Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL que aprobó la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 012-2021/MDL
Lurigancho, 29 de diciembre de 2021.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LURIGANCHO
VISTO:
El Memorándum Nº 1254-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 747-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 077-2021/MDL/GR de la Gerencia de Rentas, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo mismo que se señala en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico;
Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario;
Que, mediante Ordenanza Nº 303-MDL, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 29 de enero de 2021, se aprobó la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”, disponiéndose su vigencia hasta el 30 de abril del presente año fiscal;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2021-MDL del 26 de abril de 2021, se aprobó la prórroga de la vigencia de la mencionada Ordenanza, disponiéndose su ampliación hasta el 30 de julio de 2021;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2021/MDL de fecha 15 de julio de 2021, se prorrogó por segunda vez hasta el 30 de setiembre de 2021;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2021-MDL del 23 de setiembre de 2021, se prorrogó por tercera vez de la vigencia de la mencionada Ordenanza, disponiéndose su ampliación hasta el 30 de diciembre de 2021;
Que, mediante Informe Nº 077-2021/MDL/GR de la Gerencia de Rentas, señala que, encontrándonos aún en Estado de Emergencia es necesario seguir brindando los beneficios a los contribuyentes (natural y jurídico) del distrito para poder continuar con una recaudación adecuada y positiva, estando a que se viene registrando una reducción de S/. 10´512,946.66 en cuanto a las cuentas por cobrar desde 1994 al 2020, solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL hasta el 30 de marzo de 2022;
Que, mediante Informe Nº 747-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente factible aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL;
Que, mediante Memorándum Nº 1254-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, se dispone la emisión del Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL “Campaña de actualización del registro de contribuyentes y predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada de Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”;
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL, que aprueba la “CAMPAÑA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS DEL DISTRITO DE LURIGANCHO, FORMULARIOS DE DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y OTORGA BENEFICIOS DE CONDONACIÓN DE INTERÉS Y/O DEUDAS TRIBUTARIAS”, hasta el 30 de marzo de 2022.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia de Rentas, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y demás unidades orgánicas competentes.
Artículo Tercero.- DISPONER, a través de la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano; y, a través de la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas, la publicación en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar – PTE y en todas las plataformas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ
Alcalde
2030216-1