606133
NORMAS LEGALES
Viernes 9 de diciembre de 2016
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD
DE SAN ISIDRO
D.A. N� 023-2016-ALC/MSI.- Aprueban el "Procedimiento
para el sorteo de asignaci�n de ubicaciones de la actividad
comercial en la v�a p�blica para m�dulo de venta fijo del
distrito de San Isidro
606171
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CURGOS
R.A. N� 357-2016-MDC/A.- Designan funcionaria
responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio
de Trabajo y Promoci�n del Empleo y a la Direcci�n General
de Servicios Nacional del Empleo
606173
SePARAtA
eSPeCIAL
MUNICIPALIDAD
DE LOS OLIVOS
Ordenanza N� 448-CDLO.- Reglamento Interno del
Concejo Municipal de Los Olivos
606100
MUNICIPALIDAD
DE LINCE
ACUeRDO N� 425 y ORDeNANZA N� 378-2016-MDL.-
Aprueban Arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci�n de
Residuos S�lidos, Parques y Jardines P�blicos y Serenazgo
para el a�o 2017
606117
PODeR LeGISLAtIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N� 30521
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REP�BLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 30161,
LEY QUE REGULA LA PRESENTACI�N DE
DECLARACI�N JURADA DE INGRESOS, BIENES Y
RENTAS DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES
P�BLICOS DEL ESTADO, CON LA FINALIDAD DE
EXTENDER LA REFERIDA OBLIGACI�N A TODOS
LOS FUNCIONARIOS P�BLICOS, EMPLEADOS
DE CONFIANZA Y SERVIDORES P�BLICOS,
PARA INCREMENTAR LOS ALCANCES DE LA
FISCALIZACI�N QUE REALIZA LA
CONTRALOR�A GENERAL DE LA REP�BLICA
Art�culo �nico. Modificaci�n de los art�culos 2 y
9 de la Ley 30161, Ley que regula la presentaci�n de
declaraci�n jurada de ingresos, bienes y rentas de los
funcionarios y servidores p�blicos del Estado
Modif�canse los art�culos 2 y 9 de la Ley 30161, Ley
que regula la presentaci�n de declaraci�n jurada de
ingresos, bienes y rentas de los funcionarios y servidores
p�blicos del Estado, en los siguientes t�rminos:
"
Art�culo 2. Sujetos obligados
Los funcionarios p�blicos, los empleados de
confianza y los servidores p�blicos que perciban
ingresos mensuales provenientes del Estado,
independientemente de su r�gimen laboral o
contractual, est�n obligados a presentar declaraci�n
jurada".
"
Art�culo 9. Presentaci�n y publicaci�n de la
declaraci�n jurada
El acto de presentaci�n de la declaraci�n jurada
comprende su env�o y archivo a trav�s del Sistema de
Declaraciones Juradas de la Contralor�a General de la
Rep�blica, de acuerdo a las disposiciones que emita.
El director general de administraci�n, o el
director de la dependencia que haga sus veces
en la entidad, es el responsable de publicar en el
portal institucional de la entidad correspondiente
las declaraciones juradas presentadas por los
obligados, de acuerdo con la secci�n p�blica del
formato �nico que para dicho efecto se apruebe.
Asimismo, la Contralor�a General de la Rep�blica
publica en su p�gina web la secci�n p�blica del
formato de declaraci�n jurada presentada por el
obligado, seg�n corresponda.
Adem�s, las declaraciones juradas presentadas
por funcionarios p�blicos y empleados de
confianza, conforme a la clasificaci�n establecida
en el art�culo 4 de la Ley 28175, se publican en
el diario oficial El Peruano, de acuerdo con la
secci�n p�blica que contiene el formato �nico de
declaraci�n jurada.
La publicaci�n de las declaraciones juradas debe
realizarse dentro de los plazos que establezca el
reglamento".
Comun�quese al se�or Presidente de la Rep�blica
para su promulgaci�n.
En Lima, a los diecis�is d�as del mes de noviembre de
dos mil diecis�is.
ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del
Congreso de la Rep�blica
Encargada de la Presidencia del
Congreso de la Rep�blica
RICHARD ACU�A N��EZ
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la Rep�blica
AL SE�OR PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete
d�as del mes de diciembre del a�o dos mil diecis�is.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la Rep�blica
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1461979-1