Modifican las Directivas N° 005-2019-
MINCETUR/DM, N° 006-2019-MINCETUR/DM y N° 008-2019-MINCETUR/DM en el marco de la Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo 2021-2023
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 090-2021-MINCETUR
Lima, 9 de julio de 2021
Visto, los Informes N° 0020, N° 0022 y N° 0026-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM y el Informe N° 0036-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-CCT de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Turismo; los Memorándums N° 559, N° 648 y N° 694-2021-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; los Informes N° 017 y N° 025-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la Oficina de Racionalización y los Memorándums N° 407 y N° 441-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, se aprueba el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el cual tiene por finalidad regular la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE;
Que, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR crea los CITE artesanales y turísticos, públicos o privados, con la finalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia;
Que, la Disposición Complementaria Transitoria Única del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, dispone que el MINCETUR mediante Resolución Ministerial establecerá el procedimiento de creación, calificación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE Públicos y la calificación de los CITE Privados, en concordancia con la política y lineamientos que dicte el ente rector;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR, se aprueba la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM, “Directiva que Regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR”, en cuya Disposición Complementaria Final Única se establece que la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía podrá disponer acciones y proponer directivas o lineamientos complementarios que regulen aspectos relacionados a la formulación, elaboración, aprobación del Plan Anual de Actividades y el seguimiento y monitoreo de las metas señaladas en el mismo, así como del avance del Plan Estratégico; además de la rendición de gastos mensuales presentado por el CITE privado, entre otros aspectos que coadyuven con el cumplimiento de la referida Directiva;
Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial N° 306-2019-MINCETUR, se aprueba la Directiva N° 006-2019-MINCETUR/DM, “Directiva para la Rendición de Cuentas de las Subvenciones Económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 454-2019-MINCETUR de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprueba la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/DM “Directiva para la elaboración y aprobación del Plan Estratégico, plan anual de actividades y el seguimiento, monitoreo y evaluación de los CITE Artesanales y Turísticos del MINCETUR” y se modifican las Directivas N° 005-2019-MINCETUR/DM y N° 006-2019-MINCETUR/DM;
Que, conforme a lo sustentado en los documentos del Visto, y con la finalidad de suscribir los Convenios de Desempeño y Convenios Especiales de Uso de Saldos en el presente ejercicio fiscal y por ende alcanzar los objetivos propuestos por los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Artesanales y Turísticos, a través de sus cinco modalidades de intervención en transferencia tecnológica, capacitación, I+D+i, difusión y articulación en beneficio de los artesanos, alpaqueros y emprendedores turísticos, en el marco de la Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo 2021-2023, resulta necesaria la modificación de las Directivas N° 005-2019-MINCETUR/DM, N° 006-2019-MINCETUR/DM y N° 008-2019-MINCETUR/DM;
Que, las modificaciones propuestas contribuirán a que los CITE puedan afrontar la crisis originada por la pandemia de la COVID-19, toda vez que los años 2020 y 2021 la programación financiera plasmada en sus Planes Estratégicos se ha visto afectada por la caída en la recaudación del impuesto de los juegos de casinos y máquinas tragamonedas, además de tener poco o nulos ingresos propios y limitado acceso a nuevas fuentes de financiamiento;
Que, en ese sentido, corresponde aprobar la modificación de las Directivas N° 005-2019-MINCETUR/DM, N° 006-2019-MINCETUR/DM y N° 008-2019-MINCETUR/DM, en los aspectos sustentados en los documentos del Visto;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM, “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR” aprobada por la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR, en los extremos señalados en el ANEXO 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Modificar la Directiva N° 006-2019-MINCETUR/DM, “Directiva para la Rendición de Cuentas de las Subvenciones Económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 306-2019-MINCETUR, en los extremos señalados en el ANEXO 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Modificar la Directiva N° 008-2019-MINCETUR/DM “Directiva para la elaboración y aprobación del Plan Estratégico, plan anual de actividades y el seguimiento, monitoreo y evaluación de los CITE Artesanales y Turísticos del MINCETUR” en los extremos señalados en el ANEXO 3, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y sus anexos se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 5.- Disponer la publicación del texto consolidado de las Directivas N° 005-2019-MINCETUR/DM, N° 006-2019-MINCETUR/DM y N° 008-2019-MINCETUR/DM, incorporando las modificaciones aprobadas por los artículos 1, 2 y 3, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur).
Artículo 6.- Encargar a la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de las Directivas y sus modificaciones, materia de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA CORNEJO MOHME
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1971569-1