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Fecha de publicación: 12/10/2015
RESOLUCION SUPREMA N� 238-2015-PCM - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Lunes 12 de octubre de 2015 /
El Peruano
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Aceptan renuncia de Ministro de Vivienda,
Construcci�n y Saneamiento
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 237-2015-PCM
Lima, 11 de octubre de 2015
Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado
en el Despacho de Vivienda, Construcci�n y Saneamiento,
formula el se�or Milton Mart�n von Hesse La Serna; y
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de
Estado en el Despacho de Vivienda, Construcci�n y
Saneamiento, formula el se�or Milton Mart�n von Hesse
La Serna, d�ndosele las gracias por los importantes
servicios prestados a la Naci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
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Nombran Ministro de Vivienda,
Construcci�n y Saneamiento
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 238-2015-PCM
Lima, 11 de octubre de 2015
Vista la propuesta del se�or Presidente del Consejo
de Ministros;
De conformidad con el Art�culo 122 de la Constituci�n
Pol�tica del Per�; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de
Vivienda, Construcci�n y Saneamiento, al se�or Francisco
Adolfo Dumler Cuya.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan representantes del Ministerio
ante la Comisi�n de Transferencia Sectorial
encargada del proceso de transferencia de
funciones del Sector Transportes al SENACE
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 586-2015 MTC/01.02
Lima, 6 de octubre de 2015
VISTO:
El Memorando N� 1485-2015-MTC/16 del Director
General (e) de la Direcci�n General de Asuntos
Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N� 29968 crea el Servicio Nacional de
Certificaci�n Ambiental para las Inversiones Sostenibles
(SENACE) como organismo p�blico t�cnico especializado,
con autonom�a t�cnica y personer�a jur�dica de derecho
p�blico interno, constituy�ndose en pliego presupuestal,
adscrito al Ministerio del Ambiente; encargado de revisar
y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados
(EIA-d) regulados en la Ley N� 27446, Ley del Sistema
Nacional de Evaluaci�n del Impacto Ambiental, y sus
normas reglamentarias, que comprenden los proyectos de
inversi�n p�blica, privada o de capital mixto, de alcance
nacional y multirregional que impliquen actividades,
construcciones, obras y otras actividades comerciales y
de servicios que puedan causar impactos ambientales
significativos;
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales aut�nomos, Organismos P�blicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley N� 26889 y el Decreto Supremo N� 025-99-PCM, para efecto de la publicaci�n de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deber�n tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicaci�n de Fe de Erratas deber� presentarse dentro de los 8 (ocho) d�as �tiles siguientes a
la publicaci�n original. En caso contrario, la rectificaci�n s�lo proceder� mediante la expedici�n de otra norma
de rango equivalente o superior.
2. S�lo podr� publicarse una �nica Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicaci�n de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas se�alar� con precisi�n el fragmento pertinente de la versi�n publicada bajo el t�tulo "Dice" y a
continuaci�n la versi�n rectificada del mismo fragmento bajo el t�tulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir m�s
de un error material, cada uno deber� seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.
4. El archivo se adjuntar� en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o �ste podr� ser
remitido al correo electr�nico
normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCI�N