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Fecha de publicación: 16/08/2022
Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM

Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 469-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 008-2022-A/MDC

Carabayllo, 25 de julio de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO

VISTOS: El Informe Nº 0081-2022-GATR-MDC, de fecha 22 de julio de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal Nº 243-2022-GAJ/MDC, de fecha 25 de julio de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº 680-2022-GM/MDC, de fecha 25 de julio de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 469-MDC; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 469-MDC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de junio de 2022, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, el 31 de julio de 2022;

Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 469-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga;

Que, mediante Informe Nº 0081-2022-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, indica que es necesario que se prorrogue la Ordenanza Nº 469-MDC, dado que es muy importante que se cuente con las herramientas necesarias para que, durante la gestión, se puedan otorgar facilidades de pago hacia los contribuyentes que mantienen deuda con la entidad;

Que, mediante Informe Legal Nº 243-2022-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina Favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 469-MDC, por encontrarse conforme a ley; y, mediante el Memorándum Nº 680-2022-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente;

Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 15 de octubre de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 469-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo.

Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.

MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ

Alcalde

2095660-1