Aprueban transferencia financiera del Instituto Tecnológico de la Producción a favor de la Contraloría General de la República
Instituto Tecnológico de la Producción
Resolución Ejecutiva
Nº 190-2022-ITP/DE
San Isidro, 30 de noviembre de 2022
VISTOS:
El Oficio N° 000819-2022-CG/SGE de fecha 13 de octubre de 2022, de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 004539-2022-ITP/DO de fecha 29 de noviembre de 2022, de la Dirección de Operaciones, el Informe Técnico Nº 000013-2022-ITP/OPPM, de fecha 29 de noviembre de 2022, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 547-2022-ITP/OAJ de fecha 29 de noviembre de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 132-2021-ITP/DE del 29 de diciembre del 2021, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2022 del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 148 760 821,00 (ciento cuarenta y ocho millones setecientos sesenta mil ochocientos veintiuno y 00/100 Soles);
Que, la Ley N.° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente (en adelante la Ley), tiene como objeto que toda aquella inversión que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, sean objeto de Control Concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones que serán objeto de Control Concurrente, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar Transferencias Financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior;
Que, mediante el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, se establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, debiendo publicarse estas en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la “Directiva Externa que Establece Disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, establece que las entidades quedan facultadas a financiar los Controles Concurrente a llevarse a cabo con cargo a su presupuesto institucional de gastos de capital, sin demandar recursos adicionales al tesoro público y hasta el 2% del saldo por ejecutar de la inversión (diferencia entre costo actualizado y devengado acumulado);
Que, mediante Oficio N° 000819-2022-CG/SGE de fecha 13 de octubre de 2022, la Contraloría General de la República solicita al ITP, efectuar una transferencia financiera por el importe de S/1´801 661.54 (un millón ochocientos un mil seiscientos sesenta y uno con 54/100 soles), a favor del Pliego 019 – Contraloría General de la República, esto a fin de efectuar, las actividades de Control Concurrente, en el marco de los alcances del Plan de acción de control – 2023. Cabe indicar que dicho Oficio anexa el detalle de inversiones que serán materia de Control Concurrente, señalando que la fecha de corte con el cual se calcula el monto solicitado corresponde al 12 de setiembre de 2022;
Que, con Memorando N° 004539-2022-ITP/DO de fecha 29 de noviembre de 2022, la Dirección de Operaciones efectúa el cálculo actualizado a la fecha respecto del monto a transferir en el marco de la Directiva indicada, esto teniendo en consideración que a la fecha el saldo por ejecutar de los proyectos de inversión se ha visto reducido puesto que se ha devengado varios montos; en ese sentido, el nuevo monto calculado, a transferir a la Contraloría General de la República, resultaría ser S/ 1, 648,958.77 soles (un millón seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho y 77/100 soles);
Que, mediante Informe Técnico Nº 000013-2022-ITP/OPPM, de fecha 29 de noviembre de 2022, la OPPM emite pronunciamiento favorable respecto de aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 1, 648,958.77 soles (un millón seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho y 77/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas de las inversiones a cargo del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP
Que, mediante Informe Nº 000547-2022-ITP/OAJ de fecha 29 de noviembre de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, según lo recomendado por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
Con los vistos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General en lo que corresponde a sus funciones;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente; y, la Directiva N° 002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; aprobada por Resolución Directoral N° 022-2021-EF-50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, hasta por la suma de S/ 1, 648,958.77 soles (un millón seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho y 77/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas a las inversiones en curso a cargo del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP.
Artículo 2°.- La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, en la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica del Gasto 2.4.2 3.1 1 - A Otras Unidades del Gobierno Nacional por el importe de S/ 1, 648,958.77 soles (un millón seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho y 77/100 soles), en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
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N° |
CUI |
NOMBRE DE LA INVERSION |
Transferencia Control Concurrente |
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1 |
2273802 |
CREACION DE LOS SERVICIOS DE INNOVACION TECNOLOGICA DE LA CADENA PRODUCTIVA DE LOS PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS EN LA REGION MOQUEGUA |
32,596.36 |
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2 |
2270994 |
INSTALACION DE SERVICIOS TECNOLOGICOS EN LA CADENA PRODUCTIVA DEL SECTOR PESQUERO AMAZONICO, EN EL DISTRITO DE LA BANDA DE SHILCAYO, PROVINCIA DE SAN MARTIN, DEPARTAMENTO SAN MARTIN |
93,571.49 |
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3 |
2271690 |
INSTALACION DE SERVICIOS TECNOLOGICOS PARA LA CADENA PRODUCTIVA DEL SECTOR PESQUERO AMAZONICO EN EL DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EN LA REGION DE UCAYALI |
69,189.86 |
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4 |
2267446 |
CREACION DE SERVICIOS DE PROMOCION DE INNOVACION TECNOLOGICA PARA LA CADENA DE VALOR DE LOS PRODUCTOS TEXTILES DE LOS CAMELIDOS DOMESTICOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE PUNO, AREQUIPA, CUSCO, HUANCAVELICA, AYACUCHO Y APURIMAC |
302,185.99 |
|
5 |
2279780 |
AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE INNOVACION TECNOLOGICA EN LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS PROCESADOS DE FRUTOS, HORTALIZAS, MENESTRAS Y GRANOS ANDINOS EN LAS REGIONES DE ICA, JUNIN, AYACUCHO Y HUANCAVELICA |
400,745.64 |
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6 |
2486406 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION SERVICIOS DE INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA EN LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS PROCESADOS DE FRUTAS, HORTALIZAS, LEGUMBRES, CEREALES (ARÁNDANOS, MARACUYÁ, PIÑA, PIMIENTO, AJÍ, CHÍA Y QUINUA) Y LÁCTEOS EN EL CITEAGROINDUSTRIAL CHAVIMOCHIC DISTRITO DE VIRU - PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
424,755.05 |
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7 |
2267894 |
CREACION SERVICIOS TECNOLOGICOS EN LA CADENA PRODUCTIVA DEL SECTOR CUERO Y CALZADO ANEXO DE SAN ROQUE DE MALAYO DEL DISTRITO DE SAÑO - PROVINCIA DE HUANCAYO - DEPARTAMENTO DE JUNIN |
325,914.39 |
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TOTAL |
1,648,958.77 |
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Artículo 3°.- La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5°.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal web del Instituto Tecnológico de la Producción ITP (www.itp.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO CÉSAR ROBLES SORIA
Director Ejecutivo
2133709-1