Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2022
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2022/MDV
Ventanilla, 17 de enero de 2022
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 17 de enero de 2022, el Informe Nº 001-2022/MDV-GAT-SGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva, el Memorándum Nº 004-2022/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Nº 012-2022/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 008-2022/MDV-GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Memorando Nº 005-2022/MDV-GAJ e Informe Nº 015-2022/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 58-2022/MDV-GM de la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación de la Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente norma:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2022
Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2022, la misma que consta de ocho artículos, la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del D.S. Nº 001-2009-JUS.
Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia.
Artículo 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2032459-1