Declaran barreras burocráticas ilegales los Procedimientos 67 y 69 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias
RESOLUCIÓN FINAL: 0382-2022/INDECOPI-CUS
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 05 de julio de 2022
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) El cobro de S/ 50.00 por concepto del trámite del procedimiento de “verificación y visación del producto forestal para canje de GTF” para la obtención de la GTF; materializado en el Procedimiento Nº 67 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
(ii) El cobro de S/ 30.00 por concepto del trámite del procedimiento de “inspección para la verificación de productos forestales maderables y no maderables, tanto para TH, CTP, CAD y CDC” para la realización de la inspección y verificación de productos maderables y no maderables por cada GTF; materializado en el Procedimiento Nº 69 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Gobierno Regional de Madre de Dios
NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS:
- Procedimiento Nº 67 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
- Procedimiento Nº 69 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:
Se declaró barrera burocrática ilegal el cobro de S/ 50.00 por concepto del trámite del procedimiento de “verificación y visación del producto forestal para canje de GTF” para la obtención de la GTF; materializado en el Procedimiento Nº 67 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
Asimismo, se declaró barrera burocrática ilegal el cobro de S/ 30.00 por concepto del trámite del procedimiento de “inspección para la verificación de productos forestales maderables y no maderables, tanto para TH, CTP, CAD y CDC” para la realización de la inspección y verificación de productos maderables y no maderables por cada GTF; materializado en el Procedimiento Nº 69 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias.
La razón es que los mismos se habrían impuesto respecto de procedimientos que no se encuentran sustentados en la normativa nacional y/o regional ni en la Resolución Ministerial Nº 0509-2017-MINAGRI, vulnerando lo dispuesto en el artículo 19º de la Ley Nº 29763 y el artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
Maurice Pacheco Niño de Guzmán
Presidente
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Cusco
2107627-1