ORDENANZA N� 1911 - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
S�bado 21 de noviembre de 2015 /
El Peruano
ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS V�RTICES
EXPRESADOS EN KIL�METROS y G) COORDENADAS
UTM DE �REAS A RESPETAR; siendo estos los
siguientes:
1.-
A) ENERGON III; B) 640006811; C) ENERGON
DEL PERU SAC; D) RESOLUCION GERENCIAL N� 082-
2015-GR.LAMB/GEEM, 13 DE OCTUBRE 2015;
E) 17; F)
V1: N 9 245 000.00 E 652 000.00, V2: N 9 244 000.00
E 652 000.00, V3: N 9 244 000.00 E 651 000.00, V4: N
9 243 000.00 E 651 000.00, V5: N 9 243 000.00 E 650
000.00, V6: N 9 245 000.00 E 950 000.00
2.-
A) DON MOISES I; B) 640001014; C) MOISES
TAVARA BORRERO; D) RESOLUCION GERENCIAL N�
091-2015-GR.LAMB/GEEM, 30 DE OCTUBRE 2015;
E)
17;
F) V1: N 9 261 000.00 E 648 000.00, V2: N 9 261
000.00 E 650 000.00, V3: N 9 260 000.00 E 650 000.00,
V4: N 9 260 000.00 E 649 000.00, V5: N 9 259 000.00 E
649 000.00, V6: N 9 259 000.00 E 948 000.00
Reg�strese y publ�quese.
ALEX IVAN JULCA BELLODAS
Gerente
Gerencia Ejecutiva de Energ�a y Minas
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Norman los procedimientos de Cambio de
Zonificaci�n en Lima Metropolitana
ORDENANZA N� 1911
LA TENIENTE ALCALDESA METROPOLITANA
DE LIMA
ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA ALCALD�A;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesi�n Ordinaria de Concejo, de fecha 12 de
noviembre de 2015, los Dict�menes N� 31-2015-MML-
CMDUVN y N� 72-2015-MML-CMAL, de las Comisiones
Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura, y de Asuntos Legales.
Aprob� la siguiente:
ORDENANZA
QUE NORMA LOS PROCEDIMIENTOS DE CAMBIO
DE ZONIFICACI�N EN LIMA METROPOLITANA
CAP�TULO I
GENERALIDADES
Art�culo 1�.- OBJETO
La presente Ordenanza Municipal constituye el marco
normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de
Lima, como Municipalidad Provincial, en el ejercicio de su
funci�n espec�fica exclusiva en materia de: Organizaci�n
del Espacio F�sico y Uso del Suelo, Planificaci�n Urbana, y
Zonificaci�n de �reas Urbanas; teniendo en cuenta adem�s
que la Zonificaci�n regula el uso y la ocupaci�n dentro del
ejercicio del derecho de propiedad predial, consign�ndose
en los planos de Zonificaci�n, par�metros urban�sticos y
edificatorios, �ndice de usos para la ubicaci�n de actividades
urbanas, y sus reglamentos, oficiales a la fecha.
Art�culo 2�.- �MBITO
Los procedimientos regulados en la presente norma,
son �nicos y de aplicaci�n obligatoria a nivel de la
provincia de Lima.
Art�culo 3�.- PRINCIPIOS RECTORES
Los Principios Rectores que rigen los procedimientos
t�cnicos y administrativos, regulados por la presente
Ordenanza, son los siguientes:
3.1 Legalidad
La Autoridad Municipal deber� velar por el
ordenamiento jur�dico, con respeto a la Constituci�n
Pol�tica del Per� y las normas urban�sticas, posibilitando
la intervenci�n en la propiedad predial a fin de preservar
el inter�s general sobre el inter�s particular.
3.2 Concertaci�n
La Autoridad Municipal como ente generador de
pol�ticas urbanas, propicia la participaci�n de la poblaci�n,
de las Municipalidades Distritales y de las instituciones
p�blicas o privadas en la elaboraci�n y aprobaci�n de la
actualizaci�n de los usos del suelo.
Art�culo 4�.- DEL CAMBIO DE ZONIFICACI�N
Los Cambios de Zonificaci�n se efectuar�n a trav�s
de:
- Procedimiento Regular de Cambio de Zonificaci�n.
- Procedimiento Especial de Cambio de Zonificaci�n.
Art�culo 5�.- REQUISITOS DE PRESENTACI�N
PARA EL PROCEDIMIENTO REGULAR DE CAMBIO
DE ZONIFICACI�N
Las solicitudes de Cambio de Zonificaci�n para
los procedimientos regulares, deber�n adjuntar los
documentos siguientes:
1. Copia literal de dominio, expedida por el Registro de
Predios, con una antig�edad no mayor de 30 d�as.
2. Plano de Ubicaci�n en escala 1:1000, debidamente
georeferenciado en el Sistema PSAD 56, indicando las
dimensiones del terreno y ancho de v�as; y Plano de
Localizaci�n a escala proporcional al tama�o del �rea que
se evaluar�.
3. Plano Perim�trico georeferenciado en el Sistema
PSAD 56.
4. Plano de Propuesta de Cambio de Zonificaci�n
solicitado, debidamente graficada sobre el plano parcial
de zonificaci�n vigente, con indicaci�n del predio materia
de la solicitud, a escala proporcional al tama�o del �rea
que se evaluar�.
5. Plano de Levantamiento de usos actuales del suelo
y de alturas de edificaci�n en el �rea donde se ubica el
predio o inmueble, a escala proporcional al tama�o del
�rea que se evaluar�.
6. Memoria Descriptiva que incluya, como m�nimo, lo
siguiente:
- Sustentaci�n de la propuesta de cambio de
zonificaci�n.
- Indicaci�n expresa de la actividad a la que se
destinar�a el predio o inmueble.
- Indicaci�n expresa de la existencia de equipamientos
urbanos (educaci�n, salud y/o recreaci�n), y de
los servicios p�blicos b�sicos suficientes para los
requerimientos de la nueva actividad.
- Fotograf�as recientes identificando el predio o
inmueble del titular, y los predios o inmuebles colindantes
del entorno inmediato.
7. En caso de presentarse Cambios de Zonificaci�n
con uso distinto al residencial, se deber�n adjuntar,
adem�s, los estudios de impacto vial y/o ambiental
debidamente aprobados por las entidades competentes
referente al frente de manzana donde se ubica dicho
predio o inmueble.
Art�culo 6�.- REQUISITOS DE PRESENTACI�N
PARA LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE
CAMBIO DE ZONIFICACI�N
Las solicitudes para los procedimientos especiales
de cambio de zonificaci�n, deber�n contar con los
documentos siguientes:
1. Plano de Ubicaci�n en escala 1:1000, debidamente
georeferenciado en el Sistema PSAD 56, indicando las
dimensiones del terreno y ancho de v�as, y Plano de
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Localizaci�n a escala proporcional al tama�o del �rea que
se evaluar�.
2. Plano Perim�trico georeferenciado en el Sistema
PSAD 56.
3. Plano de Propuesta de cambio de zonificaci�n
graficada sobre el Plano Parcial de zonificaci�n vigente,
con indicaci�n del predio o inmueble materia de la
solicitud, a escala proporcional al tama�o del �rea que
se evaluar�.
4. Plano de Levantamiento de usos actuales del suelo
y de alturas de edificaci�n en el �rea donde se ubica el
predio o inmueble, a escala proporcional al tama�o del
�rea que se evaluar�.
5. Memoria Descriptiva que incluya como m�nimo lo
siguiente:
- Sustentaci�n de la propuesta de cambio de
zonificaci�n.
- Indicaci�n expresa de la actividad a la que se
destinar�a el predio o inmueble.
- Indicaci�n expresa de la existencia de equipamientos
urbanos (educaci�n, salud y/o recreaci�n) y de servicios
p�blicos b�sicos suficientes para los requerimientos de la
nueva actividad.
- Fotograf�as recientes identificando el predio o
inmueble del titular, y los predios o inmuebles colindantes
del entorno inmediato.
6. En caso de presentarse Cambios de Zonificaci�n
con uso distinto al residencial, se deber�n adjuntar
adem�s, los estudios de impacto vial y/o ambiental
debidamente aprobados por las entidades competentes.
7. T�tulo de propiedad del predio o inmueble.
Art�culo 7�.- NO SUJETAS A PLAZO PARA SU
PRESENTACI�N
Las propuestas realizadas mediante el Procedimiento
Regular y el Procedimiento Especial de Cambios de
Zonificaci�n, no est�n sujetas a plazos ni per�odos de
presentaci�n, pueden ser presentadas y evaluadas en
cualquier fecha del a�o.
CAP�TULO II
PROCEDIMIENTO REGULAR DE
CAMBIO DE ZONIFICACI�N
Art�culo 8�.- CONCEPTO
El procedimiento regular de Cambio de Zonificaci�n,
es una secuencia t�cnica de etapas de evaluar y aprobar o
desaprobar las solicitudes que presenten los propietarios
de los predios para modificar las calificaciones de
zonificaci�n que tienen sus inmuebles, a fin de lograr
mayores rendimientos en la acci�n de urbanizar, construir
o funcionar en la provincia de Lima.
El procedimiento es atendible, si el pedido del
propietario coincide con el objetivo de desarrollo de la
zona y de la ciudad.
Art�culo 9�.- TR�MITE DEL PROCEDIMIENTO
REGULAR ANTE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Este tr�mite se realizar� seg�n el siguiente
procedimiento:
9.1 Los Expedientes formulados por los propietarios
de los predios o inmuebles, se presentar�n, por triplicado,
directamente a la Municipalidad Metropolitana de Lima.
9.2 La Gerencia de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro de los cinco
(05) d�as h�biles siguientes a la fecha de ingreso de cada
expediente administrativo, remitir� una (01) copia del
mismo a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el
predio, a fin que, dentro de los treinta (30) d�as h�biles
siguientes, realice las siguientes acciones:
9.2.1 El levantamiento de la opini�n de la poblaci�n
vecina colindante directamente involucrada en el
procedimiento regular de cambio de zonificaci�n, a
trav�s del Formulario �nico de Consulta Vecinal (FUCV).
Para el caso de los predios ubicados en el Cercado de
Lima, la consulta se realizar� a trav�s de la Gerencia de
Participaci�n Vecinal de la Municipalidad Metropolitana
de Lima o de la Unidad Org�nica que haga las veces de
dicha Gerencia.
9.2.2 Publicar por un per�odo de quince (15) d�as
h�biles un plano de zonificaci�n, donde se incluir� la
ubicaci�n y descripci�n del procedimiento regular de
cambio de zonificaci�n recibido; dicho plano ser� exhibido
en la p�gina web institucional y en un lugar visible de su
local institucional, agencia municipal u otra sede de la
municipalidad, a fin de que las instituciones y vecinos
en general del distrito puedan emitir su opini�n sobre la
propuesta planteada, debidamente fundamentada y por
escrito, mediante el Formulario �nico de Consulta Vecinal
(FUCV), los cuales ser�n entregados directamente a la
Municipalidad Distrital dentro del per�odo de exhibici�n.
La Municipalidad Distrital realizar� la consolidaci�n de las
opiniones vecinales recibidas.
9.2.3 La Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad,
realizar� la evaluaci�n de cada procedimiento regular de
cambio de zonificaci�n, el mismo que ser� elevado al
Concejo Municipal Distrital, para la emisi�n del Acuerdo
de Concejo respectivo, donde expresar�n su opini�n
motivada, la misma que no tiene car�cter vinculante.
Si el Concejo Municipal Distrital no se pronuncia,
dentro del plazo de 30 d�as h�biles de ingresado el
expediente a la Municipalidad Distrital, su opini�n se
entender� como favorable.
9.3 La Gerencia de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad Metropolitana de Lima a trav�s de la Sub
Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas,
dentro de los cinco (05) d�as h�biles siguientes a la fecha
de ingreso de cada expediente administrativo, remitir�
una (01) copia del mismo al Instituto Metropolitano de
Planificaci�n, a fin que dentro de los treinta (30) d�as
h�biles siguientes, emita su Opini�n T�cnica sobre la
solicitud, bajo responsabilidad.
Excepcionalmente, el Instituto Metropolitano de
Planificaci�n, podr� por �nica vez, solicitar un plazo
adicional de quince (15) d�as h�biles, previa solicitud
fundamentada.
9.4 La Gerencia de Desarrollo Urbano, dentro de los
treinta y cinco (35) d�as h�biles siguientes a la fecha de
ingreso del expediente a la Municipalidad Metropolitana
de Lima y bajo responsabilidad, alcanzar� a la Comisi�n
Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura del Concejo Metropolitano, el expediente
de procedimiento regular de cambio de zonificaci�n,
adjuntando su propio Informe T�cnico, conjuntamente con
los Informes del Instituto Metropolitano de Planificaci�n y
de la Municipalidad Distrital.
Excepcionalmente la Gerencia de Desarrollo Urbano
podr� ampliar hasta por quince (15) d�as h�biles
adicionales el plazo de remisi�n.
Art�culo 10�.- COMISI�N METROPOLITANA
DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y
NOMENCLATURA
La Comisi�n Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura del Concejo Metropolitano
de Lima, emitir� un Dictamen sobre cada petici�n
recibida.
La Comisi�n Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura, podr� devolver el expediente
al �rea pertinente si determina que se requiere una
nueva evaluaci�n o solicitar informes adicionales a otras
dependencias municipales, universidades, gremios u
�rganos especializados del sector p�blico o privado.
Art�culo 11�.- APROBACI�N DE LOS
PROCEDIMIENTOS REGULARES DE CAMBIO DE
ZONIFICACI�N
Los procedimientos regulares de cambios de
zonificaci�n ser�n evaluados por el Concejo Metropolitano
de Lima, aprob�ndolos mediante Ordenanza. En caso de
desaprobarlos s�lo emitir� un Acuerdo de Concejo.
Art�culo 12�.- EXTENSI�N DEL CAMBIO DE
ZONIFICACI�N
La Comisi�n Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, podr� proponer al Concejo Metropolitano hacer
extensivo el o los cambios de zonificaci�n a todo el frente
de manzana, en aquellos predios o inmuebles que cuenten
con Habilitaci�n Urbana. En ning�n caso se aprobar�n
Cambios Espec�ficos de Zonificaci�n por un solo lote, con
excepci�n de la zonificaci�n para Equipamientos Urbanos
de: Educaci�n, Salud y Otros Usos.
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CAP�TULO III
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE
CAMBIO DE ZONIFICACI�N
Art�culo 13�.- CONCEPTO
El Procedimiento Especial de Cambio de Zonificaci�n,
es una secuencia t�cnica de etapas que permiten
evaluar y aprobar o desaprobar, las solicitudes de
cambio de zonificaci�n presentados por la Municipalidad
Metropolitana de Lima, las Municipalidades Distritales o
las entidades p�blicas, referidas a proyectos de car�cter
institucional, cuya �rea de influencia exceda el nivel
local o vecinal, debidamente sustentados en estudios
espec�ficos.
Art�culo 14�.- PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE
CAMBIO DE ZONIFICACI�N
Se enmarcar�n dentro del Procedimiento Especial de
Cambio de Zonificaci�n, las propuestas relativas a:
a) Proyectos del Gobierno Nacional, objeto de
iniciativa p�blica o privada.
b) Proyectos de inter�s Metropolitano, declarados por
el Concejo Metropolitano, objeto de iniciativa p�blica o
privada.
c) Proyectos Municipales, declarados por su respectivo
Concejo Municipal, objeto de iniciativa p�blica o privada.
Art�culo 15�.- TR�MITE DEL PROCEDIMIENTO
ESPECIAL ANTE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Este tr�mite se realizar� seg�n el siguiente
procedimiento:
15.1 Los expedientes del Procedimiento Especial de
Cambio de Zonificaci�n ser�n presentados directamente
a la Municipalidad Metropolitana de Lima por triplicado
(03).
15.2 La Gerencia de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro de los cinco
(05) d�as h�biles siguientes a la fecha de ingreso de cada
expediente administrativo, remitir� una (01) copia del
mismo a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el
predio, a fin que, dentro de los treinta (30) d�as h�biles
siguientes, realice las siguientes acciones:
15.2.1 El levantamiento de la opini�n de la poblaci�n
vecina colindante directamente involucrada en el
procedimiento especial de cambio de zonificaci�n, a
trav�s del Formulario �nico de Consulta Vecinal (FUCV).
Para el caso de los predios o inmuebles ubicados en el
Cercado de Lima, la consulta se realizar� a trav�s de la
Gerencia de Participaci�n Vecinal de la Municipalidad
Metropolitana de Lima o la unidad org�nica que haga las
veces de dicha Gerencia.
15.2.2 Publicar por un per�odo de quince (15) d�as
h�biles un plano de zonificaci�n, donde se incluir� la
ubicaci�n y descripci�n del procedimiento especial de
cambio de zonificaci�n recibido; dicho plano ser� exhibido
en la p�gina web institucional y en un lugar visible de su
local institucional, agencia municipal u otra sede de la
municipalidad, a fin de que las instituciones y vecinos
en general del distrito puedan emitir su opini�n sobre la
propuesta planteada, debidamente fundamentada y por
escrito, mediante el Formulario �nico de Consulta Vecinal
(FUCV), los cuales ser�n entregados directamente a la
Municipalidad Distrital dentro del per�odo de exhibici�n.
La Municipalidad Distrital realizar� la consolidaci�n de las
opiniones vecinales recibidas.
15.2.3 La Municipalidad Distrital, bajo
responsabilidad, realizar� la evaluaci�n de cada
procedimiento especial de cambio de zonificaci�n, el
mismo que ser� elevado al Concejo Municipal Distrital,
para la emisi�n del Acuerdo de Concejo respectivo,
donde expresar�n su opini�n motivada, la misma que
no tiene car�cter vinculante.
Si el Concejo Municipal Distrital no se pronuncia dentro
del plazo de 30 d�as h�biles de ingresado el expediente a
la Municipalidad Distrital, su opini�n se entender� como
favorable.
15.3 La Gerencia de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad Metropolitana de Lima a trav�s de la Sub
Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas,
dentro de los cinco (05) d�as h�biles siguientes a la fecha
de ingreso de cada expediente administrativo, remitir�
una (01) copia del mismo al Instituto Metropolitano de
Planificaci�n, a fin que dentro de los treinta (30) d�as
h�biles siguientes, emitan Opini�n T�cnica sobre el tema
de la solicitud, bajo responsabilidad.
Excepcionalmente, el Instituto Metropolitano de
Planificaci�n, podr� por �nica vez, solicitar un plazo
adicional de quince (15) d�as h�biles, previa solicitud
fundamentada.
15.4 La Gerencia de Desarrollo Urbano, dentro de los
treinta y cinco (35) d�as h�biles siguientes a la fecha de
ingreso del expediente a la Municipalidad Metropolitana
de Lima y bajo responsabilidad, alcanzar� a la Comisi�n
Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura del Concejo Metropolitano, el expediente
de procedimiento especial de cambio de zonificaci�n,
adjuntando su propio Informe T�cnico, conjuntamente con
los Informes del Instituto Metropolitano de Planificaci�n y
de la Municipalidad Distrital.
Excepcionalmente la Gerencia de Desarrollo Urbano
podr� ampliar hasta por quince (15) d�as h�biles el plazo
de remisi�n.
Art�culo 16�.- REMISI�N DE EXPEDIENTES
Corresponder� al Gerente de Desarrollo Urbano
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remitir los
expedientes administrativos con todo lo actuado, a la
Gerencia Municipal Metropolitana, para su posterior
remisi�n a la Secretaria General del Concejo, para el
Dictamen correspondiente de la Comisi�n Metropolitana
de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura.
Art�culo 17�.- COMISI�N METROPOLITANA
DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y
NOMENCLATURA
La Comisi�n Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura del Concejo Metropolitano de
Lima, emitir� un Dictamen sobre cada petici�n recibida.
La Comisi�n Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura, cuando la complejidad de la
propuesta en estudio lo justifique, podr� devolverlo al
�rea pertinente cuando determine que se requiere una
nueva evaluaci�n o solicitar informes adicionales a otras
dependencias municipales, universidades, gremios u
�rganos especializados del sector p�blico o privado.
Art�culo 18�.- APROBACI�N DE LOS
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE CAMBIO DE
ZONIFICACI�N
Los Procedimientos Especiales de Cambios de
Zonificaci�n ser�n evaluados por el Concejo Metropolitano
de Lima, aprob�ndolos mediante Ordenanza. En caso de
desaprobarlos s�lo emitir� un Acuerdo de Concejo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Adecuaci�n de los Procedimientos de
Cambio de Zonificaci�n en tr�mite
Los administrados podr�n solicitar la adecuaci�n de
su expediente en tr�mite, comprendido dentro de los
supuestos establecidos en los procedimientos regulares
y/o especiales de cambios de zonificaci�n, a lo normado
en la presente Ordenanza.
Segunda.- Procedimientos en tr�mite
Los procedimientos en tr�mite al amparo de la
Ordenanza N� 1617, que no se adec�en a lo normado en
la presente Ordenanza, conforme a lo establecido en la
Primera Disposici�n Transitoria, continuar�n el tr�mite de
acuerdo a sus disposiciones.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Formulario �nico de Consulta Vecinal
Apru�bese el Anexo N� 01 que contiene el Formulario
�nico de Consulta Vecinal (FUCV).
Segunda.- El Reajuste Integral de Zonificaci�n
Los gobiernos locales distritales de la provincia de
Lima tienen el plazo de un (01) a�o a partir de la entrada
en vigencia de la presente Ordenanza, para presentar
sus Proyectos de Reajuste Integral de Zonificaci�n de los
Usos de Suelo de su respectivo Distrito, de conformidad
con lo normado en la Ordenanza N� 1862.
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Tercera.- Derogatoria
Der�guese la Ordenanza N� 1617 y sus modificatorias;
as� como, los dem�s dispositivos municipales que se
opongan a la presente Ordenanza. Der�guese tambi�n
la Cuarta Disposici�n Final y Complementaria de la
Ordenanza N� 1862.
Cuarta.- Aplicaci�n del art�culo 30� de la Ordenanza
N� 620
La presente Ordenanza se interpreta en el marco del
art�culo 30� de la Ordenanza N� 620, Reglamentaria del
Procedimiento de Aprobaci�n del Plan Metropolitano
de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano
de Lima, de Planos Urbanos Distritales y Actualizaci�n
de Zonificaci�n de los Usos del Suelo de Lima
Metropolitana.
Quinta.- Publicaci�n
La presente Ordenanza ser� publicada en el Diario
Oficial "El Peruano"; su Anexo y Formulario (FUCV),
ser�n publicados en la P�gina Web de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, de conformidad con lo regulado en
la Resoluci�n Ministerial N� 200-2010-PCM, que aprueba
la Directiva N� 001-2010-PCM/SGP.
Sexta.- Vigencia
La presente Ordenanza entrar� en vigencia al
d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario Oficial "El
Peruano".
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 12 NOV. 2015
PATRICIA JUAREZ GALLEGOS
Teniente Alcalde
Encargada de la Alcald�a
1314302-1
Eliminan servicios del Texto �nico de
Servicios No Exclusivos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALD�A N� 014
Lima, 19 de noviembre de 2015
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
CONSIDERANDO:
Que, el art�culo 37� de la Ley N� 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, excluy� del Texto
�nico de Procedimientos Administrativos � TUPA de las
instituciones p�blicas, aquellos servicios por los que el
administrado puede elegir recibirlos de otra instituci�n
p�blica o privada;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha
compendiado sus servicios no exclusivos en el Texto
�nico de Servicios No Exclusivos � TUSNE, aprobado por
Decreto de Alcald�a N� 009-2014-MML del 21 de octubre
del a�o 2014;
Que, la Gerencia de Desarrollo Econ�mico mediante
el Memorando N� 236-2015-MML/GDE, solicita a la
Gerencia de Planificaci�n la eliminaci�n de tres (3) de los
cuatro (4) servicios no exclusivos a su cargo, en el rubro
de "Circuitos Tur�sticos";
Que, la Gerencia de Planificaci�n mediante el
Informe N� 010-2015-MML-GP-SDI-DGCMC, considera
que la Subgerencia de Turismo, de acuerdo al
Reglamento de Organizaci�n y Funciones, es el �rgano
responsable del desarrollo de la actividad tur�stica de
la Municipalidad Metropolitana de Lima y fomentar el
turismo, por tanto, tiene competencia para proponer
la modificaci�n del TUSNE en lo que se refiere a los
servicios que ofrece;
Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memorando
N� 2015-06-486-MML/GF, indica que la propuesta de la
Gerencia de Desarrollo Econ�mico no afecta de un modo
u otro los ingresos de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, toda vez que los precios de tales servicios no
fueron determinados tom�ndose como base los costos,
permitiendo ello un nivel de tolerancia en cuanto al
mantenimiento del equilibrio fiscal;
Que, la Gerencia de Asuntos Jur�dicos mediante
Informe N� 881-2015-MML-GAJ ha expresado que la
propuesta hecha por la Gerencia de Desarrollo Econ�mico
legalmente es procedente;
De conformidad con los art�culos 20� numeral 6), 39� y
42� de la Ley N� 27972, Ley Org�nica de Municipalidades
y el art�culo 37� de la Ley N� 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
DECRETA:
Art�culo 1�.- Eliminar del Texto �nico de Servicios No
Exclusivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
aprobado por Decreto de Alcald�a N� 009-2014-MML y
sus modificatorias, en el Rubro Gerencia de Desarrollo
Econ�mico, ac�pite "Circuitos Tur�sticos" los servicios no
exclusivos de visitas guiadas al "Palacio Municipal Diurno
(45 minutos)", de "City Tours al Centro Hist�rico de Lima
sin bus Diurno", y de "City Tours al Centro Hist�rico de
Lima sin bus Nocturno".
Art�culo 2�.- Publicar el presente Decreto de Alcald�a
en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la
Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.
pe).
Art�culo 3�.- El presente Decreto entrar� en vigencia
al d�a siguiente de su publicaci�n.
Reg�strese, comun�quese, publ�quese y c�mplase.
LUIS CASTA�EDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1314304-1
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen R�gimen de Beneficios de
Regularizaci�n de Deudas Tributarias y
Administrativas
ORDENANZA N� 225-MDC
Cieneguilla, 16 de noviembre de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CIENEGUILLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CIENEGUILLA.
VISTOS:
En Sesi�n Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Informe N� 139-2015�GATR-MDC, de la Gerencia de
Administraci�n Tributaria y Rentas, sobre el proyecto de
Ordenanza que establece "Beneficios de Regularizaci�n
Tributarias y Administrativa en el distrito de Cieneguilla", el
Informe N� 187-2015-GAJ-MDC, del Gerente de Asesor�a
Jur�dica y el prove�do N� 151-2015-GM-MDC, de la
Gerencia Municipal.
Art�culo 1�.- OBJETO.
Establ�zcase un R�gimen de Beneficios de
Regularizaci�n de Deudas Tributarias y Administrativas,
a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito
de Cieneguilla, para que regularicen sus obligaciones
tributarias y multas administrativas que se encuentren
pendientes de pago.
Art�culo 2�.- VIGENCIA.
El Beneficio Tributario y Administrativo entrar� en
vigencia a partir del d�a siguiente de su publicaci�n hasta
el 12 de diciembre de 2015, fecha en que vencer� y se
efectuar� el cobro de la totalidad de las obligaciones
pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos
y la aplicaci�n de la totalidad de las sanciones tributarias
y administrativas que ameriten.