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Fecha de publicación: 20/04/2022
Aprueban la Directiva Nº 001-2022-PCM/SGTD, Directiva que establece el Perfil y Responsabilidades del Oficial de Gobierno de Datos

Aprueban Directiva General N° 002-2022-PRODUCE-DM “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00146-2022-PRODUCE

Lima, 18 de abril de 2022

VISTOS: El Oficio N° 00261-2021-MINAM/VMGA/DGRS del Ministerio del Ambiente; los Memorandos N°s 00000413-2021-PRODUCE/DGAAMI, 00000086-2022-PRODUCE/DGAAMI y 00000122-2022-PRODUCE/DGAAMI, los Informes N°s 00000034-2021-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado y 00000006-2022-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Memorando N° 00000578-2021-PRODUCE/DGPAR y Memorando N° 00000229-2021-PRODUCE/DN de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000613-2021-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000310-2020-PRODUCE/OPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 00000733-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe N° 00000285-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 3 y 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, disponen que el Ministerio de la Producción es competente, entre otras materias, en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa y comercio interno; teniendo como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas del Sector;

Que, el artículo 114 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, señala que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria es el órgano de línea del Ministerio de la Producción, con autoridad técnico a nivel nacional, responsable de promover la protección del medio ambiente, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el desarrollo de las actividades industriales manufactureras y de comercio interno;

Que, el artículo 1 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, establece que su objeto es promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, señala que la Dirección General de Asuntos Ambientales del PRODUCE, es la autoridad ambiental competente para promover y regular la gestión ambiental de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno; y, es la encargada de implementar el presente Reglamento en el marco de las funciones asignadas;

Que, asimismo, el artículo 10 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, dispone que la autoridad competente, en su rol promotor de la Producción Limpia, podrá suscribir Acuerdos de Producción Más Limpia con el titular o grupo de titulares, estableciendo las metas y acciones específicas. Los Acuerdos de Producción Más Limpia son instrumentos de promoción que tienen como objetivo introducir en la actividad de la industria manufacturera o de comercio interno, un conjunto de acciones que trasciendan al cumplimiento de la legislación vigente, de modo que se mejoren las condiciones en las cuales el titular realiza sus actividades, para lograr la ecoeficiencia y alcanzar un adecuado equilibrio entre la gestión productiva y la protección ambiental. La suscripción de los Acuerdos de Producción Más Limpia es de carácter voluntario y no sustituyen las obligaciones de la normativa ambiental. El contenido y procedimientos para su suscripción son establecidos por Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente;

Que, por Decreto Supremo N° 345-2018-EF se aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad, la cual tiene como Objetivo Prioritario N° 9: Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de actividades económicas, que se encuentra orientado, entre otros, a la promoción de la economía circular en los mercados y la generación de soluciones sostenibles y diversificadas para el desarrollo productivo empresarial;

Que, la Medida de Política N° 9.3 denominada: “Economía circular y Acuerdos de Producción Limpia en los sectores industria, pesca y agricultura” del Plan Nacional de Competitividad y Productividad, aprobado por Decreto Supremo N° 237-2019-EF, prevé como su Hito N° 1 la aprobación de la “Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria”, cuyo resultado esperado es que los agentes económicos privados adecúen progresivamente el modelo lineal de producción -hasta ahora predominante en el sector productivo peruano- hacia un modelo de producción cíclico, denominado “economía circular”, para la extracción, transformación, distribución, uso y recuperación de los materiales, eficiencia energética, entre otros;

Que, por Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE, se aprobó la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, la cual contiene un conjunto de acciones que desarrollará el Estado a fin de impulsar y promover la transición de un modelo económico lineal a uno circular en las actividades industriales;

Que, la citada Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria establece que, el Ministerio de la Producción a corto plazo, debe: “a.3) Establecer los lineamientos, directivas y procedimientos para la implementación de Acuerdos de Producción más Limpia en los sectores industriales”;

Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, mediante los documentos del Visto, sustenta y propone el proyecto de Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”;

Que, el Ministerio del Ambiente, mediante los documentos del Visto, emite opinión favorable al proyecto de Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”;

Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, mediante los documentos del Visto, emite opinión favorable al proyecto de Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, mediante los documentos del Visto, emite opinión favorable al proyecto de Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”, señalando que la misma cumple con lo establecido en la Directiva General N° 012-2016-PRODUCE-SG, “Lineamientos para la formulación, aprobación y modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción”, aprobada con Resolución Secretarial N° 195-2016-PRODUCE-SG;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del Vistos, opina que resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”;

Que, conforme con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 11 de mayo de 2021, se cumplió con publicar en el portal institucional de Ministerio de la Producción, el proyecto de Directiva General en mención, así como el proyecto de Resolución Ministerial, y el Formato de comentarios y/o sugerencias, con la finalidad de que la ciudadanía en general remita sus comentarios y/o sugerencias a dichos documentos, por el plazo máximo de diez (10) días hábiles;

Que, resulta necesario aprobar la Directiva General “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación final de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas” con la finalidad de dar cumplimiento a la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE (Acción a.3 – Línea de Acción Incentivar la producción industrial bajo un enfoque de economía circular - Enfoque 1: Producción Industrial Sostenible);

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y sus modificatorias; la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria aprobada por Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE; el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE; y la Directiva General N° 012-2016-PRODUCE-SG denominada: “Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción”, aprobada por Resolución Secretarial N° 195-2016-PRODUCE-SG”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva General N° 002-2022-PRODUCE-DM “Disposiciones que regulan la expresión de interés, evaluación, formulación, suscripción, ejecución, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Producción más Limpia de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno en el Ministerio de la Producción, así como el reconocimiento del cumplimiento y la continuidad en el cumplimiento de sus metas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicar la Directiva General aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO

Ministro de la Producción

2058998-1