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Fecha de publicación: 30/09/2022
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Prorrogan beneficio tributario aprobado mediante la Ordenanza N° 394/MLV

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 016-2022/MLV

La Victoria, 26 de setiembre de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA VICTORIA;

VISTOS: el Informe N°108-2022-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria, el Informe N°838-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, y el Informe N°435-2022-GAJ/MLV der la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 39° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe mediante el dispositivo legal acotado se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza N°394/MLV se aprobó el Beneficio Tributario, que otorga beneficios tributarios para el pago de obligaciones municipales (predial y arbitrios) publicado el 30 de abril de 2022 en el Diario Oficial “El Peruano”; asimismo en su Tercera Disposición Complementaria y Finales faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso;

Que, a través del Informe N°108-2022-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria y el Informe N°838-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, sustentan que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue la Ordenanza N°394/MLV hasta el 31 de octubre de 2022, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción;

Que, el Informe N°435-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto a lo sustentado por la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal mediante el proveído N°2710-2022-GM/MLV;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20°, numeral 6 y el artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios de Administración Tributaria;

SE DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 31 de octubre de 2022 el beneficio tributario aprobado mediante Ordenanza N°394/MLV.

Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas correspondientes garantizar el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe

Regístrese, publíquese y cúmplase.

LORELEI BRUNELLA MORALES GOMEZ

Alcaldesa

2110906-1