Aprueban la NTS N° 197-MINSA/DGIESP-2023, Norma Técnica de Salud “Manejo de adultos con afección pos – COVID – 19 (COVID prolongado)”
Resolución Ministerial
Nº 137-2023/MINSA
Lima, 8 de febrero del 2023
Visto, el Expediente N° DGIESP20220000220, que contiene el Memorándum N° D001907-2022-DGIESP-MINSA, la Nota Informativa N° D001105-2022-DGIESP-MINSA, el Informe N° D000008-2022-UFETP-SDV-MINSA y la Nota Informativa N° D000218-2023-DGIESP-MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y el Informe N° D000099-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras;
Que, con Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación de la COVID-19, Emergencia prorrogada mediante los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA, N° 009-2021-SA, N° 025-2021-SA, N° 003-2022-SA y N° 015-2022-SA;
Que, de otro lado, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en diversas materias;
Que, el SARS-CoV-2 provoca diversas manifestaciones clínicas en el contexto de la denominada COVID-19, con la insuficiencia respiratoria aguda como la principal afección en las personas, con variaciones en la severidad;
Que, no todos los pacientes presentan recuperación completa posterior a una fase aguda, calculándose que aproximadamente el 10% de ellos presentan persistencia sintomatológica con tendencia a la incapacidad. Esta situación, denominada long COVID o COVID-19 post agudo, está motivando la toma de decisiones para intervenciones;
Que, en nuestro país se están realizando esfuerzos interinstitucionales para determinar la prevalencia de casos de long COVID para determinar procesos de atención;
Que, por estas razones, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone la Norma Técnica de Salud “Manejo de adultos con afección pos – COVID – 19 (COVID prolongado);
Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la NTS N° 197-MINSA/DGIESP-2023, Norma Técnica de Salud “Manejo de adultos con afección pos – COVID – 19 (COVID prolongado)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO
Ministra de Salud
2150549-1