Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e Incentivo por Pronto Pago del ejercicio 2022
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 001-2022/MDPN
Punta Negra, 31 de enero de 2022
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PUNTA
NEGRA
VISTOS:
En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 004-2022-SGRRFT-GAT/MDPN de la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, el Memorándum Nº 012-2022-GAT/MDPN de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 013-2022-GAJ/MDPN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 002-2022-GAT/MDPN de la Gerencia de Administración Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del Artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, señala que el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera cuota deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;
Que, el inciso a) del Artículo 68º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal y la Norma II del T.U.O. del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, señalan que los arbitrios son las tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;
Que, por Informe Nº 004-2022-SGRRFT-GAT/MDPN de fecha 13 de enero de 2022, la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria propone un Proyecto de Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e Incentivo por Pronto Pago del ejercicio 2022; siendo que es política de la Administración Municipal otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna de sus tributos municipales, ya sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; así como incentivar a los contribuyentes al cumplimiento puntual de sus obligaciones tributarias, encontrando oportuno establecer un incentivo por pronto pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2022;
Que, con el Memorándum Nº 012-2022-GAT/MDPN de fecha 13 de enero de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de ordenanza a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la emisión de opinión legal;
Que, mediante el Informe Nº 013-2022-GAJ/MDPN de fecha 17 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal, concluyendo que resulta viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e incentivo por pronto pago del ejercicio 2022 en el distrito de Punta Negra, debiendo remitirse al pleno del Concejo para su aprobación;
Que, por Informe Nº 002-2022-GAT/MDPN de fecha 18 de enero de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria remite los actuados a la Gerencia Municipal para su aprobación ante el Concejo Municipal, el mismo que mediante Proveído Nº 0030-2022-GM/MDPN de fecha 20 de enero de 2022, es remitido a la Secretaría General e Imagen Institucional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 E INCENTIVO POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO 2022
Artículo 1º.- FINALIDAD
Establecer las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e Incentivo por Pronto Pago del ejercicio 2022 administrado por la Municipalidad Distrital de Punta Negra.
Artículo 2º.- FECHAS DE VENCIMIENTO
Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2022 y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo, en:
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Fechas de vencimiento - Impuesto Predial 2022 |
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Pago al contado |
28 de Febrero |
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Primera Cuota |
28 de Febrero |
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Segunda Cuota |
31 de Mayo |
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Tercera Cuota |
31 de Agosto |
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Cuarta Cuota |
30 de Noviembre |
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Fechas de vencimiento - Arbitrios Municipales 2022 |
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Enero |
31 de Enero |
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Febrero |
28 de Febrero |
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Marzo |
31 de Marzo |
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Abril |
30 de Abril |
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Mayo |
31 de Mayo |
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Junio |
30 de Junio |
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Julio |
31 de Julio |
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Agosto |
31 de Agosto |
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Septiembre |
30 de Setiembre |
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Octubre |
31 de Octubre |
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Noviembre |
30 de Noviembre |
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Diciembre |
31 de Diciembre |
Artículo 3º.- INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Y VIGENCIA
Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos tributarios:
a) 15% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando se encuentre al día en el pago total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de todos sus predios (anexos) hasta el 2021, y efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial 2022 y las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022.
b) 10% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial 2022 y las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022.
c) 5% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual de las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022.
Artículo 4º.- PRECISIONES A LA APLICACIÓN DEL INCENTIVO POR PRONTO PAGO
- La aplicación de los descuentos establecidos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, serán aplicados por predio (anexo) cancelado.
- En el caso de contribuyentes con la condición de Pensionistas y Adulto Mayores con beneficios establecidos en el Artículo 19º de la Ley de Tributación Municipal o contribuyentes con la condición de Inafectos al pago del Impuesto Predial establecidos en el Artículo 17º de la Ley de Tributación Municipal, podrán acogerse al incentivo establecido en el inciso a) del Artículo 3º de la presente Ordenanza.
- Los contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, entre el periodo hasta el 28/02/2022, tendrán la condonación del interés moratorio generado por la primera cuota de Arbitrios Municipales del mes enero 2022.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y, el extremo que otorga los incentivos por pronto pago estará vigente hasta el 28 de febrero de 2022.
Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Secretaria General e Imagen Institucional la difusión de su contenido y su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Logística e Informática la implementación de la presente Ordenanza en el Sistema Tributario Municipal, así como su publicación en el Portal Institucional: www.munipuntanegra.gob.pe y Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JULIA IBET TATAJE TABOADA
Alcalde
2038814-1