DECRETO SUPREMO N� 012-2016-MINAM - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Domingo 24 de julio de 2016 /
El Peruano
N�
SPN
DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
OBSERVACION
14
0713.10.10.00 Arvejas (guisantes, ch�charos) (Pisum sativum), para siembra
15
0713.33.11.00 Frijoles (fr�joles, porotos, alubias, jud�as) comunes (Phaseolus
vulgaris), negro, para siembra
16
0904.11.00.00 Pimienta sin triturar ni pulverizar
S�lo los destinados a la propagaci�n
17
1001.91.00.10 Los dem�s trigos, para siembra
S�lo la especie Triticum aestivum
18
1003.10.00.00 Cebada, para siembra
19
1005.10.00.00 Ma�z, para siembra
S�lo ma�z duro (zea mayz convar. vulgaris o Zea ma�z var. Indurata),
amarillo
20
1006.10.10.00 Arroz con c�scara (arroz �paddy�), para siembra
21
1007.10.00.00 Sorgo de grano (gran�fero), para siembra
22
1201.10.00.00 Habas (porotos, frijoles, fr�joles) de soja (soya), incluso
quebrantadas, para siembra
23
1205.10.10.00 Semillas de nabo (nabina) o de colza, con bajo contenido de �cido
er�cico, para siembra
S�lo las especies Brassica napus, Brassica oleracea y Brassica rapa
24
1205.90.10.00 Las dem�s semillas de nabo (nabina) o de colza, incluso
quebrantadas, para siembra
S�lo las especies Brassica napus, Brassica oleracea y Brassica rapa
25
1206.00.10.00 Semillas de girasol, incluso quebrantadas, para siembra
S�lo las especies Helianthus tuberosus y Helianthus annuus
26
1207.21.00.00 Semillas de algod�n, para siembra
27
1207.70.10.00 Semillas de mel�n, para siembra
28
1209.21.00.00 Semillas de alfalfa, para siembra
29
1209.22.00.00 Semillas de tr�bol (Trifolium spp.), para siembra
S�lo la especie Tribolium repens
30
1209.24.00.00 Semillas de pasto azul de Kentucky (Poa pratensis L.), para siembra
31
1209.25.00.00 Semillas de ballico (Lolium multiflorum Lam., Lolium perenne L.),
para siembra
32
1209.30.00.00 Semillas de plantas herb�ceas utilizadas principalmente por sus
flores, para siembra
S�lo las especies Dianthus caryophyllus, Torenia sp y Petunia
hybrida.
33
1209.91.50.00 Semillas de tomates (Licopersicum spp.), para siembra
34
1209.99.10.00 Semillas de �rboles frutales o forestales, para siembra
S�lo las especies Populus tremula, Populus alba, Populus
trichocarpa, Populus tremuloides, Eucalyptus sp,, Carica papaya y
Prunus domestica
35
1209.99.20.00 Semillas de tabaco, para siembra
36
3002.90.10.00 Cultivos de microorganismos
Destinado a la liberaci�n al ambiente
1408499-3
Aprueban el Plan de Acci�n en G�nero y
Cambio Clim�tico del Per�
DECRETO SUPREMO
N� 012-2016-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluci�n Legislativa N� 26185 se
aprob� la Convenci�n Marco de las Naciones Unidas sobre
el Cambio Clim�tico, adoptado en Nueva York, Estados
Unidos, el 9 de mayo de 1992, y suscrita por el Per� en
R�o de Janeiro, el 12 de junio de 1992, la cual tiene como
objetivo �ltimo la estabilizaci�n de las concentraciones de
gases de efecto invernadero en la atm�sfera a un nivel
que impida interferencias antropog�nicas peligrosas
en el sistema clim�tico, se�al�ndose que este nivel
deber�a lograrse en un plazo suficiente que permita que
los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio
clim�tico, asegurar que la producci�n de alimentos no se
vea amenazada y permitir que el desarrollo econ�mico
prosiga de manera sostenible;
Que, el art�culo 7 de la Convenci�n Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Clim�tico establece
que la Conferencia de las Partes, en su calidad de �rgano
supremo de la Convenci�n, examinar� regularmente
su aplicaci�n y de todo instrumento jur�dico conexo
que adopte la Conferencia de las Partes y, conforme a
su mandato, tomara las decisiones necesarias para
promover la aplicaci�n eficaz de la Convenci�n;
Que, en la Decisi�n 18/CP.20 "Programa de Trabajo
de Lima sobre el G�nero", adoptada en la Vig�sima
Conferencia de las Partes de la Convenci�n Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Clim�tico, se decide
mejorar la aplicaci�n de las decisiones 36/CP.7, 1/CP.16
y 23/CP.18 invitando a las Partes a fomentar el equilibrio
de g�nero, a promover la consideraci�n de las cuestiones
de g�nero en la elaboraci�n y aplicaci�n de las pol�ticas
relativas al clima, y a establecer una pol�tica clim�tica
sensible al g�nero en todas las actividades pertinentes en
el marco de la Convenci�n;
Que, el literal j) del art�culo 7 del Decreto Legislativo
N� 1013, Ley de Creaci�n, Organizaci�n y Funciones
del Ministerio del Ambiente, establece como funci�n
del Ministerio del Ambiente implementar los acuerdos
ambientales internacionales y presidir las respectivas
comisiones nacionales;
Que, la Estrategia Nacional ante el Cambio Clim�tico,
aprobado por Decreto Supremo N� 011-2015-MINAM,
establece como uno de los medios de implementaci�n
de su Objetivo 1 "La poblaci�n, los agentes econ�micos
y el Estado incrementan conciencia y capacidad
adaptativa para la acci�n frente a los efectos adversos
y oportunidades del cambio clim�tico", considerar el
enfoque de g�nero e interculturalidad en relaci�n a la
adaptaci�n al cambio clim�tico, en las pol�ticas nacionales
y en los planes de desarrollo regional y local;
Que, el Plan Nacional de Igualdad de G�nero 2012-
2017, aprobado por Decreto Supremo N� 004-2012-MIMP,
establece como una de las metas del Objetivo Estrat�gico
N� 8 "Valorar el aporte de las mujeres en el manejo
sostenible de los recursos naturales", la incorporaci�n del
enfoque de g�nero en la gesti�n de riesgos y prevenci�n
de desastres naturales, as� como el manejo y cuidado de
los recursos naturales;
Que, en ese contexto, a fin de cumplir con los
compromisos internacionales asumidos por el Estado
Peruano, as� como articular los planes y estrategias
vinculadas al enfoque de g�nero y cambio clim�tico, se
ha elaborado el Plan de Acci�n en G�nero y Cambio
Clim�tico del Per� (PAGCC-Per�), que en el marco de lo
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NORMAS LEGALES
Domingo 24 de julio de 2016
El Peruano
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dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso
a la Informaci�n P�blica Ambiental y Participaci�n y
Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobada
por Decreto Supremo N� 002-2009-MINAM, ha sido
puesto en conocimiento del p�blico, en virtud de la cual se
recibieron aportes y comentarios para su formulaci�n, por
lo que corresponde aprobar el citado plan;
De conformidad con lo establecido en el art�culo 118�
de la Constituci�n Pol�tica del Per�, la Ley N� 29158, Ley
Org�nica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N�
1013, que aprueba la Ley de Creaci�n, Organizaci�n y
Funciones del Ministerio del Ambiente;
DECRETA:
Art�culo 1.- Aprobaci�n del Plan de Acci�n en
G�nero y Cambio Clim�tico del Per�
Apru�bese el Plan de Acci�n en G�nero y Cambio
Clim�tico del Per� (PAGCC-Per�) que como anexo forma
parte integrante del presente Decreto Supremo.
Art�culo 2.- Publicaci�n
Disp�ngase la publicaci�n del presente Decreto
Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo,
publ�quese el presente Decreto Supremo y su Anexo en
el Portal de Transparencia Est�ndar del Ministerio del
Ambiente.
Art�culo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo ser� refrendado
por el Ministro del Ambiente y la Ministra de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitr�s
d�as del mes de julio del a�o dos mil diecis�is.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA
Ministro del Ambiente
MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan representante del Ministerio ante
el Consejo Directivo del Instituto Nacional
de Calidad - INACAL
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 003-2016-MINCETUR
Lima, 23 de julio de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N� 30224, se crea el Sistema
Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de
Calidad - INACAL, como un Organismo P�blico T�cnico
Especializado adscrito al Ministerio de la Producci�n, con
personer�a jur�dica de derecho p�blico, con competencia
a nivel nacional y autonom�a administrativa, funcional
t�cnica, econ�mica y financiera, como ente rector y
m�xima autoridad t�cnico - normativa del Sistema
Nacional para la Calidad;
Que, el numeral 13.1 del art�culo 13 de la mencionada
Ley, establece que el Consejo Directivo es el m�ximo
�rgano del INACAL y que se encuentra integrado, entre
otros, por un representante del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo; los mismos que son designados
mediante resoluci�n suprema;
Que, mediante el Decreto Supremo N�
004-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de
Organizaci�n y Funciones del INACAL; estableci�ndose
en sus art�culos 10 y 11, los requisitos y el procedimiento
de designaci�n de los representantes de las entidades
p�blicas ante el citado Consejo;
Que, se encuentra vacante el cargo de representante
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR,
ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad
- INACAL, siendo necesaria su designaci�n conforme los
requisitos consignados en el citado reglamento; y;
De conformidad con la Ley N� 29158, Ley Org�nica
del Poder Ejecutivo, la Ley N� 27594, Ley que regula la
participaci�n del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designaci�n de funcionarios p�blicos, la Ley N� 27790,
Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, la Ley N� 30224, Ley que
crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto
Nacional de Calidad - INACAL, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo N� 004-2015-PRODUCE.
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Designar al se�or David Abraham Edery
Mu�oz, Coordinador del Departamento de Exportaci�n
de Servicios de la Comisi�n de Promoci�n del Per�
para la Exportaci�n y el Turismo - PROMPER�, como
representante del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo - MINCETUR, ante el Consejo Directivo del
Instituto Nacional de Calidad - INACAL
Art�culo 2.- La presente resoluci�n suprema es
refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo-
MINCETUR.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
MAGALI SILVA VELARDE-�LVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
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Aprueban el "Plan Operativo Inform�tico
- POI 2016 del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo"
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 229-2016-MINCETUR
Lima,21 de julio de 2016
Visto, El Memor�ndum N� 283-2016-MINCETUR/SG/
OI, del Director General de la Oficina de Inform�tica del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Operativo Inform�tico es un instrumento
de gesti�n de corto plazo que permite definir las actividades
inform�ticas de las entidades de la Administraci�n P�blica
integrantes del Sistema Nacional de Inform�tica, en sus
diferentes niveles;
Que, cada a�o fiscal, las entidades de la Administraci�n
P�blica deber�n registrar en la p�gina Web del Portal
del Estado Peruano ( www.peru.gob.pe/poi), el Plan
Operativo Inform�tico (POI) correspondiente, seg�n lo
dispuesto en el art�culo 4 de la Resoluci�n Ministerial N�
019-2011-PCM, que aprueba la "Formulaci�n y Evaluaci�n
del Plan Operativo Inform�tico de las Entidades de la
Administraci�n P�blica y su Gu�a de Elaboraci�n"; y, el
art�culo 3 de la Ley N� 27785, Ley Org�nica del Sistema
Nacional de Control y de la Contralor�a General de la
Rep�blica, sujetas al Sistema Nacional de Inform�tica;
Que, el numeral 4.2 del ac�pite IV de la referida Gu�a
de Elaboraci�n dispone que la Oficina de Inform�tica de la
Entidad formular�, registrar� y evaluar� el respectivo Plan
Operativo Inform�tico, que ser� aprobado por la m�xima
autoridad de la Entidad;
Que, mediante el documento del Visto, el Director
General de la Oficina de Inform�tica ha propuesto el
Plan Operativo Inform�tico � POI 2016 del Ministerio de