Prorrogan vencimiento para el pago al contado de cuotas del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022; así como la fecha límite de cancelación para acogerse a incentivos establecidos en la Ordenanza Nº 0572-2022-MDB
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 01-2022-MDB
Breña, 28 de febrero de 2022
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA
VISTO:
El Informe Nº 009-2022-GR/MDB de fecha 22 de febrero de 2022 de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 097-2022-OAJ/MDB de fecha 24 de febrero de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 0572-2022-MDB, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 01 de febrero de 2022, se aprobaron las fechas de vencimientos para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio del 2022, así como el régimen de incentivos por pronto pago, delegándose en su Quinta Disposición Complementaria y Final, la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación, así como para establecer prórrogas a la vigencia de la misma;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2022-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se dispone el Nivel de Alerta Sanitaria del departamento de Lima, estableciéndolo como “Nivel de Alerta Moderada” y se amplía el estado de emergencia nacional por el plazo de 28 días a partir del 01 de febrero 2022, debido a las circunstancias que enfrenta el país por la COVID-19;
Que, mediante Informe Nº 009-2022-GR/MDB de fecha 22 de febrero de 2022, la Gerencia de Rentas, propone la ampliación del vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022, así como de la primera y segunda cuota de pagos mensuales de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, y la fecha límite para acogerse a los incentivos por pronto pago establecidos en los ítems A y B del artículo 6º de la Ordenanza 0572-2022-MDB, hasta el 31 de marzo de 2022, a fin de que un mayor número de contribuyentes regularicen el pago de sus deudas con los beneficios de la precitada Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 097-2022-OAJ/MDB de fecha 24 de febrero de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica, otorga opinión legal favorable a la expedición del Decreto de Alcaldía, que prorrogue hasta el 31 de marzo de 2022 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 0572-2022-MDB;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2022, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial; así como para el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, establecidos en la Ordenanza Nº 0572-2022-MDB.
Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2022, la fecha límite de cancelación para acogerse a los incentivos establecidos en los ítems A y B del artículo 6º de la Ordenanza Nº 0572-2022-MDB
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Web Institucional.
Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía no modifica lo resuelto en la Ordenanza Municipal Nº 0572-2022-MDB
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ DALTON LI BRAVO
Alcalde
2043378-1