Aprueban implementación del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios” a través del aplicativo VIPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08
Lima, 31 de marzo de 2021
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
VISTO:
El Memorando N° D000191-2021-MML-GP de la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000080-2021-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización de la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000055-2021-MML-GDU-AL del área de Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorando N° D000149-2021-MML-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° D000027-2021-MML-GA-SGDI-DSTI del Departamento de Soluciones Informáticas y Gestión de Proyectos de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, el Informe N° D000078-2021-MML-GA-SGDI la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación y el Informe Nº D000202-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, teniendo como visión un Estado Moderno al servicio de las personas, lo cual implica una transformación de sus enfoques y prácticas de gestión, concibiendo sus servicios o intervenciones como expresiones de derechos de los ciudadanos. Con ese sentido, diseña sus procesos y define sus productos y resultados en función de las necesidades de los ciudadanos. Y como objetivo general, orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de Decreto Legislativo Nº 1412, establece que el gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la Administración Pública para la creación de valor público. Se sustenta en un ecosistema compuesto por actores del sector público, ciudadanos y otros interesados, quienes apoyan en la implementación de iniciativas y acciones de diseño, creación de servicios digitales y contenidos, asegurando el pleno respeto de los derechos de los ciudadanos y personas en general en el entorno digital;
Que, el numeral 6) del artículo 93 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las facultades especiales de las municipalidades, señala como facultad de los gobiernos locales, disponer la pintura periódica de las fachadas y el uso o no uso de determinados colores. Asimismo, el numeral 16) del artículo 82 de la acotada Ley, establece que la municipalidad tiene como función específica compartida impulsar una cultura cívica de mantenimiento, limpieza, conservación y mejora del ornato local;
Que, mediante Ordenanza N° 2321 de fecha 26 de febrero de 2021, se aprobó el otorgamiento de beneficios tributarios a consecuencia de la ejecución del mantenimiento que incluya el pintado de la fachada frontal y/o superficies visibles desde la vía pública de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima. Teniendo como objeto establecer beneficios aplicables a las deudas tributarias generadas por inmuebles ubicados en la jurisdicción del Cercado de Lima como consecuencia de la ejecución del mantenimiento, que incluya el pintado de fachadas frontal y superficies visibles o solo de superficies visibles siempre que cuenten con la fachada frontal en óptimas condiciones;
Que, el artículo 2 de la citada Ordenanza, establece que es de aplicación para los propietarios o arrendatarios de inmuebles ubicados en la jurisdicción del cercado de Lima, que se encuentren registrados ante el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la mencionada Ordenanza establece que para efectos del acogimiento a los beneficios previstos en la presente Ordenanza, el propietario o el arrendatario, o representante legal, acreditados mediante documento, deberá presentar una solicitud expresa de acogimiento, la misma que tendrá el carácter de declaración jurada a través del formulario electrónico habilitado por la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2321, encarga a la Gerencia de Desarrollo Urbano, PROLIMA y al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, el cumplimiento de la presente norma; y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación el desarrollo y/o difusión de los aplicativos oficiales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de que puedan ser usados por los contribuyentes;
Que, el área de Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Informe N° D000055-2021-MML-GDU-AL de fecha 04 de marzo de 2021, considera que el Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios” a través del aplicativo VIPA y su Manual y Guía de Usuario, se encuentra conforme a la Ordenanza N° 2321-MML, por lo que se recomienda remitir los actuados a la Gerencia de Planificación para su opinión técnica y prosecución del trámite correspondiente, para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía con eficacia anticipada al 03 de marzo de 2021;
Que, que en el ítem 3.5 del citado Informe del área de Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano sostiene que la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación desarrolló un sistema para tal fin, denominado Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios a través del aplicativo VIPA, fruto de una serie de coordinaciones y reuniones virtuales que realizó la Gerencia de Desarrollo Urbano con representantes del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, el Servicio de Administración Tributaria – SAT y la Subgerencia de Renovación Urbana;
Que, la Subgerencia de Organización y Modernización de la Gerencia de Planificación mediante informe N° D000080-2021-MML-GP-SOM de fecha 11 de marzo de 2021, concluye entre otros que: i) La Gerencia de Desarrollo Urbano remite el proyecto de Alcaldía para aprobar la propuesta de implementación del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios”, así como la aprobación del “Manual del Usuario – Sistema de Beneficio Tributario - Limpiados de Fachadas” y la Guía del Usuario “Pinta tu fachada y obtén grandes beneficios”; ii) La referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano, PROLIMA y el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, emitidos mediante comunicación electrónica de fecha 02 de marzo de 2021, el cual acompaña al Informe N° D00004-2021-MML-GDU-SRU de la Subgerencia de Renovación Urbana, y iii) Considera que la Gerencia de Desarrollo Urbano cuenta con la competencia para proponer el proyecto de Decreto de Alcaldía que implemente Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios”, así como la aprobación del “Manual del Usuario- Sistema de Beneficio Tributario - Limpiados de Fachadas” y la Guía del Usuario “Pinta tu fachada y obtén grandes beneficios”, ello en el marco de las disposiciones establecidas en la Ordenanza N° 2321, por lo que se emite opinión favorable;
Que, el Departamento de Soluciones Informáticas y Gestión de Proyectos de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, mediante Informe N° D000027-2021-MML-GA-SGDI-DSTI de fecha 26 de febrero de 2021, concluye entre otros que la Municipalidad Metropolitana de Lima al mantener cifrada la información que el ciudadano/administrado ingresa al sistema mediante el protocolo HTTPS, cumple con los estándares para mantener la información transaccional del administrado segura, así como con el consentimiento del administrado a través de la aceptación de los acuerdos y condiciones para el tratamiento de su información, de acuerdo con reglamento de protección de datos personales. Los procesos virtuales perciben beneficios sustanciales a los administrados en términos de ahorro de tiempo, dinero y esfuerzos en la realización de trámites, evita desplazamientos, filas y turnos de espera, así como la reducción en el uso de papel;
Que, cabe mencionar que de conformidad a lo establecido en el artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima ROF, aprobado mediante Ordenanza N° 2208, la Gerencia de Desarrollo Urbano es el órgano de línea responsable de conducir y supervisar los procesos de autorizaciones, certificaciones, adjudicación, asentamientos humanos, renovación urbana, saneamiento legal y físico de predios tugurizados, concerniente al desarrollo urbano dentro del marco de las disposiciones aplicables; quien asumirá el procedimiento para otorgar la conformidad del mantenimiento que incluye el pintado de la fachada frontal y/o superficie visibles desde la vía pública y aplicará los valores por metro cuadrado (m2), por lo que resulta funcionalmente competente para presentar la propuesta de Decreto de Alcaldía materia de análisis;
Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; lo cual es concordante con lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2321;
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° D000202-2021-MML-GAJ de fecha 17 de marzo de 2021, concluye que: i) La Ley Orgánica de Municipalidades señala como facultad de las municipalidades, el disponer la pintura periódica de las fachadas, y el uso o no uso de determinados colores. Así, también, establece que, como función específica compartida, las municipalidades cuentan con competencia para impulsar una cultura cívica de mantenimiento, limpieza, conservación y mejora del ornato local ii) La Ordenanza N° 2321, que aprueba el otorgamiento de beneficios tributarios a consecuencia de la ejecución del mantenimiento que incluya el pintado de la fachada frontal y/o superficies visibles desde la vía pública de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima, establece que, para efectos del acogimiento a los beneficios previstos, el propietario o el arrendatario, o representante legal, acreditados mediante documento, deberá presentar una solicitud expresa de acogimiento, la misma que tendrá el carácter de declaración jurada a través del formulario electrónico habilitado por la Municipalidad Metropolitana de Lima iii) Resulta conforme a la normativa de la materia vigente, que el Alcalde Metropolitano en ejercicio de sus funciones apruebe el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la implementación del sistema “Pinta tu fachada y obtén grandes beneficios” a través del aplicativo VIPA y el manual y guía de beneficios tributarios, el mismo que cuenta con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria, del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación y de la Gerencia de Planificación;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobar la implementación del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios” a través del aplicativo VIPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo acceso será a través del Portal Web: https://aplicativos.munlima.gob.pe/beneficio-hogar/nueva_solcitudbh, con eficacia anticipada al 03 de marzo del 2021, que será administrada por la Subgerencia de Renovación Urbana y el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA.
Artículo 2. Aprobar el “Manual del Usuario – Sistema de Beneficio Tributario - Limpiados de Fachadas” y la “Guía del Usuario del Sistema de Beneficio Tributario “Pinta tu fachada y obtén grandes beneficios”, que en anexos forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3. Disponer la puesta en funcionamiento del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Beneficios” a través del aplicativo VIPA, aprobado en el artículo primero, siendo de aplicación a las solicitudes en trámite inclusive.
Artículo 4. Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, PROLIMA y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación.
Artículo 5. Disponer la publicación del Decreto de Alcaldía y sus anexos en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de la publicación de la norma aprobatoria en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1941179-1