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NORMAS LEGALES
Jueves 7 de julio de 2016 /
El Peruano
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
ley n� 30485
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REP�BLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
ley QUe InCORPORA A lOS SeRenOS
en el SeGURO COMPleMenTARIO
De TRABAJO De RIeSGO
Art�culo 1. Objeto de la Ley
Los afiliados regulares y potestativos del r�gimen
contributivo del Seguro Social de Salud que desarrollen
actividades para el mantenimiento del orden p�blico y de
seguridad - serenazgo tienen la cobertura adicional del
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA FINAL
�NICA. Disposici�n reglamentaria
Mediante decreto supremo se establecer�n las
modificaciones al Anexo 5 del Reglamento de la Ley 26790,
aprobado mediante el Decreto Supremo 009-97-SA, de
conformidad con la Clasificaci�n Industrial Internacional
Uniforme a efectos de incluir todas las actividades de riesgo y
se dictar�n las disposiciones reglamentarias correspondientes.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA
�NICA. Modificaci�n de la Ley 26790
Modif�case el primer p�rrafo del art�culo 19 de la Ley
26790, Ley de Modernizaci�n de la Seguridad Social en
Salud, conforme al siguiente texto:
"Art�culo 19.- SEGURO COMPLEMENTARIO DE
TRABAJO DE RIESGO
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
otorga cobertura adicional a los afiliados regulares del
Seguro Social de Salud que desempe�an las actividades
de alto riesgo determinadas mediante Decreto Supremo o
norma con rango de ley. Es obligatorio y por cuenta de la
entidad empleadora. Cubre los riesgos siguientes:
a) Otorgamiento de prestaciones de salud en
caso de accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales, pudiendo contratarse libremente
con el IPSS o con la EPS elegida conforme al
Art�culo 15 de esta Ley.
b) Otorgamiento de pensiones de invalidez temporal
o permanente y de sobrevivientes y gastos de
sepelio, como consecuencia de accidentes de
trabajo o enfermedades profesionales, pudiendo
contratarse libremente con la ONP o con
empresas de seguros debidamente acreditadas".
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
�NICA. Norma derogatoria
Der�ganse o modificanse, seg�n el caso, las disposiciones
legales y reglamentarias que se opongan a la presente Ley.
Comun�quese al se�or Presidente de la Rep�blica
para su promulgaci�n.
En Lima, a los diecis�is d�as del mes de junio de dos
mil diecis�is.
LUIS IBERICO N��EZ
Presidente del Congreso de la Rep�blica
NATALIE CONDORI JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la Rep�blica
AL SE�OR PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis d�as
del mes de julio del a�o dos mil diecis�is.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
1401343-1
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Director de la Estaci�n
Experimental Agraria (EEA) Chincha del
INIA
INSTITUTO NACIONAL DE
INNOVACI�N AGRARIA
RESOLUCI�N JEFATURAL
N� 0120-2016-INIA
Lima, 30 de junio de 2016
VISTOS:
La Resoluci�n Jefatural N� 118-2016-INIA de fecha 30
de junio de 2016;
CONSIDERANDOS:
Que, por Resoluci�n Jefatural N� 118-2016-INIA de
fecha 30 de junio de 2016, se modific� la categor�a de Sub
Estaci�n Experimental Agraria (SEEA) Chincha contenida
en la Resoluci�n Jefatural N� 169-2015-INIA elev�ndola a
Estaci�n Experimental Agraria (EEA) Chincha;
Que, la Jefatura del INIA, estima conveniente designar
al profesional que desempe�ar� el cargo de confianza de
Director, bajo los alcances del Decreto Legislativo N� 1057
y su Reglamento;
De conformidad con la Ley N� 27594, Ley que regula
la participaci�n del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designaci�n de funcionarios p�blicos; y estando a las
funciones consideradas en el art�culo 8� del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones - ROF del INIA, aprobado por
Decreto Supremo N� 010-2014-MINAGRI; y, con las visaciones
del Director General de la Oficina de Administraci�n, Director
General de la Oficina de Asesor�a Jur�dica y de la Secretaria
General del Instituto Nacional de Innovaci�n Agraria;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- DESIGNAR al Ing. Ramiro Dionicio Farf�n
Loaiza, a partir del 01 de julio de 2016, como Director de la
Estaci�n Experimental Agraria (EEA) Chincha del Instituto
Nacional de Innovaci�n Agraria � INIA, cargo considerado
de confianza y bajo los alcances del Decreto Legislativo
N� 1057 y su Reglamento.
Art�culo 2�.- DISPONER la publicaci�n de la presente
Resoluci�n Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en
el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovaci�n
Agraria (www.inia.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ALBERTO DANTE MAUFER FOSSA
Jefe
1400914-1