Aprueban el “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y la Directiva “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”
Instituto Tecnológigo de la producción
Resolución Ejecutiva
Nº 042-2021-ITP/DE
Lima, 2 de junio del 2021
VISTOS:
El Memorando N° 0075-2021-ITP/DEDFO de fecha 24 de mayo de 2021 y el Informe N° 0004-2021-ITP/PPA-DEDFO de fecha 24 de mayo de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 1904-2021-ITP/OPPM de fecha 25 de mayo de 2021, el Informe Técnico N° 014-2021-ITP/MODERNIZACIÓN de fecha 25 de mayo de 2021 y el Memorando N° 1966-2021-ITP/OPPM de fecha 27 de mayo de 2021, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 3355-2021-ITP-OA de fecha 27 de mayo de 2021 de la Oficina de Administración; el Informe N° 153-2021-ITP/OAJ de fecha 30 de mayo de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 45.2 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la Mipyme, Emprendimientos y Startups, señala que el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP y los CITE brindan servicios, investigan y realizan intervenciones que generen valor desde la fase de provisión de insumos y materias primas, de acuerdo a la naturaleza de la cadena productiva a la cual atienden y siempre que ello contribuya a la mejora de los procesos productivos y/o de transformación que se requieran;
Que, el numeral 45.3 del artículo 45 del citado Decreto de Urgencia establece que el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología deben ser concordantes con el rol subsidiario del Estado y aprobadas por Resolución del Director Ejecutivo del ITP;
Que, mediante Memorando N° 1402-2021-ITP-OPPM de fecha 21 de abril de 2021, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización - OPPM remitió a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE - DEDFO el Informe Técnico N° 001-2021-ITP/MODERNIZACION, conteniendo la propuesta metodológica para la determinación de tarifas, basada en costos, de los servicios que brinda el ITP;
Que, con Memorando N° 0075-2021-ITP/DEDFO de fecha 24 de mayo de 2021, sustentado en el Informe N° 0004-2021-ITP/PPA-DEDFO de la misma fecha, la DEDFO propuso la aprobación del “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y sus respectivos anexos, como un documento orientador para la identificación, clasificación y reconocimiento de los servicios que brinda el ITP; asimismo, propuso la aprobación de la Directiva referida a la metodología para la determinación de tarifas, basada en costos, de los servicios que brinda el ITP;
Que, a través del Memorando N° 1904-2021-ITP/OPPM de fecha 25 de mayo de 2021, sustentado en el Informe Técnico N° 014-2021-ITP/MODERNIZACIÓN de la misma fecha y Memorando N° 1966-2021-ITP/OPPM de fecha 27 de mayo de 2021, la OPPM consideró que el “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y el proyecto de Directiva remitido por la DEDFO cuentan con el sustento técnico suficiente para continuar con el trámite de aprobación respectivo;
Que, mediante Informe N° 153-2021-ITP/OAJ de fecha 30 de mayo de 2021, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la aprobación del “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y de la Directiva “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”;
Que, según la normativa e informes técnicos antes expuestos, resulta necesario aprobar el “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, y la Directiva “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP ”, conforme a lo establecido en la Directiva N° 002-2020-ITP/DE “Directiva para la Elaboración, Aprobación y Modificación de los Documentos Normativos de Gestión Interna del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; en lo que corresponde a sus competencias;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la Mipyme, Emprendimientos y Startups; y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Marco Conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP”, que como Anexo N° 1 forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Aprobar la Directiva “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”; que como Anexo N°2 forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a los órganos del ITP la implementación y operatividad de la Directiva aprobada en el artículo 2, en lo que corresponda a sus funciones.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP (www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo
1959312-1