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Fecha de publicación: 26/01/2022
Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta y la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social al Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Ordenanza que aprueba establecer beneficios tributarios por el pronto pago de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2022 en el distrito de San Bartolo

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 320-2022/MDSB

San Bartolo, 13 de enero de 2022

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Acuerdo de Concejo Nº 001-2022/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA ESTABLECER BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2022 EN EL DISTRITO

DE SAN BARTOLO

Artículo Primero: OBJETO

La presente ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios y/o incentivos tributarios, con la finalidad de promover el cumplimiento puntual y voluntario del pago de los tributos municipales del año 2022 en el Distrito de San Bartolo.

Artículo Segundo: VIGENCIA

Los Beneficios Tributarios señalados en el Artículo Cuarto de la presente Ordenanza, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y se mantendrán vigentes hasta el 28 de febrero del 2022.

Artículo Tercero: BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a los beneficios que se establecen en la presente ordenanza las personas naturales y jurídicas que estén sujetas al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.

Artículo Cuarto: BENEFICIOS DE PRONTO PAGO

Los contribuyentes que, hasta el 28 de febrero del 2022, cumplan con cancelar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del mismo año, y a su vez, se encuentren al día en sus pagos por concepto de obligaciones tributarias hasta el año 2021, obtendrán un descuento sobre los importes insolutos de los Arbitrios Municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles y vías públicas, parques y jardines públicos y Serenazgo correspondientes al año 2022, según el siguiente detalle:

TIPO DE PERSONA

DESCUENTO ARBITRIOS MUNICIPALES 2022

Personas Naturales

25%

Personas Jurídicas

15%

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Única: Los contribuyentes suelen hacer uso de los locales municipales para realizar el pago de sus obligaciones tributarias, siendo que tal concurrencia se suele incrementar en los meses de vencimiento tributarios; concentrándose dichos pagos principalmente respecto de sus predios; es por ello, se ha establecido 2 modos de pago:

1. Pago Electrónico: Que, por las consideraciones expuestas, corresponde continuar con la política de distanciamiento dictada por el gobierno central, incentivando el pago de las obligaciones tributarias respecto a predios registrados a nombre de personas naturales y jurídicas en la Municipalidad Distrital de San Bartolo, siempre que este año se realice mediante diversos canales electrónicos de las entidades bancarias, esa información que podrá ser visualizada en el Portal Institucional (www.munisanbartolo.gob.pe), como una forma de evitar concurrencia a los locales municipales en forma masiva y disminuir el riesgo al contagio y la propagación del COVID-19, coadyuvando el cumplimiento de las normas y el distanciamiento social durante el estado de emergencia sanitaria y su mantenimiento posterior.

2. Pago Presencial: Que, de ser la modalidad de pago el tipo presencial a nuestras cajas municipales, se seguirá con el distanciamiento social obligatorio, decretado por el gobierno y los protocolos de desinfección contra el COVID-19 establecidos por ley, así evitando la propagación de la misma y cuidando de la seguridad de los contribuyentes como el personal municipal.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera: FACÚLTESE al señor alcalde de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte disposiciones que fueran necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Segunda: ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de informática la publicación integra del presente documento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo: www.munisanbartolo.gob.pe.

Tercera: ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa, Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, Oficina de Ejecutoria Coactiva y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Cuarto: DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, hasta su modificación por norma similar.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RUFINO ENCISO RIOS

Alcalde

2033079-1