Ordenanza Municipal para la prevención y control de la contaminación sonora en el distrito de Pachacámac
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 292-2022-MDP/C
Pachacámac, 29 de abril de 2022.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
PACHACÁMAC
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 009-2022 de la Comisión de Economía, Presupuesto, Planificación, Finanzas, Administración de Recursos, Rentas y Fiscalización el Nº 043-2022-MDP/GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control, el Informe Nº 041-2022-MDP/GSCS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, el Informe Nº 053-2022-MDP/GM/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y con el Informe Nº 201-2022-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305-Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, conforme al primer párrafo del artículo 39º y primer párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, el numeral 115.2 del artículo 115º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, se precisa que los gobiernos locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental.
Que, el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, aprobado por Decreto Supremo N° 085-2003-PCM, establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible; asimismo, señala en su artículo 24° que las municipalidades distritales fiscalizan el cumplimiento de las disposiciones dadas en dicho reglamento con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora.
Que, mediante Informe N° 043-2022-MDP/GFC, la Gerencia de Fiscalización y Control concluye la necesidad de regular los ruidos y vibraciones originados por la actividades domésticas, servicios y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental, y contribuir por lo tanto a la mejora de la calidad ambiental en esta jurisdicción, por ello considera necesario aprobar el proyecto de Ordenanza Municipal que regula el control y la prevención de la contaminación sonora en el distrito de Pachacámac.
La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad con Informe Nº 041-2022-MDP/GSCS, emite opinión favorable respecto del proyecto de ordenanza, indicando que dicho instrumento normativo cumple con los requerimientos necesarios para la regulación de la contaminación sonora en el distrito.
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de Informe N° 53-2022-MDP/GM/OPP emite opinión técnica favorable, concluyendo que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac, y señala que esta propuesta contribuye con la Acción Estratégica AEI.07.03 “Acciones de Control y Fiscalización de actividades económicas oportunas en el distrito”, previstos en el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2024.
La Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 201-2022-MDP/OAJ, considera que resulta procedente aprobar la Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac. Por lo que se deberá elevar al Pleno del Concejo Municipal para su correspondiente debate y/o aprobación.
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno de Concejo Municipal con el voto UNáNIME de sus miembros aprueba la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN SONORA EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC
Artículo Primero: APRUÉBESE la Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac, que consta de 07 títulos, 18 capítulos, 47 artículos, 06 disposiciones complementarias finales, 02 disposiciones complementarias transitorias, Única disposición complementaria modificatoria, 01 disposición complementaria derogatoria y 05 anexos (Anexo Nº 01, Anexo Nº 02 Definiciones, Anexo N° 03: Contenido del Plan de Acción, Anexo N° 04 Procedimiento de Medición de Ruido y Anexo N° 05: Correcciones para Mediciones de Ruido).
Artículo Segundo: ENCÁRGUESE a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, la Gerencia de Fiscalización y Control, la Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Subgerencia de Ecología y Medio Ambiente, la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, el cumplimiento a la presente ordenanza, de acuerdo a sus competencias y funciones.
Artículo Tercero: FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a Ley.
Artículo Quinto: DISPONER que la Secretaría General gestione la publicación de la aprobación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; del mismo modo dispóngase la publicación del texto íntegro y anexos en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe y en el Portal de Estado Peruano: www.peru.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase.
Guillermo Elvis Pómez Cano
Alcalde
2064516-1