Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de becarios, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
N° 328-2022-PRODUCE/PROINNOVATE
Lima, 4 de julio de 2022
VISTOS:
El Informe N° 080-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 078-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 013-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.CONTA de la Sub Unidad de Contabilidad; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE;
Que, a través de la Ley N° 31365 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y mediante el artículo 69°, autorizó al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, de fecha 30 de diciembre de 2021, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 291-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE de fecha 17 de junio de 2022, se aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas hasta por el monto total de S/ 996,464.01 (Novecientos noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro y 01/100 soles) monto que comprendía, entre otros, S/. 290,900.93 (Doscientos noventa mil novecientos y 93/100 soles) en la fuente de financiamiento 3. Recursos Operaciones Oficiales de Crédito, destinado a cofinanciar los desembolsos de los becarios en el marco del Contrato de Préstamo No 3700/OC-PE;
Que, mediante Informe N° 013-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.CONTA de fecha 1 de julio de 2022, la Sub Unidad de Contabilidad recomienda la emisión de una Resolución de Dirección Ejecutiva por el monto de S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), toda vez que que con fecha 17 de junio de 2022 dicha Sub Unidad procedió al registro devengado a favor de dieciocho (18) becarios con un tipo de cambio de S/. 3.750, por un importe total de S/. 39,326.62 (Treinta y nueve mil trescientos veintiséis y 62/100 soles), sin embargo, con fecha 28 de junio de 2022 la Sub Unidad de Tesorería manifesta que al momento de girar el banco no reconocía el tipo de cambio por ser menor, ya que el Banco de la Nación otorga el tipo de cambio del día en que se gira;
Que con fecha 1 de julio de 2022 la Sub Unidad de Contabilidad procede a registrar en el SIAF las certificaciones de los dieciocho (18) becarios antes mencionados, con un tipo de cambio de S/. 4.00, por un monto total de S/. 41,948.44 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y ocho y 44/100 soles), lo que dio lugar a un remanente ascendiente a S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), tal como se muestra en el siguiente cuadro:
|
N° |
Contratos |
Meta |
CCP |
Monto Certificado al tc. S/ 3.75 |
Monto Certificado al tc. S/ 4.00 |
Variación |
|
001 |
040-21 |
007 |
1374 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
002 |
048-21 |
007 |
1375 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
003 |
054-21 |
007 |
1376 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
004 |
155-21 |
007 |
1377 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
005 |
044-21 |
007 |
1378 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
006 |
156-21 |
007 |
1401 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
007 |
041-21 |
007 |
1402 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
008 |
166-21 |
007 |
1403 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
009 |
012-22 |
007 |
1003 |
8,100.00 |
8,640.00 |
540.00 |
|
010 |
042-21 |
007 |
1379 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
011 |
043-21 |
007 |
1380 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
012 |
046-21 |
007 |
1381 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
013 |
047-21 |
007 |
1382 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
014 |
049-21 |
007 |
1383 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
015 |
051-21 |
007 |
1384 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
016 |
052-21 |
007 |
1385 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
017 |
056-21 |
007 |
1386 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
018 |
057-21 |
007 |
1387 |
1,836.86 |
1,959.32 |
122.46 |
|
TOTAL UE ----> |
|
39,326.62 |
41,948.44 |
2,621.82 |
||
Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 078-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 1 de julio de 2022, opina favorablemente en materia presupuestal hasta por el monto de S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), en la fuente de financiamiento 3. Recursos Operaciones Oficiales de Crédito;
Que, mediante Informe N° 080-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UAL, de fecha 4 de julio de 2022, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Sub Unidad de Contabilidad y previa verificación presupuestal por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, se ajusta al marco legal aplicable;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 145-2021-PRODUCE, N° 159-2021-PRODUCE y N° 460-2021-PRODUCE, y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones
Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de dieciocho (18) becarios señalados en el cuadro descrito en el sétimo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto de S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), en la fuente de financiamiento 3. Recursos Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”.
Artículo 2- Acciones Administrativas
La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE.
Artículo 3.- Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO AFUSO HIGA
Director Ejecutivo
Programa Nacional de Desarrollo
Tecnológico e Innovación
2083234-1