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NORMAS LEGALES
Viernes 27 de noviembre de 2015 /
El Peruano
VISTOS: El Informe N� 037-2015-PRODUCE/
DVMYPE-I/DIGGAM de la Direcci�n General de Asuntos
Ambientales, el Informe N� 055-2015-PRODUCE/DVMYPE
I/DGPR/DIPODODEPROF/cpasachec de la Direcci�n de
Pol�ticas de Desarrollo Productivo y Formalizaci�n de la
Direcci�n General de Pol�ticas y Regulaci�n, el Informe
N� 00081-2015-PRODUCE/OGAJ�rburneo de la O f cina
General de Asesor�a Jur�dica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 5 y 17 del art�culo 2 de la
Constituci�n Pol�tica del Per� reconocen a toda persona
los derechos de acceso a la informaci�n p�blica y a
participar en forma individual o asociada en la vida pol�tica,
econ�mica, social y cultural de la naci�n, respectivamente;
Que, el art�culo III del T�tulo Preliminar de la Ley N�
28611, Ley General del Ambiente, establece que toda
persona tiene el derecho a participar responsablemente
en los procesos de toma de decisiones, as� como en la
def nici�n y aplicaci�n de las pol�ticas y medidas relativas
al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada
uno de los niveles de gobierno;
Que, de acuerdo a lo establecido en el art�culo 46
de la Ley citada en el considerando precedente, toda
persona natural o jur�dica, en forma individual o colectiva,
puede presentar opiniones, posiciones, puntos de vista,
observaciones u aportes, en los procesos de toma de
decisiones de la gesti�n ambiental y en las pol�ticas
y acciones que incidan sobre ella, as� como en su
posterior ejecuci�n, seguimiento y control. El derecho a la
participaci�n ciudadana se ejerce en forma responsable;
Que, el numeral 48.1 del art�culo 48 de la Ley N�
28611 establece que las autoridades p�blicas establecen
mecanismos formales para facilitar la efectiva participaci�n
ciudadana en la gesti�n ambiental y promueven su
desarrollo y uso por las personas naturales o jur�dicas
relacionadas, interesadas o involucradas con un proceso
particular de toma de decisiones en materia ambiental o
en su ejecuci�n, seguimiento y control;
Que, el art�culo 13 de la Ley N� 27446, Ley del Sistema
Nacional de Evaluaci�n del Impacto Ambiental, establece
que el mencionado Sistema garantiza instancias formales
de difusi�n y participaci�n de la comunidad en el proceso
de tramitaci�n de las solicitudes y de los correspondientes
estudios de impacto ambiental, as� como tambi�n
instancias no formales que el proponente debe impulsar
para incorporar en el estudio de impacto ambiental la
percepci�n y opini�n de la poblaci�n potencialmente
afectada o benef ciada con la acci�n propuesta;
Que, mediante Decreto Supremo N� 002-2009-MINAM
se aprob� el Reglamento sobre Transparencia, Acceso
a la Informaci�n P�blica Ambiental y Participaci�n y
Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, el cual
tiene por f nalidad establecer las disposiciones sobre
acceso a la informaci�n p�blica con contenido ambiental,
para facilitar el acceso ciudadano a la misma; adem�s,
regular los mecanismos y procesos de participaci�n y
consulta ciudadana en los temas de contenido ambiental;
Que, en el marco de la normativa referida en los
considerandos precedentes y conforme a la Quinta
Disposici�n Complementaria Final del Reglamento de
Gesti�n Ambiental para la Industria Manufacturera y
Comercio Interno, aprobado por el Decreto Supremo N�
017-2015-PRODUCE, la Direcci�n General de Asuntos
Ambientales del Despacho V iceministerial de MYPE e
Industria ha formulado el proyecto de Reglamento de
Participaci�n Ciudadana en la Gesti�n Ambiental de la
Industria Manufacturera y Comercio Interno;
Que, de acuerdo a lo establecido en el art�culo 39 del
Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informaci�n
P�blica Ambiental y Participaci�n y Consulta Ciudadana
en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo
N� 002-2009-MINAM, los proyectos de normas que
regulen asuntos ambientales generales o que tengan
efectos ambientales deben ser puestos en conocimiento
del p�blico para recibir opiniones y sugerencias de los
interesados; asimismo, el aviso de publicaci�n del proyecto
debe publicarse en el Diario O f cial El Peruano y el cuerpo
completo del proyecto en el portal de transparencia de la
entidad, por un per�odo m�nimo de diez (10) d�as �tiles;
Que, a efectos de recibir las respectivas opiniones,
sugerencias o comentarios de la ciudadan�a, resulta
necesario disponer la publicaci�n del proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Reglamento de Participaci�n
Ciudadana en la Gesti�n
Ambiental de la Industria
Manufacturera y Comercio Interno, as� como tambi�n
la correspondiente exposici�n de motivos en el Portal
Institucional del Ministerio de la Producci�n;
Que, mediante el Informe de V istos la Direcci�n de
Pol�ticas de Desarrollo Productivo y Formalizaci�n de la
Direcci�n General de Pol�ticas y Regulaci�n emiti� opini�n
favorable respecto a la prepublicaci�n del mencionado
proyecto;
Con el visado del V iceministro de MYPE e Industria,
de los Directores Generales de las Direcciones Generales
de Asuntos Ambientales, Pol�ticas y Regulaci�n as� como
de la Of cina General de Asesor�a Jur�dica; y,
De conformidad con la Ley N�2861
1, Ley General
del Ambiente; la Ley N� 27446, Ley del Sistema Nacional
de Evaluaci�n del Impacto Ambiental; Ley N� 29158,
Ley Org�nica del Poder Ejecutivo; el Reglamento sobre
Transparencia, Acceso a la Informaci�n P�blica Ambiental y
Participaci�n y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales,
aprobado por el Decreto Supremo N� 002-2009-MINAM;
el Reglamento de Gesti�n Ambiental para la Industria
Manufacturera y Comercio Interno aprobado por el Decreto
Supremo N� 017-2015-PRODUCE, Ley de Organizaci�n
y Funciones del Ministerio de la Producci�n aprobada por
el Decreto Legislativo N� 1047 y sus modi
f catorias, el
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de la Producci�n aprobado por la Resoluci�n Ministerial N�
343-2012-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Publicaci�n del proyecto
Disponer la publicaci�n del proyecto de Decreto Supremo
que aprueba el "Reglamento de Participaci�n Ciudadana
en la Gesti�n Ambiental de la Industria Manufacturera y
Comercio Interno", as� como la correspondiente Exposici�n
de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la
Producci�n (www.produce.gob.pe), a efectos de recibir las
opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadan�a,
por el plazo de diez (10) d�as h�biles contado a partir del d�a
siguiente de su publicaci�n.
Art�culo 2.- Mecanismos de participaci�n
Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el
proyecto de Decreto Supremo a que se re f ere el art�culo 1
de la presente Resoluci�n Ministerial deben ser remitidas
a trav�s de la O f cina General de Atenci�n al Ciudadano,
ubicada en la sede del Ministerio de la Producci�n, con
atenci�n a la Direcci�n General de Asuntos Ambientales,
sito en la Calle Uno Oeste N� 060, Urbanizaci�n Corpac San
Isidro, o a la direcci�n electr�nica diggam@produce.gob.pe
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOL�S
Ministro de la Producci�n
1316849-2
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Memorando de Entendimiento
con el Gobierno de los Estados Unidos de
Am�rica y la Secretar�a General de la OEA
relativo a una Secretar�a para las solicitudes
sobre asuntos de cumplimiento ambiental
de conformidad con el Acuerdo de
Promoci�n Comercial Per� - Estados Unidos
DECRETO SUPREMO
N� 065-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, el
"Memorando de Entendimiento (ME) entre
el Gobierno de los Estados Unidos de
Am�rica, el
Gobierno de la Rep�blica del Per�, y la Secretar�a
General de la Organizaci�n de los Estados Americanos
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relativo a una Secretar�a para las solicitudes sobre
asuntos de cumplimiento ambiental de conformidad
con el Acuerdo de Promoci�n Comercial Per� -
Estados Unidos", fue suscrito el 09 de junio de 2015 en
la ciudad de Lima, Rep�blica del Per�;
Que, es conveniente a los intereses del Per� la
ratif caci�n del citado instrumento jur�dico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los art�culos 57�
y 118� inciso 11 de la Constituci�n Pol�tica del Per� y el
segundo p�rrafo del art�culo 2� de la Ley N� 26647, que
facultan al Presidente de la Rep�blica a celebrar y ratif car
Tratados o adherir a �stos sin el requisito de la aprobaci�n
previa del Congreso;
DECRETA:
Art�culo 1�.- Ratif�case el "Memorando de
Entendimiento (ME) entre el Gobierno de los Estados
Unidos de Am�rica, el Gobierno de la Rep�blica del
Per�, y la Secretar�a General de la Organizaci�n de los
Estados Americanos relativo a una Secretar�a para las
solicitudes sobre asuntos de cumplimiento ambiental
de conformidad con el
Acuerdo de Promoci�n
Comercial Per� - Estados Unidos" suscrito el 09 de
junio de 2015 en la ciudad de Lima, Rep�blica del Per�.
Art�culo 2�.- De conformidad con los art�culos 4� y 6�
de la Ley N� 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
proceder� a publicar en el diario o f cial "El Peruano" el
texto �ntegro del referido Memorando de Entendimiento,
as� como la fecha de entrada en vigencia.
Art�culo 3�.- D�se cuenta al Congreso de la Rep�blica.
Art�culo 4�.- El presente Decreto Supremo ser�
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintis�is
d�as del mes de noviembre del a�o dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ANA MAR�A S�NCHEZ DE R�OS
Ministra de Relaciones Exteriores
1316982-1
Nombran Representante Permanente del
Per� ante los Organismos Internacionales
con sede en la ciudad de Viena, Rep�blica
de Austria
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 268-2015-RE
Lima, 26 de noviembre de 2015
VISTAS:
La Resoluci�n Suprema N� 251-2015-RE, que nombra
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Per� en la
Rep�blica de Austria al Embajador en el Servicio Diplom�tico
de la Rep�blica Alfredo Ra�l Chuquihuara Chil;
La Resoluci�n Ministerial N� 0980-2015-RE, que
f ja 1 de diciembre de 2015, como la fecha en que el
citado funcionario diplom�tico asumir� funciones como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Per� en
la Rep�blica de Austria;
CONSIDERANDO:
Que el inciso 12) del art�culo 1 18 de la Constituci�n
Pol�tica del Per�, establece la facultad del se�or Presidente
de la Rep�blica de nombrar Embajadores y Ministros
Plenipotenciarios, con aprobaci�n del Consejo de Ministros,
con cargo a dar cuenta al Congreso de la Rep�blica;
Teniendo en cuenta el Memorando (DGM) N�
DGM1017/2015, de la Direcci�n General para Asuntos
Multilaterales y Globales, de 23 de noviembre de 2015;
De conformidad con la Ley N� 29357, Ley de
Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores; el Reglamento de Organizaci�n y Funciones
del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por
Decreto Supremo N� 135-2010-RE, la Ley N� 28091, Ley
del Servicio Diplom�tico de la Rep�blica y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo N.� 130-2003-RE y sus
modif catorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Art�culo 1. Nombrar al Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Per� en la Rep�blica de Austria,
Embajador en el Servicio Diplom�tico de la Rep�blica
Alfredo Ra�l Chuquihuara Chil, como Representante
Permanente del Per� ante los Organismos Internacionales
con sede en la ciudad de V iena, Rep�blica de Austria, a
partir del 1 de diciembre de 2015.
Art�culo 2. Extender las Cartas Credenciales y Plenos
Poderes correspondientes.
Art�culo 3. La presente Resoluci�n no irrogar� gasto
alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Art�culo 4. La presente Resoluci�n Suprema ser�
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ANA MAR�A S�NCHEZ DE R�OS
Ministra de Relaciones Exteriores
1316982-5
Dan por terminadas las funciones de
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
del Per� en la Rep�blica Federativa del Brasil
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 269-2015-RE
Lima, 26 de noviembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluci�n Suprema N� 320-201
1-
RE, se nombr� al Embajador en el Servicio Diplom�tico
de la Rep�blica Jorge Por f rio Bayona Medina, Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Per� en la Rep�blica
Federativa del Brasil;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 0817-201 1-
RE, se f j� el 17 de octubre de 2011, como la fecha en que
el citado funcionario diplom�tico, asumi� funciones como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Per� en
la Rep�blica Federativa del Brasil;
De conformidad con la Ley N� 28091, Ley del Servicio
Diplom�tico de la Rep�blica y su modi f catoria la Ley N�
29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto
Supremo N� 130-2003-RE y su modi
f catorias; y el
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo
N� 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Art�culo 1. Dar por terminadas las funciones del
Embajador en el Servicio Diplom�tico de la Rep�blica
Jorge Porf rio Bayona Medina, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Per� en la Rep�blica
Federativa del Brasil, a partir del 29 de diciembre de 2015.
Art�culo 2. Trasladar a Canciller�a al referido funcionario
diplom�tico a partir del 30 de diciembre de 2015.
Art�culo 3. Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Art�culo 4. Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resoluci�n a las partidas correspondientes del pliego
presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Art�culo 5. La presente Resoluci�n ser� refrendada
por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ANA MAR�A S�NCHEZ DE R�OS
Ministra de Relaciones Exteriores
1316982-6