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Fecha de publicación: 08/02/2016
RESOLUCION MINISTERIAL N� 069-2016/MINSA - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Lunes 8 de febrero de 2016 /
El Peruano
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JESUS ELOY BARRIENTOS RUIZ
Director General de Supervisi�n y Fiscalizaci�n
1342482-1
Designan Jefe de la Oficina General de
Administraci�n del FONDEPES
RESOLUCI�N JEFATURAL
N� 065-2016-FONDEPES/J
Lima, 4 de febrero de 2016
VISTO: la carta de renuncia de fecha 15 de enero de
2016, presentada por la se�orita Mar�a Teresa Marengo
Murga, Jefa de la Oficina General de Administraci�n, as�
como el Memor�ndum Interno N� 094-2016-FONDEPES/SG,
de fecha 18 de enero de 2016, de la Secretar�a General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -
FONDEPES es un Organismo P�blico Ejecutor adscrito
al Ministerio de la Producci�n, con personer�a jur�dica de
derecho p�blico. Goza de autonom�a t�cnica, econ�mica y
administrativa cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar
t�cnica, econ�mica y financieramente el desarrollo de las
actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura;
Que, mediante Resoluci�n Jefatural N�
207-2015-FONDEPES/J de fecha 22 de julio de 2015, se
design� a la se�orita Mar�a Teresa Marengo Murga, como
Jefa de la Oficina General de Administraci�n del Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero;
Que, la citada servidora ha renunciado al cargo para
el que fue designada, por lo que resulta necesario aceptar
dicha renuncia y designar a la persona que desempe�ar�
el referido cargo;
En ejercicio de las facultades conferidas en el literal
l) del art�culo 8 del Reglamento de Organizaci�n y
Funciones del FONDEPES, aprobado por la Resoluci�n
Ministerial N� 346-2012-PRODUCE; y,
Con los visados de la Secretar�a General y la Oficina
General de Asesor�a Jur�dica, en lo que corresponde a
sus competencias;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Aceptar la renuncia de la se�orita
MAR�A TERESA MARENGO MURGA
como Jefa de la
Oficina General de Administraci�n del Fondo Nacional
de Desarrollo Pesquero, d�ndosele las gracias por los
servicios prestados.
Art�culo 2�.- Designar al se�or JORGE DAVID
BOHORQUES LI en el cargo de Jefe de la Oficina General de
Administraci�n del
Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
SERGIO GONZALEZ GUERRERO
Jefe
1342349-1
SALUD
Aprueban Directiva Sanitaria para la
Prevenci�n y Control de la Anemia por
deficiencia de hierro en gestantes y
pu�rperas
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 069-2016/MINSA
Lima, 4 de febrero del 2016
Visto, el Expediente N� 15-117707-002 que contiene
el Memor�ndum N� 5609-2015-DGSP/MINSA, el Informe
N� 066-2015-DGSP-DAIS-ESN-ANS/MINSA, y el
Memor�ndum N� 052-2016-DGSP/MINSA de la Direcci�n
General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud,
as� como el Informe N� 0012-2016-OGAJ/MINSA, de la
Oficina General de Asesor�a Jur�dica del Ministerio de
Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del T�tulo Preliminar de la
Ley N� 26842, Ley General de Salud, se�alan que la
salud es condici�n indispensable del desarrollo humano y
medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y
colectivo, por lo que la protecci�n de la salud es de inter�s
p�blico, siendo responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promoverla;
Que, el art�culo 123 de la precitada Ley, modificada
por la �nica Disposici�n Complementaria Modificatoria
del Decreto Legislativo N� 1161, Ley de Organizaci�n
y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el
Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel
nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a
su cargo la formulaci�n, direcci�n y gesti�n de la pol�tica
de salud y act�a como la m�xima autoridad normativa en
materia de salud;
Que, el art�culo 4 del Decreto Legislativo N� 1161,
Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud,
dispone que el Sector Salud est� conformado por el
Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades
adscritas a �l y aquellas instituciones p�blicas y privadas
de nivel nacional, regional y local, y personas naturales
que realizan actividades vinculadas a las competencias
establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o
indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales a) y b) del art�culo 5 de la precitada
Ley, se�alan que son funciones rectoras del Ministerio
de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la pol�tica nacional y sectorial de
Promoci�n de la Salud, Prevenci�n de Enfermedades,
Recuperaci�n y Rehabilitaci�n en Salud, bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
as� como dictar normas y lineamientos t�cnicos para
la adecuada ejecuci�n y supervisi�n de las pol�ticas
nacionales y sectoriales;
Que, los literales a) y c) del art�culo 41 del
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del
Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo
N� 023-2005-SA, establecen que la Direcci�n General
de Salud de las Personas es el �rgano t�cnico
normativo en los procesos relacionados a la atenci�n
integral, servicios de salud, calidad, gesti�n sanitaria
y actividades de salud mental, estando a cargo de
las funciones generales de proponer las pol�ticas de
salud, prioridades sanitarias y estrategias de atenci�n
de salud de las personas y el modelo de atenci�n
integral de salud, con alcance sectorial e institucional,
y de dise�ar, normar, evaluar y mejorar continuamente
el proceso de protecci�n, recuperaci�n y rehabilitaci�n
de la salud en el sector;
Que, mediante los documentos del visto, en el marco
de sus competencias la Direcci�n General de Salud de
las Personas ha elaborado la "Directiva Sanitaria para
la Prevenci�n y Control de la Anemia por deficiencia
de hierro en gestantes y pu�rperas", con la finalidad
de contribuir en la mejora del estado de salud de las
gestantes y pu�rperas reduciendo la prevalencia de
anemia por deficiencia de hierro y prevenir la anemia en
el reci�n nacido;
Estando a lo propuesto por la Direcci�n General de
Salud de las Personas;
Que, mediante el Informe N� 0012-2016-OGAJ/
MINSA, la Oficina General de Asesor�a Jur�dica ha emitido
opini�n favorable;
Con el visado de la Directora General de la Direcci�n
General de Salud de las Personas, de la Directora
General de la Oficina General de Asesor�a Jur�dica,
del Viceministro de Salud P�blica y del Viceministro de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
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NORMAS LEGALES
Lunes 8 de febrero de 2016
El Peruano
/
De conformidad con el Decreto Legislativo N� 1161,
Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Aprobar la Directiva Sanitaria N�
069-MINSA/DGSP-V.01: "Directiva Sanitaria para la
Prevenci�n y Control de la Anemia por deficiencia de
hierro en gestantes y pu�rperas", que en documento
adjunto forma parte integrante de la presente Resoluci�n
Ministerial.
Art�culo 2�.- Encargar a la Direcci�n General de
Salud de las Personas, la difusi�n, monitoreo, supervisi�n
y evaluaci�n del cumplimiento de la presente Directiva
Sanitaria.
Art�culo 3�.- El Instituto de Gesti�n de Servicios
de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las
Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus
veces a nivel regional son responsables de la difusi�n,
implementaci�n, monitoreo, supervisi�n y evaluaci�n de
la presente Directiva Sanitaria, dentro del �mbito de sus
respectivas jurisdicciones.
Art�culo 4�.- Encargar a la Oficina General de
Comunicaciones la publicaci�n de la presente Resoluci�n
Ministerial en la direcci�n electr�nica http://www.minsa.
gob.pe/transparencia/index.asp?op=115, del Portal
Institucional del Ministerio de Salud.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
AN�BAL VEL�SQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1342734-1
Acreditan al Hospital Nacional Guillermo
Almenara Irigoyen como Establecimiento
de Salud Donador - Trasplantador para la
realizaci�n de trasplantes de h�gado, ri��n
y c�rneas por un periodo de 3 a�os
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 071-2016/MINSA
Lima, 4 de febrero del 2016
Visto,
el Expediente N� 14-132235-001, que contiene
el Informe N� 014-2015-ONDT/MINSA, de la Organizaci�n
Nacional de Donaci�n y Trasplantes, el Informe N�
098-2015-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe N� 1594-2015-
OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesor�a Jur�dica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N� 28189, Ley General de Donaci�n
y Trasplante de �rganos y/o Tejidos Humanos regula
las actividades y procedimientos relacionados con la
obtenci�n y utilizaci�n de �rganos y/o tejidos humanos,
para fines de donaci�n y trasplante, y su seguimiento;
Que, el art�culo 40 del Reglamento de la Ley N�
28189, aprobado por Decreto Supremo N� 014-2005-SA,
establece que la extracci�n y/o trasplante de �rganos
o tejidos de donantes vivos o cadav�ricos, s�lo se
realizar�n en establecimientos de salud que dispongan
de una organizaci�n y r�gimen de funcionamiento interior
que permita asegurar la ejecuci�n de tales operaciones
en forma eficiente y satisfactoria;
Que, la Segunda Disposici�n Complementaria
Modificatoria del Decreto Legislativo N� 1158, que
dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio
de denominaci�n de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, modifica los art�culos 54� y
57� del Reglamento de la Ley 28189, Ley General de
Donaci�n y Trasplante de �rganos y/o Tejidos Humanos,
citado precedentemente en la que se precisa que la
Organizaci�n Nacional de Donaci�n y Trasplantes �ONDT,
es la responsable de las acciones de rector�a, promoci�n
y coordinaci�n de los aspectos relacionados a la donaci�n
y trasplante de �rganos y tejidos en el territorio nacional.
Asimismo, se�ala como uno de los objetivos de la ONDT,
el estandarizar el proceso de donaci�n y trasplante
mediante la acreditaci�n de establecimientos de salud
p�blicos y privados, dedicados a la actividad de donaci�n
y trasplante;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 999-2007/
MINSA, se aprob� la NTS N� 061-MINSA/DGSP.V.01
"Norma T�cnica de Salud para la Acreditaci�n de
Establecimientos de Salud Donadores � Trasplantadores",
la cual fue modificada por las Resoluciones Ministeriales
N� 289-2012/MINSA y 581-2015/MINSA, tiene como
objetivo establecer las normas para la acreditaci�n de los
Establecimientos de Salud Donadores � Trasplantadores,
con la finalidad de optimizar el proceso de donaci�n �
trasplante de �rganos y tejidos, as� como garantizar la
calidad de los trasplantes;
Que, el primer p�rrafo del numeral 6.5 de la
mencionada Norma T�cnica de Salud se�ala que las
solicitudes de acreditaci�n de los establecimientos de
salud y de los laboratorios de histocompatibilidad se
formular�n ante la ONDT;
Que, asimismo, el s�timo p�rrafo del precitado
numeral contempla que las acreditaciones se
conceder�n por un per�odo de tres a�os, renovables por
per�odos de igual duraci�n, previa solicitud del centro
y caducar�n, sin necesidad de previa declaraci�n al
efecto, transcurrido dicho per�odo de tres a�os desde
la fecha de su concesi�n, en ausencia de solicitud de
renovaci�n;
Que, mediante Carta N� 4369-G-RAA-ESSALUD-2014,
la Gerente de la Red Asistencial Almenara � EsSalud -
Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen, solicit�
a la Organizaci�n Nacional de Donaci�n y Trasplante
� ONDT, acreditaci�n como Establecimiento de Salud
Donador � Trasplantador para la realizaci�n de trasplantes
de �rganos h�gado, ri��n y c�rneas, por un periodo de
tres (3) a�os;
Que, a trav�s del Informe del visto, la Directora
Ejecutiva de la ONDT precisa que la referida solicitud ha
sido aprobada por su Consejo Directivo y en cumplimiento
a lo dispuesto por la Resoluci�n Ministerial N� 999-2007/
MINSA y sus modificatorias, corresponde acreditar a la
citada instituci�n como Establecimiento de Salud Donador
� Trasplantador para la realizaci�n de trasplantes de
h�gado, ri��n y c�rneas;
Que, la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto mediante el Informe N� 098-2015-OGPP-
OO/MINSA ha se�alado que es funci�n de la
Organizaci�n Nacional de Donaci�n y Trasplante,
el estandarizar el proceso de donaci�n y trasplante
mediante la acreditaci�n de establecimientos de salud
p�blicos y privados, dedicados a la actividad de donaci�n
y trasplante y que dicha acreditaci�n no es m�s que un
reconocimiento que otorga la Organizaci�n Nacional
de Donaci�n y Trasplante a los establecimientos de
salud debidamente categorizados, que tengan inter�s
de desarrollar actividad trasplantadora y que cumplan
con las condiciones y requerimientos espec�ficos para
realizar trasplante de �rganos o tejidos;
Que, la Oficina General de Asesor�a Jur�dica emite
opini�n legal con el Informe N� 1594-2015-OGAJ/MINSA;
Estando a lo informado por la Organizaci�n Nacional
de Donaci�n y Trasplantes;
Con las visaciones de la Directora Ejecutiva de la
Organizaci�n Nacional de Donaci�n y Trasplantes,
de la Directora General de la Oficina General de
Asesor�a Jur�dica y del Viceministro de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo N� 1161, Ley de Organizaci�n y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Acreditar al Hospital Nacional Guillermo
Almenara Irigoyen - Red Asistencial Almenara - EsSalud,
como Establecimiento de Salud Donador � Trasplantador