Aprueban beneficios por el pago de tributos municipales y actualización predial en el distrito de Puente Piedra
ORDENANZA Nº 428-MDPP
Puente Piedra, 30 de marzo de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza:
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias preceptúa que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que concuerda con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su ratificación por la municipalidad provincial de su circunscripción;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;
ORDENANZA QUE ESTABLECE
BENEFICIOS POR EL PAGO DE
TRIBUTOS MUNICIPALES Y
ACTUALIZACIÓN PREDIAL EN EL
DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- APROBAR los beneficios por el pago de tributos municipales y actualización predial en el distrito de Puente Piedra, conforme al Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de los beneficios y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Subgerencias dependientes, a la Oficina de Atención al Ciudadano su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Administración y Finanzas su publicación del integro de la Ordenanza en el Portal Web Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Rennan Samuel Espinoza Rosales
Alcalde
2165353-1