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Fecha de publicación: 12/11/2015
LEY N� 30360 - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Jueves 12 de noviembre de 2015
El Peruano
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LEY N� 30360
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REP�BLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE CREACI�N DEL DISTRITO DE LA
MORADA EN LA PROVINCIA DE MARA��N DEL
DEPARTAMENTO DE HU�NUCO
Art�culo 1. Objeto de la Ley
Cr�ase el distrito de La Morada, con su capital el
pueblo La Morada, en la provincia de Mara��n del
departamento de Hu�nuco.
Art�culo 2. L�mites del distrito de La Morada
Los l�mites territoriales del distrito de La Morada, en la
provincia de Mara��n del departamento de Hu�nuco, son
los siguientes:
POR EL NOROESTE
Limita con el distrito de Chol�n de la provincia de
Mara��n del departamento de Hu�nuco.
El l�mite se inicia en la cota 3077 (punto de coordenada
UTM 318 503 m E y 9 002 103 m N), contin�a en direcci�n
general Noreste por la l�nea de cumbres de la divisoria de
aguas de los tributarios de los r�os Santa Marta y Hu�nuco
con los tributarios de los r�os Magdalena, Previsora, Azul, La
Morada, Santa Marta y Ahuashi, pasando por el punto de
coordenada UTM 319 678 m E y 9 003 023 m N, cota 3331,
punto de coordenada UTM 327 489 m E y 9 010 003 m N,
cota 3213, puntos de coordenada UTM 337 196 m E y 9
012 484 m N, UTM 342 878 m E y 9 018 129 m N, UTM
343 744 m E y 9 024 1 19 m N, UTM 345 644 m E y 9 028
521 m N, UTM 351 618 m E y 9 030 089 m N, UTM 351 982
m E y 9 033 006 m N, cota 1233, desciende en direcci�n
Noroeste por la l�nea de cumbres de la divisoria de aguas de
quebradas sin nombre, tributarias del r�o Huamuco, hasta el
cauce del r�o Huamuco (punto de coordenada UTM 349 454
m E y 9 036 310 m N). El l�mite contin�a por el cauce del r�o
Huamuco, aguas abajo, en cuyo recorrido toma el nombre
de r�o Yanajanca hasta su con f uencia con el r�o Huallaga
(punto de coordenada UTM 360 196 m E y 9 045 856 m N).
POR EL ESTE
Limita con el departamento de San Mart�n y con la
provincia de Leoncio Prado del departamento de Hu�nuco.
Desde el �ltimo punto nombrado, el l�mite contin�a en
direcci�n general Sur por el cauce del r�o Huallaga hasta
la conf uencia del r�o Magdalena con el r�o Huallaga; el
l�mite contin�a por el cauce del r�o Magdalena, aguas
arriba, hasta llegar a un punto de coordenada UTM 364
776 m E y 9 009 623 m N.
POR EL SUR
Limita con las provincias de Leoncio Prado y
Huacaybamba del departamento de Hu�nuco.
Desde el �ltimo punto nombrado, el l�mite contin�a en
direcci�n general Oeste, por el cauce del r�o Magdalena,
aguas arriba, hasta un punto de coordenada UTM 323
266 m E y 8 999 1 10 m N, a partir del cual asciende por
la divisoria de aguas de los tributarios del r�o Pasamu�a
(Oeste) con el r�o Magdalena (Este), hasta llegar a la cota
3077 (punto de coordenada UTM 318 503 m E y 9 002
103 m N), punto de inicio de la presente descripci�n.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Base de la cartograf�a
Los l�mites del distrito de La Morada han sido trazados
sobre la base de las Cartas Nacionales del Instituto
Geogr�f co Nacional (IGN), a escala 1:100,000, Datum WGS-
84, Sistema de Proyecci�n WGS-84, UTM y Zona 18S, hoja:
1553, 18-j (San Pedro de Chonta), Serie J631, Edici�n 1-IGN;
hoja: 1653, 18-k (Aucayacu), Serie J631, Edici�n 2-IGN; hoja:
1552, 19-j (Singa), Serie J631, Edici�n 2-IGN; y hoja: 1652,
19-k (Tingo Mar�a), Serie J631, Edici�n 2-IGN.
SEGUNDA. Autoridades pol�tico-administrativas
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones
correspondientes a f n de dotar de autoridades pol�tico-
administrativas a la nueva circunscripci�n que se crea por
la presente Ley.
TERCERA. Autoridades judiciales
El Poder Judicial dispondr� las acciones necesarias a
f n de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de
las autoridades judiciales correspondientes.
CUARTA. Elecci�n de autoridades municipales
El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones
necesarias para la elecci�n de las autoridades municipales
del distrito de La Morada de acuerdo a lo dispuesto por la
Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.
QUINTA. Documento nacional de identidad
El Registro Nacional de Identi f caci�n y Estado Civil
(RENIEC) otorga a la poblaci�n del nuevo distrito un
documento nacional de identidad con los datos actualizados.
SEXTA. Representaci�n cartogr�fi ca
Forma parte de la presente Ley la representaci�n
cartogr�f ca que def ne el �mbito de creaci�n del distrito
de La Morada.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA. Administraci�n transitoria de recursos
y servicios p�blicos
En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades
por elecci�n popular en el nuevo distrito de La Morada, la
administraci�n de los recursos y la prestaci�n de los servicios
p�blicos son atendidas por la Municipalidad Distrital de
Chol�n, correspondi�ndole adem�s el manejo de los recursos
reasignados a la nueva circunscripci�n, de conformidad con el
numeral 14.1 del art�culo 14 del Reglamento de la Ley 27555,
aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF.
SEGUNDA. Junta de delegados vecinales
comunales
La Municipalidad Distrital de Chol�n constituir� una junta
de delegados vecinales comunales de car�cter transitorio
cuyo alcance comprenda al distrito de La Morada, hasta
que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicha
jurisdicci�n, la cual estar� encargada de realizar las funciones
comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del art�culo 107 de la
Ley 27972, Ley Org�nica de Municipalidades.
Tales funciones no implican en ning�n caso la
administraci�n y manejo de recursos.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA
�NICA. Modifi caci�n de la Ley 1595
Modif�case el art�culo 1 de la Ley 1595, Ley que crea la
provincia del Mara��n, en los t�rminos siguientes:
"Art�culo 1.-
Cr�ase, en el departamento de Hu�nuco,
la provincia de Mara��n, compuesta de los distritos de
Huacrachuco, Chol�n, San Buenaventura y La Morada".
Comun�quese al se�or Presidente de la Rep�blica
para su promulgaci�n.
En Lima, a los veintid�s d�as del mes de octubre de
dos mil quince.
LUIS IBERICO N��EZ
Presidente del Congreso de la Rep�blica
NATALIE CONDORI JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la Rep�blica
AL SE�OR PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
d�as del mes de noviembre del a�o dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ANA MAR�A S�NCHEZ DE R�OS
Ministra de Relaciones Exteriores
Encargada del Despacho de la Presidencia del
Consejo de Ministros
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Jueves 12 de noviembre de 2015 /
El Peruano
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