Ordenanza Regional que aprueba La Matriz de Prioridades de la Política Ambiental y Climática Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 481-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Que por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos , y al amparo de la Ley N° 27783/Ley de Bases de la descentralización; Ley N° 27867/ Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales modificada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del Marco Legislativo Regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 154 – AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 301 – AREQUIPA, N° 342 – AREQUIPA, N° 392 – AREQUIPA, N° 393 – AREQUIPA y N° 403 – AREQUIPA.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MATRIZ DE PRIORIDADES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL
Y CLIMÁTICA REGIONAL DE AREQUIPA
Artículo 1°.- APROBAR La Matriz de Prioridades de la Política Ambiental y Climática Regional de Arequipa, la misma que contiene veintiséis (26) Problemas Ambientales y veintiséis (26) Objetivos Ambientales, los mismos que están vinculados a la Política Nacional Ambiental dando como resultado siete (07) Objetivos Estratégicos Regionales cada uno de ellos con sus respectivos indicadores y metas establecidas al año 2030.
Artículo 2°.– INCORPORAR los siete (07) Objetivos Estratégicos Regionales, indicadores y metas establecidas al año 2030 en el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC).
Artículo 3°.– ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”
Artículo 4°.– DISPONER la publicación de esta Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” como en el diario de avisos judiciales La República, una vez publicada en el Diario Oficial, de inmediato, se publique en el sitio web institucional, de acuerdo con los establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera: Encargar a las Gerencias del Gobierno Regional de Arequipa con competencias ambientales, la implementación de la Matriz de Prioridades de la Política Ambiental y Climática Regional de Arequipa, concertando y articulando con la CAR Arequipa.
Segunda: Encargar a la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial incorpore en el Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional la debida asignación presupuestal para el cumplimiento de metas establecidas en la presente Matriz de Prioridades de la Política Ambiental y Climática Regional de Arequipa.
Tercera: Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la elaboración de un proyecto para la capacitación y sensibilización ambiental en la Región Arequipa y fortalecer la institucionalidad y operatividad de la Autoridad regional Ambiental (ARMA)
Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los cinco días del mes de julio del 2022.
JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los quince días del mes de julio del dos mil veintidós.
KIMMERLEE KEILY GUTIERREZ CANAHUIRE
Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa
2087197-1