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Fecha de publicación: 01/06/2022
Aprueban el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano - Centros MAC

Otorgan plazo a fin de continuar recibiendo opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general sobre el “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Comunicaciones”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 444-2022-MTC/01.03

Lima, 31 de mayo de 2022

VISTOS:

El Informe N° 0173-2022-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N°001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01, se aprobó la Directiva N° 010-2018-MTC/01, denominada: “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, la misma que tiene como finalidad garantizar que el proyecto normativo a publicar, cuente con los sustentos técnicos y legales suficientes, a fin de asegurar las condiciones que posibiliten la transparencia, la participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión y la presentación de opinión;

Que, la referida directiva establece que, mediante resolución ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano, se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente, con la finalidad de recibir aportes o comentarios de los ciudadanos, empresas y sociedad en general;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 329-2022-MTC/01.03, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de abril de 2022, se dispuso la publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Comunicaciones (en adelante, proyecto normativo), a efectos de recibir comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerio en el Diario Oficial;

Que, habiendo vencido dicho plazo el día 13 de mayo de 2022, y, teniendo en consideración la relevancia e impacto del proyecto normativo, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe N° 0173-2022-MTC/26, sustenta la conveniencia de otorgar nuevamente el plazo de diez (10) días hábiles a fin de continuar recibiendo las opiniones, comentarios y/o sugerencias al proyecto normativo;

Que, de acuerdo a lo expuesto, atendiendo a la relevancia del proyecto normativo, y conforme a lo previsto en la Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, y en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se considera necesario emitir la resolución ministerial que otorgue el plazo de diez (10) días hábiles contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de que se continúe recibiendo opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general sobre el “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Comunicaciones”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC-01; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y la Directiva N° 010-2018-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, aprobada por Resolución Ministerial N° 977-2018 MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgamiento de plazo para comentarios

Otorgar el plazo de diez (10) días hábiles contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de que se continúe recibiendo opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general sobre el “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Comunicaciones”, publicado conforme el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 329-2022-MTC/01.03.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos N°1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección gblanco@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2072939-1