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Fecha de publicación: 04/02/2021
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Canayre de la provincia de Huanta, en el distrito de Vischongo de la provincia de Vilcas Huamán, en el distrito de Sancos de la provincia de Lucanas y en el distrito de Pausa de la provincia de Paucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Modifican en el Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, la Forma E “Información Adelantada del Balance”

RESOLUCIÓN SBS Nº 00349-2021

Lima, 3 de febrero de 2021

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 5570-2019 y sus normas modificatorias, se aprobó la Resolución que modifica el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, aprobado por la Resolución SBS Nº 6523-2013, el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones, aprobado por la Resolución SBS Nº 11356-2008, el Reglamento para la Administración del Riesgo de Sobre Endeudamiento de Deudores Minoristas, aprobado por Resolución SBS Nº 6941-2008, el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito, aprobado por Resolución SBS Nº 14354-2009, entre otros dispositivos legales;

Que, asimismo mediante la Resolución SBS Nº 5570-2019 y sus normas modificatorias, se modificó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS Nº 895-98 y sus normas modificatorias, en adelante Manual de Contabilidad, con la finalidad de recoger las modificaciones antes citadas;

Que, conforme a las coordinaciones efectuadas con el Banco Central de Reserva del Perú y resultando necesario realizar modificaciones a la Forma E Información Adelantada del Balance, que forma parte del Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de Contabilidad, se modifica la Forma E a fin de actualizar y adecuar el formato a la normatividad emitida por esta Superintendencia;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7 y 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias y en uso de la excepción establecida en el numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar en el Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, la Forma E “Información Adelantada del Balance”, conforme con el Anexo 1 que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

1925273-1