a lo largo del país, en las que se registraron actos violentos contra la propiedad pública y privada, el bloqueo de vías de comunicación y el intento de la toma de aeropuertos, así como enfrentamientos; verificándose que durante su realización se produjo el fallecimiento de personas y otras con lesiones de gravedad;

Que, a raíz de lo ocurrido, el Poder Ejecutivo asumió el compromiso de atender a las personas afectadas, conforme se ha hecho anteriormente, y coordinar la adopción de medidas a su favor, comprendiendo dentro de ellas tanto a civiles como efectivos policiales en la perspectiva de promover la reconciliación nacional;

Que, en atención a ello, mediante la Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para hacer seguimiento a las acciones y medidas destinadas a atender a los deudos de las personas fallecidas, así como para las personas que sufrieron lesiones de gravedad a consecuencia de las movilizaciones realizadas a nivel nacional, desde el 8 de diciembre de 2022 hasta la culminación del estado de emergencia declarado mediante Decreto Supremo N° 009-2023-PCM, y sus posteriores ampliaciones;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2023 se autoriza el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de un apoyo económico a favor de los deudos de las personas fallecidas, así como de las personas heridas de gravedad, civiles y policías, en las movilizaciones ocurridas entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023;

Que, el 05 de marzo de 2023, integrantes del Ejército fallecieron en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno, en el contexto de las manifestaciones sociales conforme a la información oficial, por lo que se justifica dar un trato similar a sus deudos como en los anteriores casos;

Que, en atención a ello, mediante el Decreto de Urgencia N° 008-2023 se autoriza el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de un apoyo económico a favor de los deudos de las personas fallecidas en el contexto de las movilizaciones ocurridas el 05 de marzo de 2023, el mismo que no tiene naturaleza resarcitoria ni reparatoria;

Que, de conformidad con el artículo 3 del citado Decreto de Urgencia se consideran personas beneficiarias del apoyo económico a aquellas identificadas por la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS;

Que, el artículo 4 de la acotada norma autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por concepto de apoyo económico por cada persona fallecida; monto que será distribuido entre los deudos identificados por la Comisión Multisectorial.

Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia en mención establece que, para efectos de la entrega del apoyo económico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba el listado de personas beneficiarias mediante Resolución Ministerial;

Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS, mediante Informe N° 27-2023-JUS/CMM-ST, sustenta y propone la publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023, el mismo que está conformado por 11 deudos de 6 personas fallecidas en las movilizaciones referidas;

Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesaria la publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023

Aprobar el listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023, el mismo que está conformado por 11 deudos de 6 personas fallecidas, y que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Abono del apoyo económico

Realizar el abono correspondiente en cuentas abiertas para tal fin en el Banco de la Nación, a favor de cada una de las personas señaladas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023

Disponer que el anexo a que se refiere el artículo 1 sea publicado en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ A. TELLO ALFARO

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2168261-1