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Fecha de publicación: 03/03/2023
Aprueban conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de Pueblo Libre

Aprueban conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de Pueblo Libre

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 076-2023-MPL

Pueblo Libre, 24 de febrero de 2023

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE:

VISTO, el Informe N° 030-2023-SGGRD-GDUA, de fecha 21 de febrero de 2023, emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, el Informe Nº 134-2023-MPL—GAJ, de fecha 24 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 488-2023-MPL-GM, de fecha 24 de febrero de 2023, remitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el numeral 19.1 del Artículo 19° del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas;

Que, con Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM se aprueban los “Lineamientos para la organización, constitución y funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”, dictados por el Instituto Nacional de Defensa Civil, regulando en su Artículo 2º que dichos lineamientos deberán ser aplicados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales bajo el ámbito de la Ley N° 29664 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM;

Que, conforme al numeral 6.1.3 del Artículo 6º de los referidos Lineamientos, respecto a la constitución de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital - PDCD, se tiene que el Alcalde constituye, preside y convoca dicha plataforma, conformada por las entidades privadas, organizaciones sociales y humanitarias, entidades públicas con representación en el ámbito provincial, promoviendo su participación en estricta observancia de los derechos y obligaciones que la Ley le confiere. Asimismo, señala que la Secretaría Técnica de la PDCD será asumida por el Jefe de la Oficina de Defensa Civil, o quien haga sus veces; además, que participan de forma obligatoria los titulares o representantes con poder de decisión de organizaciones sociales, debidamente reconocidas, que contribuyan a la Gestión Reactiva;

Que, mediante Informe N° 030-2023-SGGRD-GDUA, de fecha 21 de febrero de 2023, la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres recomienda dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 252-2019-MPL y conformar la nueva Plataforma de Defensa Civil y, además, estando la opinión favorable emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 134-2023-MPL-GAJ de fecha 24 de febrero de 2023; y,

En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

RESUELVE:

Artículo Primero.- APRUÉBESE la conformación de la PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL del distrito de Pueblo Libre, la que será presidida por la Alcaldesa y estará constituida por cuatro (04) componentes:

• Presidente: Alcalde

• Secretario Técnico: Subgerente de Gestión de Riesgos de Desastres

• Componente Operaciones (Búsqueda y Rescate, Remoción de Escombros; Rehabilitación de los Servicios Públicos Esenciales)

1. Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiente (Coordinador).

2. Representante de SEDAPAL.

3. Representante de ENEL.

4. Representante de la Cia. CGBVP Magdalena N° 36.

5. Representante del Cuartel Bolívar.

6. Representante de CALIDDA.

7. Representante de Movistar.

8. Representante de Claro.

• Componente Salud (Estabilización, traslado y atención de heridos)

1. Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y Demuna (Coordinador).

2. Representante del Hospital Santa Rosa.

3. Representante de la Clínica Stella Maris.

4. Representante de la Clínica Peruano Japonés.

5. Representante de la Clínica San Bernardo.

6. Representante de la Cía. CGBVP Magdalena N° 36.

• Componente Logística (Gestionar y Distribuir Asistencia Humanitaria, Instalación y Administración de Albergues)

1. Gerencia de Administración (Coordinador).

2. Subgerencia de Participación Vecinal.

3. Representante del Comité de Vaso de Leche.

4. Representante de los Comedores Populares.

5. Representante de Plaza Vea.

6. Representante de Maestro.

7. Representante de la UGEL N° 03.

8. Representantes de las Juntas Vecinales.

9. Representante de las Juntas Vecinales de la PNP.

10. Representante del RESER CLUB.

11. Representante del Club AELU.

12. Representante del Circolo Sportivo Italiano.

13. Representante de las Iglesias Católica, Cristiana, Evangelista y Mormona.

• Componente de Ley y Orden (Orden Público)

2. Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana.

3. Comisaria de Pueblo Libre.

3. Representante del Poder Judicial.

Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE al Secretario Técnico establecer los canales de comunicación con los Coordinadores de cada Componente e integrantes de los mismos a fin de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados por la Plataforma de Defensa Civil, así como Notificar la presente Resolución de Alcaldía a los miembros integrantes de la Plataforma de Defensa Civil.

Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 252-2019-MPL de fecha 05 de junio de 2019.

Artículo Cuarto.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Resolución, a la Secretaria General su Publicación en el diario oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre www.muniplibre.gob.pe

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

MÓNICA ROSSANA TELLO LÓPEZ

Alcaldesa

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