Aprueban los “Lineamientos para implementar procesos de asociatividad empresarial en el Sector Agrario y de Riego”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0218-2021-MIDAGRI
Lima, 27 de julio de 2021
VISTOS:
El Memorando Nº 0074-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS y el Informe Nº 0011-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-ERMG de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), establece que este Ministerio, ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, el Sector Agrario y de Riego comprende al MIDAGRI y todas las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas a su ámbito de competencia;
Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 7 de la citada Ley, el MIDAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, de manera articulada con gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos y entidades del Poder Ejecutivo, según corresponda, ejerce la función, entre otras, de promover la organización de los productores agrarios y el financiamiento del sector agrario y de riego, facilitando la articulación del circuito productivo y comercial agrario con el sistema financiero y de seguros; promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional;
Que, la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada por el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, constituye el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria, y ha priorizado como problema público el bajo nivel de desarrollo competitivo agrario e identifica como una de las tres causas directas, a la “Baja integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor de los productores agrarios”.
Que, el Plan Nacional de la Agricultura Familiar 2021-2030, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-MINAGRI, identifica como problema público los “bajos ingresos del productor agrario” y como causas directas, entre otros, la limitada asociatividad (escaso número de productores organizados e informalidad) y las dificultades para articular al mercado;
Que, alcanzar un nivel adecuado de asociatividad permite aprovechar los beneficios de las economías de escala, facilitar mayores niveles de inversión productiva y una mejor articulación comercial, con el consiguiente incremento de los ingresos económicos de las familias agrarias; por lo cual el MIDAGRI fomenta la organización empresarial de los productores/as agrarios/as con énfasis en las cooperativas agrarias de usuarios, por ser un poderoso vehículo de formalización de los productores agrícolas, ganaderos y forestales que faciliten su proceso de inclusión económica y financiera, permitiéndoles ser actores del desarrollo económico y social del país;
Que, la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, mediante el Memorando Nº 0074-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS que adjunta el Informe Nº 0011-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-ERMG sustenta la aprobación de los “Lineamientos para implementar procesos de asociatividad empresarial en el Sector Agrario y de Riego”, que tienen por objeto articular la provisión de servicios del Sector Agrario y de Riego para promover y fortalecer la asociatividad y desarrollo empresarial de los productores/as agrarios/as de la Agricultura Familiar con énfasis en el modelo cooperativo, buscando su inserción competitiva a los mercados de manera sostenible y rentable”; asimismo, señala la DGASFS que es necesario que en el Sector Agrario y Riego se articule una sola estrategia de fomento de la asociatividad de los productores agrarios y del desarrollo empresarial, con la finalidad de estandarizar definiciones y unificar criterios para la implementación de procesos de la asociatividad empresarial para las entidades de los tres niveles de gobierno del Sector Agrario y de Riego, a fin de contribuir con la mejora de la calidad de vida de los productores/as agrarios/as de la Agricultura Familiar, para lo cual se requiere su aprobación;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión a la referida propuesta de Lineamientos, mediante el Memorando Nº 1066-2021-MIDAGRI-SG/OGPP, sustentado en el Informe Nº 0069-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización, que consolida las opiniones de la Oficina de Planeamiento, emitida con el Informe Nº 0196-2021-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA y la Oficina de Presupuesto, emitida con el Informe Nº 0368-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES;
Con la visación del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para implementar procesos de asociatividad empresarial en el Sector Agrario y de Riego”, que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los Lineamientos aprobados en el artículo 1, son de aplicación y cumplimiento obligatorio del Sector Agrario y Riego, que comprende al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y todas las entidades de los tres niveles de gobierno, vinculadas al ámbito de competencia señalado en el artículo 5 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y en el mismo día, la publicación de dicha Resolución y de los Lineamientos en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FEDERICO TENORIO CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
1977283-1