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Fecha de publicación: 02/03/2023
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de las provincias del departamento de Ayacucho, por impacto de daños ante intensas precipitaciones pluviales

Prorrogan fecha de vencimiento de pago de primera cuota del Impuesto Predial, así como de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2023; asimismo, la vigencia de descuentos en beneficio de los contribuyentes del distrito

DECRETO DE ALCALDíA

N° 002-2023-MDB/AL

Bellavista, 28 de febrero de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA.

VISTO; el Informe Nº 002-2023-MDB/GATR, de fecha 21 de febrero de 2023.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su artículo 20 inciso 6 señala que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, en sus artículos 14 inciso a) y 15 faculta a la administración a prorrogar la fecha de presentación de la declaración jurada, así como el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta un máximo de cuatro (04) cuotas;

Que, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago;

Que, mediante Ordenanza Nº 019-2022-MDB, de fecha 25 de noviembre de 2022, se estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y, Beneficio por Pronto Pago facultándose, en la misma, al señor Alcalde a disponer la ampliación de plazo, mediante Decreto de Alcaldía, la vigencia de la citada Ordenanza;

Estando a lo expuesto, de conformidad con el artículo 20 inciso 6 del de la Ley Orgánica de Municipalidades:

DECRETA:

Artículo 1.- Prorrogar, hasta el 31 de marzo de 2023 la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial, así como de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2023.

Artículo 2.- Prorrogar, hasta el 31 de marzo de 2023 la vigencia del descuento del diez por ciento (10%) de los Arbitrios Municipales, siempre que cumplan con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales del ejercicio 2023.

Artículo 3.- Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2023 la vigencia del descuento del cincuenta por ciento (50%) de los Arbitrios Municipales, para los contribuyentes (pensionistas y adultos mayores de acuerdo a la Ley N° 30490), desde el momento en que adquieren tal calidad y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 19 del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y modificatorias.

Artículo 4.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario Oficial “El Peruano” y encargar a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su difusión a través del portal web de la Municipalidad Distrital de Bellavista. (www.munibellavista.gob.pe) y otros del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN

Alcalde

2156014-1