Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 468-2021-MDCH, que aprobó diversos beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la jurisdicción del distrito de Chaclacayo
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 04-2022/MDCH
Chaclacayo, 31 de marzo del 2022.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CHACLACAYO;
VISTO: Los Informes Nº 014-2022-GAT/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 29 de marzo de 2022, y el Memorándum Nº 160-2022-GM/MDCH de la Gerencia Municipal de fecha 31 de marzo de 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Disposición concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno mediante Decretos de Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2021, se aprobaron diversos beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, a fin de atenuar el impacto económico producto del Estado de Emergencia declarado debido al brote del COVID-19;
Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, estableció su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, y la Cuarta Disposición Final; delega en el Alcalde la facultad de establecer una prórroga, para cuyo fin se podrá emitir un Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 011-2021-MDCH, se Prorroga la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 31 de enero del año 2022;
Que, por Decreto de Alcaldía Nº 002-2022/MDCH, la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, se prorrogo hasta el 31 de marzo del año en curso;
Que, mediante Informe Nº 014-2022-GAT/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria GAT, luego del análisis y resultados obtenidos del Beneficio tributario administrativo otorgado, propone prorrogar la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de abril del año 2022;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de abril del 2022.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Tecnología de la Información, y demás unidades orgánicas competentes.
Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN
Alcalde
2059545-1