Prorrogan plazo establecido en la Ordenanza N° 347–MVMT, que establece el Programa Especial de Regularización Tributaria - PERT 2023
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 01-2023-MDVMT
Villa María del Triunfo, 24 de febrero de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
VISTO: El Informe Nº 12-2023-GAT-MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 50-2023-OAJ/MDVMT de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 170-2023-GM/MDVMT de la Gerencia Municipal, respecto al Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza N° 347–MVMT hasta el 30 de abril de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autónoma política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley;
Que, según lo establecido en el numeral 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, así como también en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de Código Tributario, reconocen las mismas facultades y competencias, en concordancia con lo establecido en la Constitución;
Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, establece que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra;
Que, mediante el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipales crean, modifican, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fija la ley, disponiendo en el inciso a) La creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza; y el inciso b) Para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tienen ningún límite legal;
Que, mediante Ordenanza N° 347-MDVMT, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, con fecha 04 de febrero del 2023, se estableció el Programa Especial de Regularización Tributaria – PERT 2023, que otorga beneficios e incentivos tributarios y no tributarios en el distrito de Villa María del Triunfo, a todos los contribuyentes que estén al día en sus pagos del impuesto predial del ejercicio fiscal 2023;
Que, el Articulo Décimo Segundo de la Ordenanza N° 347-MVMT, señala que los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios de la Ordenanza, los contribuyentes que hayan efectuado el pago hasta el 28 de febrero de 2023; asimismo en la Cuarta Disposición Final y Complementaria, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias que sean necesarias para la aplicación y el debido cumplimiento de la mencionada ordenanza, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma;
Que, mediante el Informe Nº 12-2023-GAT-MVMT, la Gerencia de Administración Tributaria propone prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 347-MVMT, Ordenanza que establece el Programa Especial de Regularización Tributaria – PERT 2023, hasta el 30 de abril del presente ejercicio fiscal 2023, ello en virtud a la respuesta obtenida de los contribuyentes del distrito, debido a que existe un número considerable de contribuyentes susceptibles de acogerse a los beneficios dispuestos en la presente ordenanza, los cuales debido al plazo establecido en la mencionada norma correrían el riesgo de quedarse excluidos y ver dificultada su regularización tributaria;
Que, con el Informe Nº 50-2023-OAJ/MDVMT, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal precisando que resulta legalmente procedente la aprobación del Decreto de Alcaldía para la ampliación de Ordenanza N°347-MVMT, Ordenanza que establece el Programa Especial de Regularización Tributaria –PERT 2023 en el distrito de Villa María del Triunfo, hasta el 30 de abril de 2023;
Que, a través del Memorándum Nº 170-2023-GM/MDVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la Oficina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente;
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2023, el plazo establecido en el Artículo Décimo Segundo de la Ordenanza N° 347–MVMT, de conformidad con las consideraciones expuestas.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas que la conforman, la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la Oficina de Administración y Finanzas el apoyo necesario; y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía a fin de que la población tenga conocimiento de la misma.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del texto íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELOY CHAVEZ HERNANDEZ
Alcalde
2155001-1