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Fecha de publicación: 23/04/2016
RESOLUCION MINISTERIAL N� 397-2016-DE/SG - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
S�bado 23 de abril de 2016 /
El Peruano
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Naci�n
a la M�sica y danza Los Chacareros, Lawa K'umus o
Chacareros-Lawa K'umus que se practica en el distrito
de �cora y algunos pueblos del distrito de Plater�a, en
la provincia y regi�n Puno, por tratarse de un complejo
cultural que designa a la forma danzaria, al instrumento
musical acompa�ante y a su estilo de interpretaci�n,
constituy�ndose como una manifestaci�n de los profundos
v�nculos que entrelazan las expresiones art�sticas con
pr�cticas rituales de manejo y control de tierras, y un
sentido de veneraci�n y respeto por la naturaleza que
viene de una cosmovisi�n propia de la cultura aymara
heredada del antiguo pueblo Lupaqa.
Art�culo 2.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n en el Diario Oficial El Peruano y la difusi�n
del Informe N� 000095-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC
y la presente Resoluci�n en el Portal Institucional del
Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Art�culo 3.- Notificar la presente Resoluci�n y el
Informe N� 000095-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC a
la Direcci�n Desconcentrada de Cultura de Puno, la
Municipalidad Distrital de �cora, Municipalidad Distrital
de Plater�a, la Federaci�n Regional de Folklore y Cultura
de Puno y la Federaci�n Distrital de Folklore y Cultura de
�cora, para los fines consiguientes.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
1371172-1
DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la
Rep�blica de personal militar de EE.UU.,
Surinam, Colombia y Nigeria
resoluci�n ministeriAl
n� 397-2016-De/sG
Lima, 21 de abril de 2016
CONSIDERANDO:
Que, con Facs�mil (DSD) Nro. 198, del 04 de marzo de
2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaci�n
para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos
de Am�rica, sin armas de guerra;
Que, con Oficio N� 1554 CCFFAA/CIOEC/SG, del 28
de marzo de 2016, el Secretario General del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opini�n favorable
para el ingreso al pa�s del personal militar de los Estados
Unidos de Am�rica, sin armas de guerra;
Que, el referido personal militar ingresar� a territorio
de la Rep�blica, del 23 de abril de 2016 al 07 de mayo
de 2016, con la finalidad de sostener reuniones con
miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones
Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Per�;
Que, el art�culo 5 de la Ley N� 27856, Ley de Requisitos
para la Autorizaci�n y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la Rep�blica
1
,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la confianza, actividades de
asistencia c�vica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, de instrucci�n o entrenamiento con personal
de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinaci�n o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resoluci�n Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la Rep�blica por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedici�n
de la resoluci�n, bajo responsabilidad. La Resoluci�n
Ministerial de autorizaci�n debe especificar los motivos,
la cantidad de personal militar, la relaci�n de equipos
transe�ntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitar�
opini�n previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Secretar�a General
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de
conformidad con la Ley N� 27856, modificada por la Ley
N� 28899 y la Ley N� 30209;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la
Rep�blica, sin armas de guerra, a tres (03) militares
de los Estados Unidos de Am�rica, del 23 de abril de
2016 al 07 de mayo de 2016, con la finalidad de sostener
reuniones con miembros del Comando de Inteligencia
y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas
Armadas del Per�.
Art�culo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resoluci�n, a fin que d�
cuenta al Congreso de la Rep�blica en el plazo a que se
contrae el art�culo 5 de la Ley N� 27856, modificada por
Ley N� 28899 y Ley N� 30209.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JAKKE VALAKIVI ALVAREz
Ministro de Defensa
1
Modificadoporelart�culo�nicodelaLeyN�28899yporelart�culo�nico
delaLeyN�30209
1371330-1
resoluci�n ministeriAl
n� 398-2016-De/sG
Lima, 21 de abril de 2016
CONSIDERANDO:
Que, con Facs�mil (DSD) Nro. 251, del 31 de marzo de
2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaci�n
para el ingreso de personal militar de Surinam, sin armas
de guerra;
Que, con Oficio N� 1730 CCFFAA/CIOEC/SG, del
06 de abril de 2016, el Secretario General del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opini�n favorable
para el ingreso al pa�s del personal militar de la Rep�blica
de Surinam;
Que, el referido personal militar ingresar� a territorio
de la Rep�blica, del 25 de abril de 2016 al 16 de mayo de
2016, con la finalidad de participar en la "Competencia de
Fuerza Comando 2016" (FC-16);
Que, el art�culo 5 de la Ley N� 27856, Ley de Requisitos
para la Autorizaci�n y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la Rep�blica
1
,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la confianza, actividades de
asistencia c�vica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, de instrucci�n o entrenamiento con personal
de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas
de coordinaci�n o protocolares con autoridades militares
y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro
de Defensa mediante Resoluci�n Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la Rep�blica por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedici�n
de la resoluci�n, bajo responsabilidad. La Resoluci�n
Ministerial de autorizaci�n debe especificar los motivos,
la cantidad de personal militar, la relaci�n de equipos
transe�ntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitar�
opini�n previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,