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Fecha de publicación: 19/11/2015
RESOLUCION VICE MINISTERIAL N� 159-2015-VMPCIC-MC - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Jueves 19 de noviembre de 2015
El Peruano
/
2006-ED; la Directiva N� 003-2015-MC, aprobada por
Resoluci�n Ministerial N� 338-2015-MC; y el Reglamento
de Organizaci�n y Funciones aprobado por Decreto
Supremo N� 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Declarar Patrimonio Cultural de la
Naci�n los espacios culturales de la Picanter�a y de la
Chicher�a cusque�as por tratarse de espacios sociales
cuya naturaleza es la preparaci�n y expendio de comidas
tradicionales y de la chicha de wi�apu; asimismo debido
a que ambos espacios se mantienen vigentes y conviven
de manera armoniosa en el imaginario cusque�o como
referentes de identidad, vinculados con sectores urbanos
y rurales, destac�ndose como lugares de cohesi�n y
encuentro entre los diversos estratos sociales por lo
que han resultado fundamentales para la consolidaci�n
de corrientes art�sticas e intelectuales propias del
departamento de Cusco, reforzando con ello la identidad
regional y nacional.
Art�culo 2�.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n en el diario oficial El Peruano y la difusi�n
del Informe N� 303-2015-DPI-DGPC/MC y la presente
Resoluci�n en el Portal Institucional del Ministerio de
Cultura (www.cultura.gob.pe).
Art�culo 3�.- Notificar la presente Resoluci�n y el
Informe N� 303-2015-DPI-DGPC/MC a la Direcci�n
Desconcentrada de Cultura de Cusco y a la Facultad de
Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo y Psicolog�a de
la Universidad de San Mart�n de Porres, para los fines
pertinentes.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE
Viceministro de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1313016-1
RESOLUCI�N VICEMINISTERIAL
N� 159-2015-VMPCIC-MC
Lima, 4 de noviembre de 2015
VISTOS, la solicitud de fecha 1 de setiembre de 2014
presentada por el doctor Johan Leuridan Huys, Decano
de la Facultad de Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo
y Psicolog�a de la Universidad de San Mart�n de Porres,
el Informe N� 304-2015-DPI-DGPC/MC, emitido por la
Direcci�n de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2) del art�culo 1 de la Ley N� 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Naci�n, establece que
"Integran el Patrimonio Cultural de la Naci�n las creaciones
de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones,
expresadas por individuos de manera unilateral o grupal,
y que reconocidamente responden a las expectativas de
la comunidad, como expresi�n de la identidad cultural y
social, adem�s de los valores transmitidos oralmente,
tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios,
el saber y conocimientos tradicionales, ya sean art�sticos,
gastron�micos, medicinales, tecnol�gicos, folcl�ricos o
religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos
y otras expresiones o manifestaciones culturales que en
conjunto conforman nuestra diversidad cultural";
Que, el literal b) del art�culo 7 de la Ley N� 29565,
Ley de Creaci�n del Ministerio de Cultura, establece que
"es funci�n exclusiva de esta entidad realizar acciones
de declaraci�n, investigaci�n, protecci�n, conservaci�n,
puesta en valor, promoci�n y difusi�n del Patrimonio
Cultural de la Naci�n";
Que, mediante solicitud de fecha 1 de setiembre
de 2014, del doctor Johan Leuridan Huys, Decano de
la Facultad de Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo y
Psicolog�a de la Universidad de San Mart�n de Porres,
se presenta el expediente mediante el cual se solicita,
al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de las
picanter�as del Per� concernientes a los departamentos
de Arequipa, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Piura y
Tumbes, como Patrimonio Cultural de la Naci�n; dicho
expediente fue trabajado por un equipo interdisciplinario
dirigido por la distinguida soci�loga Isabel �lvarez Novoa;
Que, mediante Informe N� 502-2015-DGPC-VMPCIC/
MC, la Direcci�n General de Patrimonio Cultural eleva al
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
el Informe N� 304-2015-DPI-DGPC/MC de fecha 1 de
setiembre del 2015, emitido por la Direcci�n de Patrimonio
Inmaterial, a trav�s del cual se recomienda la declaratoria
de la Picanter�a y la Chicher�a piuranas como Patrimonio
Cultural de la Naci�n;
Que, se ha identificado en el expediente remitido,
as� como en diversas publicaciones acad�micas y
period�sticas, que los espacios culturales de preparaci�n
y consumo de alimentos tradicionales denominados como
picanter�as y en algunos casos, chicher�as, se encuentran
vigentes en los departamentos de Arequipa, Cusco, La
Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes;
Que, las picanter�as y chicher�as se diferencian de
otro tipo de instalaciones debido a la especializaci�n en la
venta y consumo de platos tradicionales condimentados
con diversas variedades de aj� y en los cuales la chicha de
ma�z tiene car�cter central e imprescindible;
Que, las picanter�as y chicher�as son com�nmente las
propias viviendas de las familias acondicionadas para la
venta y consumo de comida y chicha y donde todos los
miembros participan activamente en su funcionamiento;
Que, cada uno de estos espacios culturales ha
alcanzado una particularidad que permite diferenciarlos
regionalmente entre s�, ya sea con respecto al
conocimiento y uso de insumos propios de cada regi�n,
as� como con respecto a los utensilios que se usan para
la preparaci�n y consumo de alimentos y de chicha. Por
ello, a pesar de que existe un expediente que solicita la
declaratoria de las picanter�as en general como Patrimonio
Cultural de la Naci�n, se ha optado, en coordinaci�n con
la soci�loga Isabel �lvarez Novoa y su equipo, realizar
una declaratoria diferenciada regionalmente;
Que, debido a sus particulares caracter�sticas, las
picanter�as y las chicher�as existentes en las diversas
regiones del pa�s se han consolidado como espacios
de encuentro de la poblaci�n local reforzando los lazos
sociales, reafirmando la identidad cultural y sirviendo
como escenario de importantes manifestaciones
culturales asociadas. Como ejemplo de ello, el espacio
cultural de la picanter�a arequipe�a fue declarado como
Patrimonio Cultural de la Naci�n mediante R.V.M. N�033-
2014-VMPCIC-MC de fecha 16 de abril de 2014;
Que, se ha comprobado en el expediente presentado
la vigencia del valor simb�lico e identitario de las
picanter�as para las comunidades de portadores, es decir
aquellas personas que han mantenido la tradici�n de
estos espacios diferenci�ndolos de otro tipo de locales de
expendio de comida. Se resalta el rol fundamental de las
mujeres en la direcci�n de la picanter�a y en la continuidad
de los saberes culinarios, base de las llamadas cocinas
regionales;
Que, es posible apreciar el valor hist�rico de las
picanter�as y chicher�as contempor�neas dado que son
herederas de aquellos espacios de expendio de comida
tradicional y de acceso mayoritario existentes en diversas
zonas rurales y urbanas del pa�s;
Que, es necesario resaltar el uso de insumos locales
representativos de cada regi�n en la preparaci�n de los
alimentos y bebidas en las picanter�as, lo cual asegura la
frescura y el sabor caracter�stico de los mismos, haciendo
imposible la r�plica exacta de los saberes culinarios fuera
de cada regi�n;
Que, en el departamento de Piura, las picanter�as
son espacios culturales de preparaci�n y venta de
comida tradicional cuya especialidad son los llamados
piqueos, picados o picaus, es decir platillos que pueden
ser degustados por varios comensales en simult�neo del
mismo plato. De este modo, el t�rmino picanter�a est�
vinculado en el imaginario de la poblaci�n no solamente
al aspecto picante de la comida sino a la acci�n de picar o
degustar colectivamente en peque�as porciones;
Que, en Piura, hoy la picanter�a tiene una clara
diferenciaci�n con la chicher�a ya que su caracter�stica
principal es la venta de comida tradicional acompa�ada de
chicha de jora, la cual no necesariamente se produce en el
mismo local. Por su parte, las chicher�as actualmente se
especializan exclusivamente en la preparaci�n y venta de
la chicha; tambi�n es com�n que ofrezcan algunas viandas
sencillas para acompa�ar la ingesta de esta bebida, esto
es conocido como cortes�a o cari�o de la chicha. Ambos
tipos de locales forman parte del sistema culinario de la
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Jueves 19 de noviembre de 2015 /
El Peruano
costa piurana y se encuentran necesariamente vinculados
complement�ndose uno con otro;
Que, la infraestructura de los locales, los insumos
utilizados en la preparaci�n de platos, las t�cnicas de
cocci�n y las particularidades del consumo de chicha
est�n vinculados a las caracter�sticas geogr�ficas de la
regi�n costera piurana que cuenta con zonas des�rticas
muy expandidas como tambi�n valles breves y litoral
marino;
Que, al ubicarse en la zona norte del Per�, esta regi�n
posee un clima c�lido y seco, por lo que las chicher�as
y picanter�as suelen ser estructuras abiertas para
contrarrestar el calor y permitir la circulaci�n de aire, de
otro lado suelen tener techos de cubierta sencilla por lo
que eran denominados como ramadas, tambos y ranchos
en �pocas coloniales y a inicios de la Rep�blica;
Que, en cuanto a las chicher�as, estas poseen una
espacio particular denominado taberna en el cual se hierve
la chicha, a su vez puede contar con un �rea diferenciada
destinada exclusivamente para la preparaci�n de los
alimentos y suele tener un espacio destinado para asoleo
del ma�z, llamado pachurero;
Que, los insumos de los platillos que se sirven en las
picanter�as piuranas son variados, dado que responden
a las caracter�sticas geogr�ficas de la zona, siendo
muy destacados los insumos provenientes del mar. De
este modo, incluyen carne de pescado, ya sea fresca
o conservada en sal; mariscos y algas; as� como carne
salada de vacuno o caprino; frijol zarandaja; cebolla;
diversas variedades de aj�es; ma�z; yuca; y pl�tano;
entre otros. Es muy importante el uso del lim�n verde
caracter�stico de la costa norte piurana, de variedad
sutil, que es indispensable para la cocina piurana y para
las picanter�as y chicher�as, y que ha logrado amplio
reconocimiento y trascendencia en la culinaria nacional;
Que, entre las t�cnicas que se utilizan en la
preparaci�n de platillos de las picanter�as piuranas se
pueden mencionar: el asado, que consiste en cocer un
alimento con la acci�n directa del fuego; el pasar por agua
caliente, que consiste en sumergir un alimento en agua en
el momento preciso que precede a la ebullici�n; el sudado,
que consiste en cocer el alimento a fuego lento en su
propio jugo o en chicha; la fritura, que consiste en cocer
pescados y mariscos al sumergirlos en aceite caliente; el
tostado, que consiste en cocer alimento en seco, a fuego
lento, en perol, cazuela, tiesto o con arena caliente; el
hervido o sancochado, consistente en cocer un alimento
en un medio l�quido en ebullici�n ya sea agua, leche, caldo
o chicha; el horneado, que consiste en la cocci�n dentro
de un espacio cerrado; el cop�s, un tipo de horneado en
el que se cocina en un recipiente de cer�mica tapado que
se entierra sobre un colch�n de brasas y es cubierto con
tierra; el saltado, que consiste en la cocci�n a fuego vivo
de pedazos peque�os de carne en materia grasa caliente;
la cocci�n al vapor, que consiste en cocer los alimentos a
trav�s del vapor que se desprende del l�quido contenido
en un recipiente herm�tico; el majado, que consiste en
desmenuzar ciertos insumos ya cocinados como la yuca
y el pl�tano; y el marinado, que consiste en la inmersi�n
de la carne en jugo de lim�n o chicha por unos minutos;
Que, las picanter�as y chicher�as piuranas cuentan
en sus cocinas con un conjunto de enseres, utensilios y
dep�sitos bien identificados con los que se prepara y en
los que se sirven los potajes y la chicha de jora. A pesar
de la masiva presencia de utensilios modernos es posible
encontrar en ellas la presencia de utensilios elaborados a
partir de arcilla y de calabaza o mate (Lagenaria vulgaris).
El uso de estos materiales como menaje es una tradici�n
que tiene origen prehisp�nico y se encuentra vigente en
toda la costa norte del Per�;
Que, entre los utensilios m�s frecuentes presentes
en las picanter�as y en las chicher�as piuranas se pueden
mencionar: ollas de arcilla, que sirven para la cocci�n de
los alimentos y la chicha; tinajas de arcilla, usadas para
el enfriado de la chicha as� como para el dep�sito de
agua; c�ntaros de arcilla, utilizados para el fermentado
de la chicha y para su posterior traslado; um�s o gu�s,
utensilios elaborados a partir de calabazas alargadas y
usadas como cucharones para el enfriado de la chicha;
lapas, recipientes elaborados a partir de calabaza en los
cuales se servir� el piqueo; potos, recipientes elaborados
a partir de calabaza de tama�o mediano que se usa para
beber la chicha y suelen llevar grabados de diferentes
dise�os para agregar un elemento art�stico a su exterior;
cojuditos, recipientes elaborados a partir de calabaza
que sirven para el consumo de la chicha; jarras de
arcilla, utilizadas para servir la chicha; taquera, lienzo de
algod�n que sirve para realizar el colado de la harina de
ma�z, este procedimiento se realiza entre dos personas,
mujeres mayormente; cernidor, utensilio cuadrado de
madera con fondo de tela met�lica para cernir la harina
de ma�z; barriles, dep�sitos grandes hechos a base de
madera que sirven para el traslado de la chicha; la vieja,
palo de madera de zapote que se usa para restregar el
ma�z y extraer as� el �cido acelerando la fermentaci�n; y
los batanes, usados para la molienda que suelen ser de
coraz�n del algarrobo;
Que, la chicha es la bebida principal de Piura tanto
como producto final as� tambi�n como insumo para la
preparaci�n de viandas. Esta bebida tiene gran arraigo
entre la poblaci�n siendo los saberes asociados a su
preparaci�n una tradici�n familiar que se ha mantenido
vigente, convirti�ndose en un elemento emblem�tico del
departamento;
Que, en Piura, y en general en el norte peruano, se
utiliza el t�rmino "jora" para designar a los granos de ma�z
germinado de los cuales se hace la chicha. La chicha se
sirve fr�a como bebida refrescante y se elabora a partir de
ma�z, siendo diferente seg�n la variedad (nativa o h�brido).
Suele elaborarse chicha a partir los siguientes tipos de
ma�z: rojo, llamado colorado y alaz�n que procede de San
Lucas de Col�n, Chulucanas y Chiclayo; serrano, de grano
grande, con un color oscuro que se asemeja al morado;
y amarillo h�brido, de grano duro, de dif�cil digesti�n y de
mayor uso pese a ser de inferior calidad con respecto a
los anteriores;
Que, en las chicher�as piuranas, los conocimientos
y saberes que se transmiten se vinculan al proceso
de elaboraci�n de la chicha de jora, el cual involucra
inicialmente la importante selecci�n de los granos para
su posterior germinaci�n; el proceso sigue con el secado,
el molido, el hervido, la acidificaci�n, el recocido y la
fermentaci�n propiamente dicha. Como rasgo distintivo de
las chicher�as en varios departamentos del norte peruano,
incluida Piura, se encuentra el uso de una bandera
blanca en la fachada del local como signo distintivo que
da aviso a los potenciales consumidores y clientes de la
disponibilidad de chicha de jora;
Que, la picanter�a y la chicher�a son espacios
culturales que se encuentran ligados a la transmisi�n de
manifestaciones culturales propias de la regi�n, un ejemplo
de ello es la relaci�n que establecen con los g�neros
musicales y literarios tradicionales de la regi�n como el
tondero y la cumanana. Las picanter�as y chicher�as no
s�lo han sido utilizados como espacios de promoci�n,
difusi�n y aprendizaje de estos g�neros sino que adem�s
han servido de inspiraci�n para muchos temas musicales,
que se han convertido en representativos de la cultura
popular de la regi�n;
Que, conjuntamente con las referencias hist�ricas, el
Informe N� 304-2015-DPI-DGPC/MC de la Direcci�n de
Patrimonio Inmaterial el cual detalla las caracter�sticas,
importancia, valor, alcance, y significado de los espacios
culturales de la Picanter�a y de la Chicher�a cusque�as,
motivo por el cual constituye parte integrante de la
presente resoluci�n, de conformidad a lo dispuesto por
el art�culo 6.2 de la Ley N� 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 338-
2015-MC, se aprob� la Directiva N� 003-2015-MC,
"Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio
Cultural de la Naci�n y Declaratoria de Inter�s Cultural",
en la que se se�ala los lineamientos y normas para la
tramitaci�n interna del expediente de declaratoria de
Patrimonio Cultural de la Naci�n de las manifestaciones
de patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al
Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del
Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural
de la Naci�n;
Con el visado de la Directora General de la Direcci�n
General de Patrimonio Cultural, de la Directora de la
Direcci�n de Patrimonio Inmaterial y de la Directora
General de la Oficina General de Asesor�a Jur�dica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N� 29565,
Ley de Creaci�n del Ministerio de Cultura; Ley N� 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Naci�n; su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo N� 011-
2006-ED; la Directiva N� 003-2015-MC, aprobada por
Resoluci�n Ministerial N� 338-2015-MC; y el Reglamento
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NORMAS LEGALES
Jueves 19 de noviembre de 2015
El Peruano
/
de Organizaci�n y Funciones aprobado por Decreto
Supremo N� 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Declarar Patrimonio Cultural de la Naci�n
los espacios culturales de la Picanter�a y de la Chicher�a
piuranas por tratarse de espacios sociales complementarios
cuya naturaleza primordial es la preparaci�n y venta de
comida y bebida tradicional, en particular de la chicha de
jora; y en tanto, ambos poseen un conjunto de rasgos
distintivos como el uso de utensilios y menaje elaborado a
partir de arcilla y calabaza, lo cual representa la vigencia
de una tradici�n de origen prehisp�nico; asimismo porque
ambos espacios han permitido la transmisi�n y desarrollo
de manifestaciones culturales art�sticas y musicales como
el tondero y la cumanana, las cuales se han consolidado
como referentes de la identidad regional y nacional.
Art�culo 2�.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n en el diario oficial El Peruano y la difusi�n
del Informe N� 304-2015-DPI-DGPC/MC y la presente
Resoluci�n en el Portal Institucional del Ministerio de
Cultura (www.cultura.gob.pe).
Art�culo 3�.- Notificar la presente Resoluci�n y el
Informe N� 304-2015-DPI-DGPC/MC a la Direcci�n
Desconcentrada de Cultura de Piura y a la Facultad de
Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo y Psicolog�a de
la Universidad de San Mart�n de Porres, para los fines
pertinentes.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE
Viceministro de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1313016-3
Declaran Patrimonio Cultural de la Naci�n
al espacio cultural de la Picanter�a del
departamento de Tumbes
RESOLUCI�N VICEMINISTERIAL
N� 158-2015-VMPCIC-MC
Lima, 4 de noviembre de 2015
VISTOS, la solicitud de fecha 1 de setiembre de 2014
presentada por el doctor Johan Leuridan Huys, Decano
de la Facultad de Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo
y Psicolog�a de la Universidad de San Mart�n de Porres,
el Informe N� 305-2015-DPI-DGPC/MC, emitido por la
Direcci�n de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2) del art�culo 1 de la Ley N� 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Naci�n, establece que
"Integran el Patrimonio Cultural de la Naci�n las creaciones
de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones,
expresadas por individuos de manera unilateral o grupal,
y que reconocidamente responden a las expectativas de
la comunidad, como expresi�n de la identidad cultural y
social, adem�s de los valores transmitidos oralmente,
tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios,
el saber y conocimientos tradicionales, ya sean art�sticos,
gastron�micos, medicinales, tecnol�gicos, folcl�ricos o
religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos
y otras expresiones o manifestaciones culturales que en
conjunto conforman nuestra diversidad cultural";
Que, el literal b) del art�culo 7 de la Ley N� 29565,
Ley de Creaci�n del Ministerio de Cultura, establece que
"es funci�n exclusiva de esta entidad realizar acciones
de declaraci�n, investigaci�n, protecci�n, conservaci�n,
puesta en valor, promoci�n y difusi�n del Patrimonio
Cultural de la Naci�n";
Que, mediante solicitud de fecha 1 de setiembre
de 2014, del Doctor Johan Leuridan Huys, Decano de
la Facultad de Ciencias de la Comunicaci�n, Turismo y
Psicolog�a de la Universidad de San Mart�n de Porres,
se presenta el expediente mediante el cual se solicita,
al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de las
picanter�as del Per� concernientes a los departamentos
de Arequipa, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Piura y
Tumbes, como Patrimonio Cultural de la Naci�n; dicho
expediente fue trabajado por un equipo interdisciplinario
dirigido por la distinguida soci�loga Isabel �lvarez Novoa;
Que, mediante Informe N� 503-2015-DGPC-VMPCIC/
MC, la Direcci�n General de Patrimonio Cultural eleva
al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias
Culturales el Informe N� 305-2015-DPI-DGPC/MC de
fecha 1 de setiembre del 2015, emitido por la Direcci�n de
Patrimonio Inmaterial, a trav�s del cual se recomienda la
declaratoria de la Picanter�a del departamento de Tumbes
como Patrimonio Cultural de la Naci�n;
Que, se ha identificado en el expediente remitido,
as� como en diversas publicaciones acad�micas y
period�sticas, que los espacios culturales de preparaci�n
y consumo de alimentos tradicionales denominados como
picanter�as y en algunos casos, chicher�as, se encuentran
vigentes en los departamentos de Arequipa, Cusco, La
Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes;
Que, las picanter�as y chicher�as se diferencian de
otro tipo de instalaciones debido a la especializaci�n en la
venta y consumo de platos tradicionales condimentados
con diversas variedades de aj� y en los cuales la chicha de
ma�z tiene car�cter central e imprescindible;
Que, las picanter�as y chicher�as son com�nmente las
propias viviendas de las familias acondicionadas para la
venta y consumo de comida y chicha y donde todos los
miembros participan activamente en su funcionamiento;
Que, cada uno de estos espacios culturales ha
alcanzado una particularidad que permite diferenciarlos
regionalmente entre s�, ya sea con respecto al
conocimiento y uso de insumos propios de cada regi�n,
as� como con respecto a los utensilios que se usan para
la preparaci�n y consumo de alimentos y de chicha. Por
ello, a pesar de que existe un expediente que solicita la
declaratoria de las picanter�as en general como Patrimonio
Cultural de la Naci�n, se ha optado, en coordinaci�n con
la soci�loga Isabel �lvarez Novoa y su equipo, realizar
una declaratoria diferenciada regionalmente;
Que, debido a sus particulares caracter�sticas, las
picanter�as y las chicher�as existentes en las diversas
regiones del pa�s se han consolidado como espacios
de encuentro de la poblaci�n local reforzando los lazos
sociales, reafirmando la identidad cultural y sirviendo
como escenario de importantes manifestaciones
culturales asociadas. Como ejemplo de ello, el espacio
cultural de la picanter�a arequipe�a fue declarado como
Patrimonio Cultural de la Naci�n el 16 de abril de 2014
mediante RVM N�033-2014- VMPCIC-MC;
Que, se ha comprobado en el expediente presentado
la vigencia del valor simb�lico e identitario de las
picanter�as para las comunidades de portadores, es decir
aquellas personas que han mantenido la tradici�n de
estos espacios, diferenci�ndolos de otro tipo de locales de
expendio de comida. Se resalta el rol fundamental de las
mujeres en la direcci�n de la picanter�a y en la continuidad
de los saberes culinarios, base de las llamadas cocinas
regionales;
Que, es posible apreciar el valor hist�rico de las
picanter�as y chicher�as contempor�neas dado que son
herederas de aquellos espacios de expendio de comida
tradicional y de acceso mayoritario existentes en diversas
zonas rurales y urbanas del pa�s;
Que, es necesario resaltar el uso de insumos locales
representativos de cada regi�n en la preparaci�n de los
alimentos y bebidas en las picanter�as, lo cual asegura la
frescura y el sabor caracter�stico de los mismos, haciendo
imposible la r�plica exacta de los saberes culinarios fuera
de cada regi�n;
Que, en el departamento de Tumbes, las picanter�as
son espacios de preparaci�n y venta de comida tradicional,
siendo sus principales insumos los productos del mar y del
manglar. Dada la calidez de la regi�n, debida a la cercan�a
con la l�nea ecuatorial, el mar y el manglar tumbesinos
ofrecen una serie de recursos que no se encuentran en
otras zonas del litoral peruano, principalmente peces y
diversas variedades de mariscos como los cangrejos de
manglar, las conchas negras y las langostas;
Que, el oficio de los recolectores de mariscos,
destac�ndose aquellos encargados de trabajar en la zona
de los manglares, tiene en Tumbes una larga tradici�n que
incluye conocimientos y t�cnicas de origen prehisp�nico.
Este oficio tiene denominaciones propias seg�n la
especialidad de los trabajadores como por ejemplo los
concheros y los cangrejeros, y su labor ha resultado