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Fecha de publicación: 18/01/2023
Declaran vacancia de congresista de la República

Designan funcionaria responsable de brindar información que se solicite conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 006-2023/MDLM

La, Molina, 1 de enero del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Estado y en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señala la Ley;

Que, conforme lo establece el artículo 2°, numeral 5), de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido;

Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprobó su Reglamento;

Que, conforme lo establece el último párrafo del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, existe la obligatoriedad de designar al funcionario responsable de entregar la información en virtud de la normativa señalada; asimismo, el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dispone que,  la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20°, numeral 6), de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la señora ROCIO LILLIANA SANTIBAÑEZ ZAVALA, Subgerente de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano de la Municipalidad Distrital de La Molina, como la funcionaria responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias.

Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Entidad, proporcionen la información y documentación que solicite el funcionario designado, en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento.

Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 070-2021/MDLM, así como cualquier disposición administrativa que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA

Alcalde

2143611-2