Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00076-2022-PRODUCE
Lima, 2 de marzo de 2022
VISTOS; Los Oficios Nros. 0053 y 0060-2022-PNIPA/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA; el Memorando N° 00000173-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000039-2022-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00000180-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2016, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;
Que, el 13 de marzo de 2017, se suscribió el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, destinado a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Prestatario en la ejecución de innovaciones en las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura; señalando que dicho proyecto apoyará el objetivo del Prestatario de mejorar el desempeño del Sistema Nacional de Innovación Pesquera y Acuícola (SNIPA) y las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura, para promover la transformación de los sectores pesquero y acuícola del Prestatario mediante una menor dependencia en la pesca extractiva captura pesquera y mayor énfasis en la acuicultura;
Que, el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, autoriza que durante el Año Fiscal 2022 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura-PNIPA, entre otros, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos de los citados Programas Nacionales y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo, y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, el referido dispositivo legal establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 022-2021-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital;
Que, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura solicita y sustenta la necesidad de autorizar transferencias a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, hasta por la suma total de S/ 2 418 784,47 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO y 47/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para atender los desembolsos para la ejecución de veintitrés (23) subproyectos adjudicados; respecto a los cuales, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura suscribió los contratos respectivos;
Que, de acuerdo con el Memorando N° 00000173-2022-PRODUCE/OGPPM e Informe N° 00000039-2022-PRODUCE/OGPPM-OP, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha verificado que el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura cuenta con los recursos suficientes en su Presupuesto Institucional (PIM), en la Actividad 5001253: “TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN”, para financiar la propuesta de Resolución Ministerial que autoriza efectuar transferencias financieras a favor entidades públicas, hasta por la suma total de S/ 2 418 784,47 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 47/100 SOLES), destinados a cofinanciar las transferencias financieras para la ejecución de veintitrés (23) subproyectos adjudicados del Proyecto Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, vinculadas a los sectores Ambiental, Producción, Educación y Gobiernos Locales, adjudicados al Proyecto Nacional de Innovación en Acuicultura, Mejoramiento de la Gobernanza del Sistema Nacional en Pesca y Acuicultura y Proyecto Nacional de Innovación en Pesca, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 31365;
Con las visaciones de la Secretaría General, la Oficina General de Presupuesto, Planeamiento y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencias Financieras
Autorizase las transferencias financieras de recursos con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma total de S/.2 418 784,47 (Dos millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos ochenta y cuatro y 47/100 soles), en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 31365, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, conforme al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y detallada en el Anexo Único, adjunto al presente, se atenderán con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de financiamiento: 1. Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos
Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento
La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realizan las Transferencias Financieras aprobadas con la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Acciones Administrativas
La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
2044417-1