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Fecha de publicación: 03/04/2023
Designan Director de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo del Ministerio

Aprueban el tercer listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023

resolución ministerial

N° 0153-2023-JUS

Lima, 31 de marzo de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2023 se autoriza el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de un apoyo económico a favor de los deudos de las personas fallecidas, civiles y policías, así como las personas heridas de gravedad, civiles y policías, en las movilizaciones ocurridas entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023;

Que, de conformidad con el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 006-2023, se consideran personas beneficiarias del apoyo económico a aquellas identificadas por la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS;

Que, los numerales 4.1 y 4.2. del artículo 4 de la citada norma autorizan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por concepto de apoyo económico por cada persona fallecida; así como S/25 000,00 (VEINTICINCO MIL Y 00/000 SOLES), por cada persona herida de gravedad en las movilizaciones mencionadas;

Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia en mención establece que, para efectos de la entrega del apoyo económico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba los listados de personas beneficiarias mediante Resolución Ministerial;

Que, el 23 de febrero de 2023, mediante Resolución Ministerial N° 0101-2023-JUS, se aprobó el Primer listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023, el mismo que está conformado por 91 deudos de 52 personas fallecidas; y se dispone realizar el abono correspondiente en cuentas abiertas para tal fin en el Banco de la Nación, a favor de cada una de las personas identificadas;

Que, el 04 de marzo de 2023, mediante Resolución Ministerial N° 0112-2023-JUS, se aprobó el Segundo listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023, el mismo que está conformado por 07 deudos de 04 personas fallecidas, y 27 personas heridas de gravedad, civiles y policías, en las movilizaciones ocurridas entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023; y se dispone realizar el abono correspondiente en cuentas abiertas para tal fin en el Banco de la Nación, a favor de cada una de las personas identificadas;

Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS, mediante Informe N°20-2023-JUS/CMM-ST, señala y sustenta que la Comisión Multisectorial ha aprobado un Tercer listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023, así como modificaciones en dos casos del anexo de la Resolución Ministerial N° 0112-2023-JUS;

Que, mediante Memorando N°554-2023-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorga la disponibilidad presupuestaria para dar atención al apoyo económico excepcional contemplado en el Decreto de Urgencia Nº 006-2023-JUS.

Que, atendiendo a lo señalado, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, en el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Tercer listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023

Aprobar el Tercer listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 006-2023, el mismo que está conformado por 77 personas heridas de gravedad, civiles y policías, en las movilizaciones ocurridas entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023, y que como anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Modificación del Anexo de la Resolución Ministerial N° 112-2023-JUS

Modificar los numerales 1 y 11 del listado de personas heridas de gravedad del anexo de la Resolución Ministerial N° 112-2023-JUS, de acuerdo con el anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Abono del apoyo económico

Realizar el abono correspondiente en cuentas abiertas para tal fin en el Banco de la Nación, a favor de las personas señaladas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Publicación de los anexos

Disponer que los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial sean publicados en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE A. TELLO ALFARO

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2166019-1