a trav�s del procedimiento de cobranza coactiva de
obligaci�n de dar suma de dinero, para efectos de que
los recursos invertidos en la remediaci�n ambiental
sean devueltos al Estado, sin perjuicio de los intereses
que resulten pertinentes y de las responsabilidades
administrativa, civil o penal que correspondan.
que identifique a la empresa responsable habilita al
MINEM y al OEFA para la tramitaci�n del procedimiento
de ejecuci�n coactiva correspondiente.
La Junta de Administraci�n del Fondo de
responsable de hacer seguimiento, reportar y difundir
de forma peri�dica los resultados de las medidas de
remediaci�n implementadas a que se refiere la presente
Ley, para lo cual dise�a un sistema de monitoreo de las
intervenciones.
acciones de remediaci�n ambiental a que se refiere la
presente Ley.
La Contralor�a General de la Rep�blica, en el marco
de lo establecido en la presente Ley.
(OEFA)
incorporado mediante la Ley 30011, es aplicable a todos
los procesos judiciales que a la fecha se encuentren en
tr�mite, en los que se haya impugnado una resoluci�n de
sanci�n de multa del OEFA.
el otorgamiento de una medida cautelar, en los t�rminos
previstos en el art�culo 20-A de la Ley 29325, incorporado
mediante la Ley 30011, el OEFA reinicia el procedimiento
de ejecuci�n coactiva correspondiente.
El Ministerio de Energ�a y Minas emite las
implementaci�n de la presente Ley.
Presidenta del Congreso de la Rep�blica
Primer Vicepresidente del Congreso de la Rep�blica
LA REP�BLICA
Presidente de la Rep�blica
Presidente del Consejo de Ministros
Cr�ase la Ventanilla �nica de Antecedentes para Uso
organizaciones pol�ticas debidamente inscritas en el Jurado
Nacional de Elecciones sobre sus posibles candidatos en
los procesos electorales en los que participen.
en concordancia con el inciso 3 del art�culo 178 de la
Constituci�n Pol�tica del Per�.
soporte tecnol�gico para el funcionamiento de la Ventanilla
�nica de Antecedentes para Uso Electoral.
Antecedentes para Uso Electoral
para Uso Electoral sobre sus posibles candidatos desde
los diez d�as h�biles antes de la convocatoria del proceso
electoral en el que participen y hasta el cierre de la etapa
de inscripci�n de candidatos.
La informaci�n que puede ser solicitada en la
la siguiente:
Per�, que son solicitados al Poder Judicial.
internacional vigentes o no vigentes e informaci�n
sobre notificaciones de la Organizaci�n
Internacional de Polic�a Criminal (Interpol), que
son solicitados a la Polic�a Nacional del Per�.
con calidad de cosa juzgada por delito doloso
existentes en el exterior, que son solicitados al
Ministerio de Relaciones Exteriores.
multas de naturaleza municipal; deudas a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administraci�n Tributaria (Sunat), y al Registro
de Deudores Alimentarios Morosos del Poder
Judicial (Redam), que es solicitada a las
entidades correspondientes.
P�blicos (Sunarp).
por sentencia judicial.
Las organizaciones pol�ticas que accedan a la
deben guardar la debida reserva en los casos previstos
por ley, bajo responsabilidad.
para Uso Electoral
organizaciones pol�ticas sobre sus posibles candidatos en
la Ventanilla �nica de Antecedentes para Uso Electoral
en un plazo m�ximo de diez d�as h�biles, por lo que debe
Jueves 7 de mayo de 2015
las entidades correspondientes para que la informaci�n
solicitada le sea remitida dentro del plazo mencionado, sin
perjuicio de que pueda implementar otros mecanismos que
permitan el acceso a dicha informaci�n, de conformidad
con los fines y objetivos de la presente Ley.
Elecciones para la Ventanilla �nica de Antecedentes para
Uso Electoral, bajo responsabilidad.
con informaci�n en tiempo real.
en el art�culo 3 de la presente Ley en tiempo real a trav�s
de un mecanismo de acceso directo a la Ventanilla �nica
de Antecedentes para Uso Electoral.
de Elecciones, en un plazo m�ximo de noventa d�as
calendario, a partir de su entrada en vigencia.
Presidenta del Congreso de la Rep�blica
Primer Vicepresidente del Congreso de la Rep�blica
LA REP�BLICA
Presidente de la Rep�blica
Presidente del Consejo de Ministros
(...)
En caso de que el agente tenga hijos con la v�ctima,
adem�s ser� reprimido con la pena de inhabilitaci�n
prevista en el inciso 5 del art�culo 36.
(...)
En caso de que el agente tenga hijos con la v�ctima,
adem�s ser� reprimido con la pena de inhabilitaci�n
prevista en el inciso 5 del art�culo 36".
La Patria Potestad se suspende en los siguientes
casos:
(...)
h)
a la madre por delito en agravio de sus hijos
o en perjuicio de los mismos o por cualquiera
de los delitos previstos en los art�culos 107,
108-B, 110, 125, 148-A, 153, 153-A, 170, 171,
172, 173, 173-A, 174, 175, 176, 176-A, 177,
179, 179-A, 180, 181, 181-A, 183-A y 183-
B del C�digo Penal o, por cualquiera de los
delitos establecidos en el Decreto Ley 25475,
que establece la penalidad para los delitos
de terrorismo y los procedimientos para la
investigaci�n, la instrucci�n y el juicio.
Potestad
La Patria Potestad se extingue o pierde:
(...)
d)
cometido en agravio de sus hijos o en perjuicio
de los mismos o por la comisi�n de cualquiera
de los delitos previstos en los art�culos 107,
108-B, 110, 125, 148-A, 153, 153-A, 170, 171,
172, 173, 173-A, 174, 175, 176, 176-A, 177,
179, 179-A, 180, 181, 181-A, 183-A y 183-
B del C�digo Penal o, por cualquiera de los
delitos establecidos en el Decreto Ley 25475,
que establece la penalidad para los delitos
de terrorismo y los procedimientos para la
investigaci�n, la instrucci�n y el juicio;
(...)
En los casos de p�rdida y suspensi�n, los padres
volver�n a ejercer la patria potestad cuando
desaparezcan los hechos que los motivaron; salvo
la declaraci�n de p�rdida de la patria potestad por
sentencia condenatoria por la comisi�n de delito
doloso en agravio del hijo o en perjuicio del mismo o
por la comisi�n de cualquiera de los delitos previstos
en los art�culos 107, 108-B, 110, 125, 148-A, 153,
153-A, 170, 171, 172, 173, 173-A, 174, 175, 176,
176-A, 177, 179, 179-A, 180, 181, 181-A, 183-A y
183-B del C�digo Penal o, por cualquiera de los
delitos establecidos en el Decreto Ley 25475, que
establece la penalidad para los delitos de terrorismo
y los procedimientos para la investigaci�n, la
instrucci�n y el juicio".
Presidenta del Congreso de la Rep�blica
Primer Vicepresidente del Congreso
de la Rep�blica