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Fecha de publicación: 26/07/2016
RESOLUCION MINISTERIAL N� 157-2016-MIMP - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Martes 26 de julio de 2016
El Peruano
/
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Aprueban la "Gu�a de Atenci�n Integral de
los Centros Emergencia Mujer" y sus anexos
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 157-2016-MIMP
Lima, 22 de julio de 2016
Vistos, el Informe N� 011-2016-MIMP/PNCVFS-
UAIFVFS de la Unidad de Atenci�n Integral frente a la
Violencia Familiar y Sexual del Programa Nacional Contra
la Violencia Familiar y Sexual, la Nota N� 384-2016-MIMP/
PNCVFS-DE de la Direcci�n Ejecutiva del Programa
Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual y, la Nota
N� 180-2016-MIMP/DGCVG de la Direcci�n General
contra la Violencia de G�nero;
CONSIDERANDO:
Que, los literales b, c y d del art�culo 5 del Decreto
Legislativo N� 1098, Ley de Organizaci�n y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP),
establecen que este Ministerio tiene como parte de su
competencia la protecci�n y promoci�n de los derechos
de las mujeres, as� como la prevenci�n, protecci�n y
atenci�n de la violencia contra la mujer y la familia,
promoviendo la recuperaci�n de las personas afectadas;
Que, el Programa Nacional contra la Violencia Familiar
y Sexual (PNCVFS) constituye una Unidad Ejecutora del
MIMP que tiene como objetivo formular planes, proyectos
y programas de prevenci�n y atenci�n, adem�s de
promover acciones de protecci�n y recuperaci�n frente
a la violencia familiar y sexual; as� como la generaci�n
del conocimiento de la problem�tica y la promoci�n de las
relaciones democr�ticas entre varones y mujeres;
Que, el art�culo 37 del Manual de Operaciones del
PNCVFS, aprobado por Resoluci�n Ministerial N� 316-
2012-MIMP, establece que la Unidad de Atenci�n Integral
frente a la Violencia Familiar y Sexual es la unidad
org�nica responsable de promover, desarrollar, organizar,
dirigir y supervisar las estrategias de atenci�n a las
personas afectadas o involucradas en hechos de violencia
familiar y sexual que se ejecutan desde el Programa, en
coordinaci�n con los �rganos del mismo;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 185-2009-
MIMDES se aprob� el documento denominado Gu�a de
Atenci�n Integral de los Centros "Emergencia Mujer", que
ten�a por finalidad establecer las pautas de cumplimiento
obligatorio para una atenci�n de calidad en los citados
Centros;
Que, desde la aprobaci�n de la citada Gu�a se han
realizado cambios normativos en materia de violencia
contra la mujer que hacen necesario aprobar un documento
operativo que recoja con amplitud la normatividad vigente
en nuestra legislaci�n;
Que, en dicho contexto la Unidad de Atenci�n Integral
frente a la Violencia Familiar y Sexual, mediante Informe
N� 011-2016-MIMP/PNCVFS-UAIFVS, ha sustentado
la necesidad de contar con un instrumento t�cnico
actualizado que oriente adecuadamente a las y los
profesionales de atenci�n de los Centros "Emergencia
Mujer";
Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto por
el que se dispone la aprobaci�n de la "Gu�a de Atenci�n
Integral de los Centros Emergencia Mujer";
Con las visaciones del Viceministerio de la Mujer, de
la Direcci�n Ejecutiva del Programa Nacional contra la
Violencia Familiar y Sexual, de la Unidad de Atenci�n
Integral frente a la Violencia Familiar y Sexual, de la
Direcci�n General contra la Violencia de G�nero, de la
Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la
Oficina General de Asesor�a Jur�dica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N� 29158,
Ley Org�nica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo
N� 1098, Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento
de Organizaci�n y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo N� 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y el
Manual de Operaciones del Programa Nacional contra
la Violencia Familiar y Sexual, aprobado por Resoluci�n
Ministerial N� 316-2012-MIMP;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aprobaci�n
Apru�bese la "Gu�a de Atenci�n Integral de los Centros
Emergencia Mujer" y sus anexos, que en adjunto forman
parte integrante de la presente Resoluci�n.
Art�culo 2.- Derogaci�n
Dejar sin efecto la Resoluci�n Ministerial N�
185-2009-MIMDES, que aprob� el documento
denominado Gu�a de Atenci�n Integral de los Centros
"Emergencia Mujer".
Art�culo 3.- Publicaci�n
La presente Resoluci�n Ministerial y sus anexos
ser�n publicadas en el portal institucional del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.
pe), el mismo d�a de su publicaci�n en el Diario Oficial "El
Peruano".
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1408847-1
Dan por concluida designaci�n y designan
representante del Colegio de Abogados
de Lima ante el Consejo de Adopciones
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 158-2016-MIMP
Lima, 25 de julio de 2016
Vistos, los Oficios N�s. 0332 y 0338-2016-CAL/
DEC del Decano del Colegio de Abogados de Lima y la
Nota N� 118-2016-MIMP/DGA de la Direcci�n General
de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables;
CONSIDERANDO:
Que, el art�culo IX del T�tulo Preliminar de la Ley
N� 27337, Ley que aprueba el Nuevo C�digo de los Ni�os y
Adolescentes, establece que en toda medida que concierne
al ni�o y adolescente que adopte el Estado a trav�s de
los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio
P�blico, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus
dem�s instituciones, as� como en la acci�n de la sociedad,
se considerar� el Principio del Inter�s Superior del Ni�o y del
Adolescente y el respeto de sus derechos;
Que, el art�culo 119 del C�digo de los Ni�os y
Adolescentes dispone que la Oficina de Adopciones,
hoy Direcci�n General de Adopciones, es la instituci�n
encargada de tramitar las solicitudes de adopci�n de ni�os o
de adolescentes declarados en estado de abandono, a cuyo
efecto cuenta con un Consejo de Adopciones, precisando su
conformaci�n y disponiendo que sus funciones espec�ficas
ser�n desarrolladas mediante reglamento;
Que, los art�culos 5 y 6 del Reglamento del Consejo
de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo N� 001-
2010-MIMDES, prev�n que este Consejo es un �rgano
colegiado que se encuentra integrado, entre otros, por
un/a representante del Colegio de Abogados de Lima, cuya
designaci�n, por un per�odo de dos (2) a�os, se formaliza
por Resoluci�n Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo
Social, actualmente Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 190-
2015-MIMP de fecha 31 de agosto de 2015 se design�
al abogado Miguel �ngel Chinchay Alvarado como
representante del Colegio de Abogados de Lima ante
el Consejo de Adopciones del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables;
Que, mediante Oficio N� 0332-2016-CAL/DEC,
recibido el 4 de julio de 2016, el Decano del Colegio de