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Fecha de publicación: 21/06/2016
RESOLUCION MINISTERIAL N� 0281-2016-MINAGRI - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Martes 21 de junio de 2016 /
El Peruano
Acci�n Clim�tica, prevista para la COP22/CMP12 en
la ciudad de Marrakech, construida en base al trabajo
hecho a partir de la Agenda de Acci�n Lima Par�s (LPAA).
El foro tambi�n brindar� la oportunidad para reforzar
la coordinaci�n de la acci�n clim�tica entre alianzas y
coaliciones y fomentar el surgimiento de nuevas iniciativas
voluntarias, as� como permitir a las coaliciones, discutir
dentro de sus sectores, el proceso de implementaci�n,
planes, cooperaci�n y sinergias para Marrakech. El Foro
deber� encaminar los esfuerzos de la Agenda de Acci�n
para el a�o 2016, proveer un espacio de intercambio para
los actores clave y determinar los detalles operativos con
miras a presentar avances significativos en la COP22/
CMP12;
Que, la participaci�n en dicho espacio es vital para
lograr, en primer lugar, tener claridad sobre las prioridades
de los diferentes actores relacionados a la agenda de
acci�n, y, segundo, asegurar una transferencia adecuada
de los conocimientos adquiridos y las buenas pr�cticas,
dado que nuestro pa�s, es considerado como uno de los
actores claves en este foro, como consecuencia del rol
protag�nico ejercido durante el a�o 2015, para dar forma
a la agenda de acci�n y el liderazgo que demostr� en los
temas espec�ficos de bosques y resiliencia, entre otros
destacados;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del art�culo 10
de la Ley N.� 30372, Ley de Presupuesto del Sector
P�blico para el A�o Fiscal 2016, proh�be los viajes
al exterior de servidores o funcionarios p�blicos y
representantes del Estado con cargo a recursos
p�blicos, exceptu�ndose los viajes que se efect�en en
el marco de la negociaci�n de acuerdos comerciales
o tratados comerciales y ambientales, negociaciones
econ�micas y financieras y las acciones de promoci�n
de importancia para el Per�;
Que, en atenci�n a lo expuesto en los considerandos
precedentes, resulta de inter�s institucional y del pa�s la
participaci�n del se�or Manuel Gerardo Pedro Pulgar-
Vidal Ot�lora, Ministro de Estado en el Despacho del
Ambiente, en los eventos antes mencionados, cuyos
gastos por concepto de pasajes y vi�ticos ser�n cubiertos
con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del
Ambiente;
Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario
encargar la Cartera del Ministerio del Ambiente;
De conformidad con lo dispuesto en el art�culo 127 de
la Constituci�n Pol�tica del Per�; la Ley N.� 30372, Ley
de Presupuesto del Sector P�blico para el A�o Fiscal
2016; la Ley N.� 27619, Ley que regula la autorizaci�n de
viajes al exterior de los servidores y funcionarios p�blicos;
el Decreto Legislativo N.� 1013, Ley de Creaci�n,
Organizaci�n y Funciones del Ministerio del Ambiente;
su Reglamento de Organizaci�n y Funciones, aprobado
por Decreto Supremo N.� 007-2008-MINAM; y, el Decreto
Supremo N.� 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N.�
27619 y, sus normas modificatorias.
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misi�n
oficial, del se�or MANUEL GERARDO PEDRO PULGAR-
VIDAL OT�LORA, Ministro de Estado en el Despacho del
Ambiente, a la ciudad de Rabat � Reino de Marruecos, del
21 al 25 de junio de 2016, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente Resoluci�n Suprema.
Art�culo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resoluci�n Suprema ser�n cubiertos por
el Pliego Presupuestal 005: Ministerio del Ambiente, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (incluido el TUUA)
US $ 6,000.00
Vi�ticos (US $ 440 x 04 d�as) US $ 1,760.00
Art�culo 3.- Encargar la Cartera del Ministerio del
Ambiente al se�or FRANCISCO ADOLFO DUMLER
CUYA, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda,
Construcci�n y Saneamiento, a partir del 21 de junio de
2016, y en tanto dure la ausencia del Titular.
Art�culo 4.- La presente Resoluci�n Suprema no
otorga derecho a exoneraci�n ni liberaci�n de impuestos
o derechos aduaneros de ninguna clase o denominaci�n.
Art�culo 5.- La presente Resoluci�n Suprema ser�
refrendada por el Ministro del Ambiente y el Presidente
del Consejo de Ministros.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA
Ministro del Ambiente
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AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen la prepublicaci�n en el Portal
Institucional del Ministerio de la propuesta
del "Plan Nacional de Desarrollo Sostenible
de la Palma Aceitera en el Per� 2016-2025",
del proyecto de Decreto Supremo que lo
aprueba y de su Exposici�n de Motivos
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 0281-2016-MINAGRI
Lima, 16 de junio de 2016
VISTO:
El Acta de Sesi�n Ordinaria de la Comisi�n Sectorial
creada para la elaboraci�n del Plan Nacional de Desarrollo
Sostenible de la Palma Aceitera en el Per�, de fecha 27
de abril de 2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Agricultura y Riego � MINAGRI,
es el organismo del Poder Ejecutivo que dise�a, establece,
ejecuta y supervisa las pol�ticas nacionales y sectoriales
en materia agraria, que tiene como misi�n conducir el
desarrollo agrario, promoviendo el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, con la finalidad de
contribuir con el desarrollo rural y el mejoramiento de la
calidad de vida de la poblaci�n;
Que, la Pol�tica Nacional Agraria, aprobada mediante
el Decreto Supremo N� 002-2016-MINAGRI, tiene como
objetivos: Incrementar la competitividad agraria y la
inserci�n a los mercados, con �nfasis en el peque�o
productor agrario; y, gestionar los recursos naturales y la
diversidad biol�gica de competencia del sector agrario en
forma sostenible;
Que, mediante el Decreto Supremo N� 015-2000-
AG, se declar� de inter�s nacional la instalaci�n de
plantaciones de palma aceitera, para promover el
desarrollo sostenible y socioecon�mico de la regi�n
amaz�nica y contribuir a la recuperaci�n de suelos
deforestados por la agricultura migratoria y por el
desarrollo de actividades il�citas, en �reas con capacidad
de uso mayor para el establecimiento de plantaciones de
esta especie;
Que, mediante la Resoluci�n Ministerial N� 0565-
2015-MINAGRI, se crea la Comisi�n Sectorial de
car�cter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura
y Riego, con el objeto de elaborar el Plan Nacional de
Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Per�,
presidida por el Viceministro de Pol�ticas Agrarias de
este Ministerio, con el fin de continuar con el desarrollo
sostenible del cultivo de palma en un nuevo contexto
en los aspectos econ�mico, social y ambiental del
pa�s;
Que, la elaboraci�n del acotado Plan Nacional se
realiz� bajo un proceso participativo que incluy� a diversas
instituciones p�blicas y privadas vinculadas al cultivo,
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NORMAS LEGALES
Martes 21 de junio de 2016
El Peruano
/
constituy�ndose Grupos de Trabajo especializados en
tem�ticas sobre Asuntos Ambientales y Territorialidad,
Asuntos Productivos y Mercado y, Asuntos Normativos
y Pol�tica; asimismo, se llevaron a cabo talleres
participativos para la elaboraci�n y validaci�n de la
problem�tica y acciones del Plan, en la ciudad de Lima, y
en los departamentos de San Mart�n y Ucayali, as� como
la realizaci�n de visitas t�cnicas a las zonas productoras
de los departamentos de San Mart�n, Loreto y Ucayali,
lo cual junto con los Grupos de Trabajo y reuniones con
las principales entidades involucradas en la actividad, son
insumos para la elaboraci�n de la referida propuesta de
Plan;
Que, la propuesta del "Plan Nacional de Desarrollo
Sostenible de la Palma Aceitera en el Per� 2016-
2025", tiene como objetivo mejorar la competitividad
de la cadena productiva de la palma aceitera,
de manera econ�mica, social y ambientalmente
sostenible, para lo cual propone l�neas de acci�n
orientadas al incremento de la producci�n y la mejora
de la productividad, as� como la mejora de la calidad
de la producci�n, incorporando pr�cticas amigables
con el medio ambiente; la inserci�n exitosa en los
mercados convencionales y no convencionales, a
nivel nacional e internacional, y la articulaci�n de los
peque�os productores a la cadena; as� como generar
las condiciones econ�micas, pol�ticas, ambientales
y sociales favorables para el desarrollo competitivo y
sostenible del cultivo de palma aceitera;
Con la opini�n favorable de la Oficina General de
Asesor�a Jur�dica del Ministerio de Agricultura y Riego; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N� 997,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaci�n
y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por
la Ley N� 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y,
su Reglamento de Organizaci�n y Funciones, aprobado
por Decreto Supremo N� 008-2014-MINAGRI, y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Prepublicaci�n
Disponer la prepublicaci�n de la propuesta del "Plan
Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera
en el Per� 2016-2025", del proyecto de Decreto
Supremo que lo aprueba, y de la Exposici�n de Motivos
respectiva, que forman parte integrante de la presente
Resoluci�n.
Dicha prepublicaci�n se realiza en el Portal
Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.
minagri.gob.pe), a fin de recepcionar las opiniones y/o
sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte
(20) d�as h�biles, contados a partir del d�a h�bil siguiente
de la prepublicaci�n de la presente Resoluci�n Ministerial
en el Diario Oficial El Peruano.
Art�culo 2.- Remisi�n de opiniones y sugerencias
Las opiniones y/o sugerencias sobre la propuesta del
Plan, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba
y la Exposici�n de Motivos respectiva, prepublicados
de conformidad con lo establecido en el art�culo 1 de la
presente Resoluci�n, deber�n remitirse por escrito, de
acuerdo al formato contenido en el Anexo que forma
parte de la presente Resoluci�n Ministerial, a la Direcci�n
General de Pol�ticas Agrarias del Ministerio de Agricultura
y Riego, ubicada en el Jir�n Yauyos N� 258, distrito de
Lima, provincia y departamento de Lima, o mediante
correo electr�nico a la direcci�n electr�nica: dipna@
minagri.gob.pe.
Art�culo 3.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y
conjuntamente con los documentos mencionados en
el art�culo 1, precedente, en el Portal Institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
ANEXO
Formato para el ingreso de opiniones y sugerencias
al Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma
Aceitera en el Per� 2016 - 2025
N�mero de identificaci�n
(asignado por el MINAGRI)
No llenar
Nombres y apellidos
completos
Documento Nacional de
Identidad y N�
Instituci�n a la que
representa
Fecha
Correo electr�nico
Opiniones/Sugerencias N� 1
Secci�n del documento al que se refiere la opini�n
y/o sugerencia (N� de p�gina, p�rrafo)
Opini�n/Sugerencia
Opiniones /Sugerencias
N� 2
Secci�n del documento al que se refiere la opini�n
y/o sugerencia (N� de p�gina, p�rrafo)
Opini�n/Sugerencia
Opiniones /Sugerencias
N� 3
Secci�n del documento al que se refiere la opini�n
y/o sugerencia (N� de p�gina, p�rrafo)
Opini�n/Sugerencia
Opiniones /Sugerencias
N� 4
Secci�n del documento al que se refiere la opini�n
y/o sugerencia (N� de p�gina, p�rrafo)
Opini�n/Sugerencia
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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes del
MINCETUR a Colombia, en comisi�n de
servicios
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 192-2016-MINCETUR
Lima, 17 de junio de 2016
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Reglamento de
Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, aprobado mediante
Decreto Supremo N� 005-2002-MINCETUR y sus
modificatorias, la Direcci�n General de Facilitaci�n del
Comercio Exterior es el �rgano de l�nea del Viceministerio
de Comercio Exterior encargado de proponer, evaluar y
supervisar las pol�ticas, planes, programas, mecanismos
y marco normativo de facilitaci�n de comercio exterior,
destinados a incrementar la competitividad del comercio
exterior, a nivel nacional e internacional;
Que, en tal sentido, el MINCETUR tiene la
responsabilidad de desarrollar, implementar y ejecutar los
asuntos relativos al desarrollo de la pol�tica nacional de
log�stica internacional y de comercio exterior vinculados
a la integraci�n f�sica y fronteriza, m�s a�n, teniendo en
cuenta que el Per�, como miembro de la Organizaci�n
Mundial del Comercio (OMC), debe implementar el
Acuerdo sobre Facilitaci�n de Comercio (AFC), con
medidas que incluyen la colaboraci�n con aquellos otros
con los que tenga frontera com�n a fin de coordinar sus
procedimientos en los puestos fronterizos, para facilitar el
comercio transfronterizo;
Que, por otro lado, es un pilar del Plan Estrat�gico
Nacional Exportador (PENX al 2025), la Facilitaci�n del
Comercio Exterior y eficiencia de la cadena log�stica
internacional, con un componente referido a la gesti�n
aduanera y fronteriza, la que a su vez tiene como l�nea
de acci�n el fortalecimiento de las autoridades de control