Autorizan viaje de investigador científico del IMARPE a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 00204-2022-PRODUCE
Lima, 6 junio de 2022
VISTOS: El Oficio N° 272-2022-IMARPE/DEC del Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; la Invitación de fecha 27 de abril de 2022 de Institute de Recherche pour le Développement (IRD); y el Informe N° 0000626-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, señala que IMARPE es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, que tiene personería jurídica de Derecho Público Interno. Constituye pliego presupuestal; sus funciones se orientan a la generación de conocimiento científico que le permiten al Estado Peruano contar con una asesoría científica veraz y oportuna para el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos del mar y las aguas continentales;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos señala que, esta norma regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;
Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento. La autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector. La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de representación sobre cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán oficializados mediante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, siendo que para Europa es el siguiente monto: US$ 540,00 (Quinientos cuarenta y 00/100 dólares americanos);
Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, señala que los Ministros de Estado que en misión oficial viajen al exterior del país, utilizarán pasajes de la categoría negocios. Los funcionarios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán la categoría económica;
Que, mediante la Carta de Invitación de fecha 27 de abril de 2022, Institute de Recherche pour le Développement (IRD) comunicó al IMARPE que el Sr. Adolfo Vicente Chamorro Gómez, investigador científico de IMARPE, ha sido invitado en el marco del Proyecto “Caracterización y pronóstico de eventos extremos en el mar peruano usando un sistema operacional de información oceánica” financiado por el FONDECYT, para realizar una pasantía en el Laboratoire d’Océanographie et du Climat Experimentations et Approches Numériques (en adelante, Laboratorio LOCEAN), a realizarse en Paris - Francia, del del 17 al 28 de junio de 2022;
Que, mediante la Certificación N° 018-2022-CD/O, la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE, certificó el Acuerdo del Consejo Directivo N° 018-2022-CD/O, adoptado en la Quinta Sesión Ordinaria por el Consejo Directivo de IMARPE, celebrada el 23 de mayo de 2022, en donde se aprobó y autorizó el viaje del profesional Adolfo Vicente Chamorro Gómez en la pasantía de investigación en el Laboratorio LOCEAN a realizarse en París - Francia del 17 al 28 de junio de 2022, señalando además, los gastos del mencionado viaje (pasajes aéreos y viáticos);
Que, el Acuerdo del Consejo Directivo N° 018-2022-CD/O se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Memorando N° 142-2022-IMARPE/DGIOCC, el Memorándum N° 299-2022-IMARPE/AFRH, el Memorándum Nº 0097-2022-IMARPE/AFC, el Memorándum Nº 0294-2022-IMARPE/AFLeI, el Memorándum N° 118-2022-IMARPE/OGPP y el Informe N° 116-2022-IMARPE/OGAJ, de la Dirección General de Investigaciones Oceonográficas y Cambio Climático (en adelante, DGIOCC), el Área Funcional de Recursos Humanos, el Área Funcional de Contabilidad, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina General de Asesoría Jurídica, todos de IMARPE;
Que, mediante el Memorándum N° 0344-2022-IMARPE/AFLel y el Memorándum N° 132-2022-IMARPE/OGPP, emitidos por el Área Funcional de Logística e Infraestructura y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ambos de IMARPE, se actualizó el monto de los pasajes aéreos para participar en la mencionada pasantía, y se acreditó el respaldo presupuestal correspondiente;
Que, mediante el Oficio N° 272-2022-IMARPE/DEC el Director Ejecutivo Científico de IMARPE presentó ante el Ministerio de la Producción, una solicitud de Autorización de viaje en comisión de servicios del Sr. Adolfo Vicente Chamorro Gómez para que participe en la mencionada pasantía;
Que, de conformidad con el Memorando N° 142-2022-IMARPE/DGIOCC y anexos, emitidos por la DGIOCC de IMARPE, la referida pasantía permitirá alcanzar los objetivos del proyecto FONDECYT “Caracterización y pronóstico de eventos extremos en el mar peruano usando un sistema operacional de información oceánica” y los objetivos del proyecto de la DGIOCC/IMARPE “Impacto de los cambios climáticos en los ecosistemas marinos frente al Perú: vulnerabilidad, riesgo ecológico, modelado y adaptación”, contribuyendo a proporcionar información de escenarios actuales y futuros y a mejorar la capacidad de adaptación al impacto del cambio climático;
Que, mediante el Informe N° 0000626-2022-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable autorizar el viaje en comisión de servicios del Sr. Adolfo Vicente Chamorro Gómez para que participe en la pasantía en mención;
Que, en consecuencia, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del Sr. Adolfo Vicente Chamorro Gómez para que participe en la mencionada pasantía a realizarse en Paris - Francia del 17 al 28 de junio de 2022, así como autorizar su salida del país el 16 de junio de 2022 y su retorno el 30 de junio de 2022;
Con las visaciones del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, la Secretaría General y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM, “Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Sr. Adolfo Vicente Chamorro Gómez para que participe en la pasantía de investigación en el Laboratoire d’Océanographie et du Climat Experimentations et Approches Numériques (LOCEAN), a realizarse en Paris - Francia del 17 al 28 de junio de 2022, así como autorizar su salida del país el 16 de junio de 2022 y su retorno el 30 de junio de 2022, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2022 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombres y apellidos |
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ |
Viáticos por 12 días US$ 463,83 por día |
Total US$ |
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Adolfo Vicente Chamorro Gómez |
3 151,88 |
5 566,00 |
8 717,88 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
2075163-1