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Fecha de publicación: 10/07/2021
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, N° 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM, N° 105-2021-PCM Y N° 123-2021-PCM, y modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM

Disponen el embanderamiento general del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 017-2021-MDP/A

Pachacámac, 8 de julio del 2021.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PACHACÁMAC

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Artículo 42º de la Ley acotada señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.

Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el Bicentenario de la proclamación de la Independencia del Perú.

Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política del gobierno local, promover en la comunidad pachacamina los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el numeral 6 del Artículo 20º, 42º y numeral 6 del artículo 93º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.

DECRETA:

Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del Distrito de Pachacámac, a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto hasta el 31 de julio de 2021, con motivo de conmemorarse el Bicentenario de la proclamación de la Independencia del Perú.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional y Digital y a la Subgerencia de Participación Vecinal, su difusión correspondiente y a la Gerencia de Fiscalización y Control su cumplimiento.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Electrónico y Digital la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO

Alcalde

1971253-1