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Fecha de publicación: 30/04/2021
Decreto Supremo que establece las Zonas Estratégicas de Intervención para la implementación de la Política Nacional contra las Drogas al 2030

Aprueban los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)” y sus anexos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00127-2021-PRODUCE

Lima, 29 de abril de 2021

VISTOS:

El Memorando N° 00000208-2021-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; el Memorando N° 00000499-2021-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; y el Memorando N° 00000466-2021-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000565-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00000281-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1047, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Asimismo, conforme al numeral 6.4 del artículo 6 de la referida norma, tiene entre sus funciones específicas promover la industria y el comercio interno en el ámbito nacional y/o macroregional;

Que, la Ley N° 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), tiene por objeto establecer un marco jurídico regulatorio para la sociedad de beneficio e interés colectivo, denominada sociedad BIC;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2021-PRODUCE se aprobó el Reglamento de la Ley N° 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), aplicable a las personas jurídicas societarias constituidas o por constituirse, conforme a los tipos societarios previstos en la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, que voluntariamente opten por acogerse al marco jurídico de la Sociedad BIC;

Que, la Sociedad BIC es una persona jurídica constituida válidamente bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, que se obliga por su propia voluntad a generar un impacto positivo, integrando a su actividad económica la consecución de un propósito de beneficio social y ambiental elegido; conforme al numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31072 y al numeral 5.1 del artículo 5 del Reglamento;

Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31072, el Ministerio de la Producción, mediante resolución ministerial, previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente y en el marco de sus competencias, aprueba: i) los lineamientos para la elaboración del plan estratégico, y ii) los lineamientos para la elaboración del Informe de Gestión de la Sociedad BIC;

Que, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 00110-2021-PRODUCE, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y el Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)”, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, por un plazo de diez (10) días calendario, a fin de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía;

Que, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)” que regulan el contenido mínimo del plan estratégico y del informe de gestión de la Sociedad BIC, en el marco de lo establecido por la Ley N° 31072 y su Reglamento;

Con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, a través del Oficio N° 00345-2021-MINAM/SG e Informe N° 00067-2021-MINAM/VMGA/DGCA;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; la Ley N° 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2021-PRODUCE; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017- PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)”

Apruébanse los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Publicación

La presente Resolución Ministerial, los “Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC)” y sus Anexos, se publican en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR

Ministro de la Producción

1948739-1