Prorrogan plazo establecido en la Res. N° 048-2021-CD/OSIPTEL, para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados respecto al Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 069-2021-CD/OSIPTEL
Lima, 28 de abril de 2021
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OBJETO |
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Evaluación de las solicitudes de ampliación de plazo previsto en la Resolución N° 048-2021-CD/OSIPTEL, referido a la formulación de comentarios sobre el Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones. |
VISTOS:
(i) El Proyecto de Resolución que amplía el plazo previsto en la Resolución N° 048-2021-CD/OSIPTEL, referido a la formulación de comentarios sobre el Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones.
(ii) El Informe Nº 0098-OAJ/2021 elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica, que sustenta el Proyecto al que se refiere el numeral precedente.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modificada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, el OSIPTEL ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar las normas referidas a obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;
Que, el 27 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo N° 048-2021-CD/OSIPTEL, que aprobó la publicación para comentarios del Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones;
Que, en conforme al artículo 3 de la referida Resolución se estableció un plazo de treinta (30) días calendarios computados desde el día siguiente de su publicación, esto es hasta el 26 de abril del 2021, con la finalidad que los interesados puedan formular sus comentarios respecto al citado Proyecto de Norma;
Que, con fecha 20 de abril de 2021, OSIPTEL recibió solicitudes de prórroga de plazo formuladas por América Móvil Perú S.A.C. y Viettel Perú S.A.C;
Que, con fecha 22 de abril de 2021, OSIPTEL recibió las solicitudes de prórroga de plazo formuladas por Telefónica del Perú S.A.A. y la Asociación para el Fomento de la Industria Nacional (AFIN);
Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe de VISTOS, y a efectos de recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones; se considera pertinente, de forma excepcional, atender parcialmente a las solicitudes de ampliación del plazo presentadas;
En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 799/21 de fecha 23 de abril de 2021;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 048-2021-CD/OSIPTEL hasta el 11 de mayo de 2021, para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados respecto al Proyecto de Norma que establece el nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones.
Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para:
(i) La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
(ii) La publicación de la presente Resolución y del Informe N° 0098-OAJ/2021, en el portal institucional del OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUIN
Presidente del Consejo Directivo (e)
1948379-1